Anticipo de Salarios
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Noción de Anticipo de Salarios
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de anticipo de salarios, la siguiente definición: Pago del salario bien antes de haberse realizado el trabajo, o bien antes de llegar la fecha de su vencimiento. La legislación española permite el pago a cuenta de futuros salarios (hasta un máximo de tres meses) para animar al trabajador a aceptar el empleo. También reconoce, con ciertas condiciones, el derecho del trabajador a recibir anticipos de salarios ya devengados pero no vencidos, a cuenta de trabajo ya realizado.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Notas y Referencias
- Concepto sobre anticipo de salarios originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
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