Autocracia en Europa
Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Hungría fue una de las primeras y más completas transiciones políticas después de 1989, que proporcionó todos los elementos institucionales del constitucionalismo: controles y equilibrios y derechos fundamentales garantizados. Hungría también representa el primer, y probablemente el caso modelo, de retroceso constitucional de un sistema democrático liberal completo a uno antiliberal con fuertes elementos autoritarios. El actual sistema constitucional húngaro fue posible gracias al populismo nacionalista antipluralista de FIDESZ.
Autocracia en Polonia
El carácter de las amenazas a la democracia ha sufrido un profundo cambio desde el final de la Guerra Fría, algo desconocido en buena parte de la tradición democrática americana, al menos hasta la Administración Trump, aunque las inusuales intervenciones del Tribunal Constitucional de Sudáfrica (véase más detalles) ofrecen las líneas generales de un posible enfoque para renovar la relación entre los tribunales, las constituciones y la movilización política.
Para entender cómo esto ocurrió en Europa, consideremos los últimos años de evolución jurídica en Polonia bajo el imperio del Partido de la Ley y la Justicia (más conocido por sus iniciales en polaco, PiS). El PiS es nacionalista, populista y de derechas. Ganó una mayoría legislativa en las elecciones de 2015 al Parlamento de Polonia, el Sejm. Desde entonces, el Gobierno de Polonia ha realizado un esfuerzo sistemático por socavar el marco de la democracia constitucional, a fin de eliminar los impedimentos a su gobierno y afianzarse en el poder a través de futuros ciclos electorales. Inicialmente, el PiS se ha centrado en el Tribunal Constitucional (el Tribunal Constitucional de Polonia), aunque más recientemente se ha centrado en los tribunales ordinarios y la maquinaria electoral. Llamo colectivamente a estas medidas “La Suite Polonaise” para captar que son una serie de iniciativas distintas que, sin embargo, son componentes de una estrategia coherente con unidad temática.
Los detalles son complejos, pero son importantes. Los nombramientos para el Tribunal Constitucional se rigen por la Ley del Tribunal Constitucional, que exige que el Sejm proponga y elija los candidatos, y que el presidente de Polonia preste juramento. Justo antes de las elecciones de 2015, el Sejm saliente (que no está bajo el control del PiS) propuso y eligió a nuevos jueces para cubrir las vacantes (así como algunas candidaturas constitucionalmente sospechosas para futuras vacantes). Inmediatamente después de la elección, el Presidente Duda se negó a jurar tres de esos jueces, bloqueando efectivamente esos nombramientos; paralelamente, el Sejm enmendó la Ley del Tribunal Constitucional en noviembre de 2015, sentando las bases para el nombramiento de cinco jueces alineados con el PiS. A principios de diciembre de 2015, el Sejm propuso y eligió a cuatro jueces, y tres de ellos juraron por el Presidente Duda tomar el lugar de los jueces cuyo nombramiento había bloqueado.
Otros Elementos
Además, el Presidente Duda lo hizo antes de que el Tribunal dictara su decisión en un recurso de inconstitucionalidad contra el nombramiento de los jueces por el antiguo Sejm, en el que sostuvo que no era necesario que el Presidente de Polonia jurara los jueces para que éstos tomaran posesión del cargo, sino que bastaba con que el Sejm los nombrara y eligiera. El efecto de este fallo, junto con las acciones del Presidente Duda, significaba que había dos grupos de jueces que podían reclamar las vacantes del Tribunal Constitucional.
El siguiente paso del Sejm fue adoptar una legislación, a mediados de diciembre de 2015, que exigía que el Tribunal se reuniera en bancarrota, o insolvencia, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “insolvency” o su significado como “bankruptcy”, en inglés) en todos los casos (a diferencia de su práctica anterior de reunirse también en grupos de tres o cinco jueces), y exigir una mayoría de dos tercios para declarar las leyes inconstitucionales, lo que en combinación dio a los recién nombrados jueces del PiS un veto de bloqueo que impediría al Tribunal anular la legislación del PiS.
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Además, se le dio al Tribunal el poder en banc para reabrir cualquier decisión decidida por una cámara, lo que fue diseñado para permitir que el Tribunal eventualmente anulara su propio juicio validando la nominación y elección de los jueces por el Sejm. Durante varios meses, hubo un estancamiento en el Tribunal, con el presidente del Tribunal Constitucional negándose a permitir que los jueces apoyados por el PiS participaran en los casos porque habían sido nombrados, en su opinión, cuando no había ninguna vacante en el Tribunal.Entre las Líneas En noviembre de 2016, el Sejm aprobó otra ley, que obligaba al presidente del Tribunal a asignar casos a todos los jueces juramentados, obligando así a los jueces del PiS a participar en el Tribunal.
El conflicto se trasladó entonces a la Asamblea General del Tribunal, que está formada por todos sus jueces. La principal función de la Asamblea General es el proceso de nombramiento del presidente del Tribunal Constitucional, mediante el envío de una lista reducida de los actuales miembros del Tribunal Constitucional al presidente de Polonia. La ley del Sejm de noviembre de 2016 creó un nuevo cargo, el de presidente interino del Tribunal Constitucional, que dirigiría el tribunal una vez que su presidente hubiera dimitido, y lo asignó sobre la base de una regla de antigüedad ordenada para entregarlo a un juez respaldado por el PiS. Una de las funciones del presidente interino era presidir la Asamblea General, lo que evitaba dar esta responsabilidad al vicepresidente del Tribunal, como había sido el procedimiento normal. Poco antes de la jubilación del presidente del Tribunal Constitucional, la Asamblea General envió una breve lista al presidente de Polonia, que éste rechazó, basándose en que la Asamblea General carecía de quórum porque incluía a jueces que el presidente no había jurado, y debido al boicot de los jueces del PiS. Inmediatamente después de que la presidenta interina asumiera el cargo, volvió a convocar a la Asamblea General, que ahora tenía quórum debido a la participación de los magistrados nombrados por el PiS, y que la designó como única candidata a la presidencia del Tribunal, cargo al que la nombró el presidente de Polonia. También incluyó a los magistrados nombrados por el PiS en la magistratura y los asignó a causas.
Demos un paso atrás en esta historia y desempaquemos las diferentes dimensiones de la captura del PiS del Tribunal Constitucional: su legitimidad democrática, base legal, ritmo, alcance y carácter sustantivo.
El PiS comandaba una mayoría parlamentaria, asegurada en una elección libre de fuerza o fraude. De la misma manera, el Presidente Duda fue elegido apropiadamente y comandado por un mandato democrático. Tanto el Sejm como el Presidente Duda poseían legitimidad democrática cuando actuaron; además, ambos fueron elegidos en la plataforma del PiS en elecciones separadas en 2015, lo que sugiere un amplio apoyo público al PiS.
La Constitución de Polonia crea el Tribunal Constitucional y establece su marco institucional básico.
Puntualización
Sin embargo, en lugar de desplegar una enmienda constitucional para que el Tribunal se constituyera de una sola vez -por ejemplo, una enmienda que hubiera purgado a los jueces del Tribunal y los hubiera reemplazado con todo un grupo de partidarios del PiS-, el PiS se ha constituido en el Tribunal Constitucional mediante una serie de estatutos ordinarios y el ejercicio de la discreción estatutaria y las facultades inherentes por parte del Presidente de Polonia.
Detalles
Las enmiendas constitucionales requieren el apoyo de la supermayoría, y en algunos casos, un referéndum. El uso de un procedimiento legislativo especial que se aparta de la regla normal de la mayoría simple, y un referéndum que incluiría una campaña, son mucho más visibles que la legislación o las decisiones presidenciales.
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Además, podemos pensar en la visibilidad en dos dimensiones: en el plano nacional para el público polaco, y en el plano internacional para la comunidad internacional y, en el contexto polaco, la Unión Europea. La mayor visibilidad de las enmiendas constitucionales es deliberada, porque como cuestión general, las enmiendas constitucionales se refieren a cuestiones de mayor importancia que el derecho común (expresión que hace referencia en los países anglosajones normalmente al sistema de “common law”) o el ejercicio de la discreción presidencial; la visibilidad de las enmiendas constitucionales puede catalizar el debate interno y hacer que las instituciones de la Unión Europea examinen si esas enmiendas tienen alguna relación con la legislación de la Unión Europea. Dado que las decisiones del presidente de Polonia tienen menos visibilidad que el derecho común, esto crea el incentivo para que el Sejm traslade las decisiones al presidente mediante la concesión de la discreción estatutaria.
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Además, el presidente interino del Tribunal Constitucional y los magistrados nombrados por el Sejm desempeñaron un papel importante en la Asamblea General del Tribunal, de una manera que tal vez sea la menos visible de todas.
A diferencia de una única y amplia enmienda constitucional, la toma del Tribunal Constitucional tuvo lugar durante un período de poco más de un año, a un ritmo desigual, con períodos de intensa actividad seguidos de meses de aparente inactividad. El PiS también actuó de manera gradual, a través de una serie de decisiones discretas repartidas a lo largo del tiempo.
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Además, en esas decisiones participaron diferentes instituciones y agentes: el presidente de Polonia, el Sejm, el presidente interino del Tribunal y los magistrados nombrados por el PiS en la Asamblea General. El ritmo y el alcance y la naturaleza institucionalmente fragmentada de las medidas del PiS hicieron difícil seguir el hilo, probablemente de forma deliberada.
Por último, muchos de los cambios fueron de naturaleza altamente técnica o de procedimiento, lo que oscureció su impacto sustantivo. Las nuevas normas que rigen la constitución de los paneles, las votaciones, la asignación de jueces a las causas y la creación del presidente interino del Tribunal no sugerían, por sí mismas, el motivo ulterior que las sustentaba. De hecho, parecían asuntos internos para aumentar la eficiencia institucional o promover la seguridad jurídica que entraban en el ámbito del diseño constitucional legítimo y el desacuerdo razonable, lejos de los resquicios de la captura constitucional. Y las objeciones a estos cambios también eran muy técnicas: por ejemplo, la aparente elusión del vicepresidente del Tribunal mediante la creación de un nuevo cargo de presidente interino.
¿El fin de la historia?
La captura del Tribunal Constitucional por el PiS es parte de una historia global más amplia.7 Como ha observado Nancy Bermeo, la prevalencia de los golpes de estado y los autogolpes disminuyó drásticamente con el fin de la Guerra Fría. Lo que los ha reemplazado parcialmente es el retroceso democrático, por el que un gobierno o presidente elegido democráticamente utiliza medios legales para manipular las normas e instituciones a fin de permanecer en el poder en futuros ciclos electorales, entre otras cosas con respecto al diseño del sistema electoral, la administración de las elecciones, la reglamentación de los partidos políticos, los límites del mandato presidencial, las libertades civiles y políticas, las instituciones independientes como los tribunales y organismos constitucionales y la reglamentación de los medios de comunicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El caso clásico que acecha en el trasfondo de todos los debates contemporáneos es la caída de la Alemania de Weimar, que fue capturada desde dentro. El retroceso democrático se denomina a veces “retroceso autoritario” cuando el régimen democrático amenazado reemplaza a un régimen autoritario anterior al que puede volver, como en Polonia.
Las causas de este cambio son los grandes cambios en el entorno internacional. La presunción generalizada es ahora que la democracia es “el único juego en la ciudad”. Los Estados deben presentarse ahora presuntamente al mundo como democracias constitucionales, debido a los fuertes desincentivos internacionales para que los gobiernos sean transparentemente antidemocráticos. Así pues, el PiS -y los partidos gobernantes de Hungría, Turquía y otros lugares- adoptan las formas y los rituales de la democracia constitucional, como las constituciones escritas con cartas de derechos y la separación de poderes; un compromiso con el estado de derecho, los tribunales constitucionales y un poder judicial ordinario; y elecciones regulares y periódicas libres del uso generalizado de la fuerza o el fraude.
Pero las normas e instituciones de la democracia constitucional también proporcionan los medios para que la democracia constitucional se debilite a sí misma, y el lenguaje político para responder a las críticas. La tesis del “Fin de la Historia” de Fukuyama era correcta, en el sentido de que la democracia es ahora la base casi universal de la legitimación política, incluso si se utiliza retóricamente para dar cobertura a los regímenes no democráticos.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
En lugar del colapso de la democracia, tenemos su “degradación” (Larry Diamond)10 o “retroceso” (Tom Ginsburg y Aziz Huq)11. No hay una distinción binaria, ni de uno ni de otro tipo, entre las democracias y las autocracias con una línea brillante entre ellas. Más bien, tenemos un espectro de regímenes a lo largo de un continuo con la democracia y la dictadura absoluta en sus polos. Esta realidad ha generado una industria artesanal de nueva terminología, como “democracias antiliberales”, “regímenes autoritarios competitivos”, “democracia defectuosa” y “autoritarismo electoral”, enraizados en un proyecto compartido de descripción de los tonos de gris.
Bermeo ha argumentado que la “inquietante ambigüedad” del retroceso democrático tiene importantes implicaciones para la ciencia política15.Entre las Líneas En su opinión, el retroceso democrático requiere que reconozcamos que “la democracia es un ‘collage’ de instituciones” que se “ensambla pieza por pieza, y que se puede desmontar de la misma manera”.16 Esto plantea un gran desafío para los estudiosos de la democratización, que se han “centrado en casos claros de colapso democrático”, que contienen “la chispa brillante que enciende una llamada efectiva a la acción” en contraposición a los “lentos deslizamientos hacia el autoritarismo”. ” Los politólogos deben enfrentarse a esta realidad “o arriesgarse a que su propio deslizamiento se convierta en irrelevante”. Es vital que se preste menos atención “a los correlatos económicos e institucionales” y que se preste más atención a las opciones y los que eligen”, ya que estos últimos “pueden ser más susceptibles de una influencia directa y una intervención rápida.
Hay un desafío paralelo para el derecho constitucional.Entre las Líneas En diciembre de 2017, varios estudiosos convocaron un pequeño taller de expertos constitucionales en Berlín, para examinar las perspectivas y vías de recuperación del constitucionalismo autoritario en Hungría y Polonia. Uno de los participantes fue Marcin Matczak, un destacado académico y abogado constitucionalista polaco que ha argumentado una serie de desafíos constitucionales a las iniciativas del PiS. La opinión de Matczak es que el PiS presentó argumentos jurídicos muy débiles en estos casos.
Más Información
Los opositores al régimen presentaron argumentos más fuertes, pero el Tribunal Constitucional alineado con el PiS los rechazó. Lo que fue realmente preocupante y preocupante para Matczak fue el fracaso de la oposición para persuadir al público en el tribunal de la opinión pública. Los buenos argumentos jurídicos, basados en la idea de que el PiS había violado el “espíritu” de la Constitución al abusar de sus normas e instituciones para socavar su propio propósito, no eran lo suficientemente fuertes para superar el apoyo público al régimen.
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Es preocupante que en Polonia, uno de los primeros objetivos del PiS fue el Tribunal Constitucional, que ahora ha sido capturado.
Otros Elementos
Además, la cultura constitucional más amplia de Polonia está tan degradada que incluso si el Tribunal hubiera llamado a la autocracia por su nombre, podría haber sido demasiado tarde.
[rtbs name=”democracia-constitucional-en-crisis”]Datos verificados por: Chris
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Autocracia, Autoritarismo, Ciencias Sociales, Democracia, Derecho Político,
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