Ayudas de Consolidación
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Ejecución de la Compensación de Cargas en el Artículo 120a de la Constitución de Alemania
Este artículo trata sobre Ejecución de la compensación de cargas, y está ubicado en la Parte XI, sobre Disposiciones Transitorias y Finales, de la Constitución alemana vigente. El artículo dispone lo siguiente: 1. Las leyes destinadas a ejecutar la compensación de cargas podrán determinar, con la aprobación del Bundesrat, que, en el campo de las prestaciones de compensación, ellas sean ejecutadas en parte por la Federación, en parte por los Länder por delegación de la Federación, así como también que las facultades que, en virtud del Artículo 85, corresponden en esta materia al Gobierno Federal y a las autoridades supremas federales competentes sean delegadas total o parcialmente en la Oficina Federal de Compensación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En el ejercicio de estas facultades, la Oficina Federal de Compensación no necesita la aprobación del Bundesrat; salvo en caso de urgencia, sus instrucciones serán dirigidas a las autoridades supremas de los Länder (Oficinas de Compensación de los Länder). 2. No queda afectado lo dispuesto en el Artículo 87, apartado (2), frase 2. Nota: el artículo 120 estipula lo siguiente: 1. La Federación se hace cargo de los desembolsos en concepto de gastos de ocupación militar y de las demás cargas internas y externas resultantes de la guerra, en los términos que las leyes federales regulen la materia.Entre las Líneas En tanto dichas cargas hayan sido reguladas hasta el 1 de octubre de 1969 por leyes federales, les corresponderá a la Federación y a los Länder el pago de los desembolsos de acuerdo con lo establecido en dichas leyes.Entre las Líneas En tanto los Länder, los municipios (mancomunidades de municipios) u otras entidades que asuman tareas de los Länder o de los municipios hubieren efectuado desembolsos hasta el 1 de octubre de 1965 en concepto de cargas resultantes de la guerra que no hayan sido reguladas ni se regularán en las leyes federales, la Federación no estará obligada a hacerse cargo de dichos desembolsos después de dicha fecha. Correrán por cuenta de la Federación las subvenciones para las cargas de la seguridad social, con inclusión del seguro y del subsidio de desempleo. El reparto de las cargas resultantes de la guerra entre la Federación y los Länder regulada en el presente apartado no afectará la regulación legal de los derechos de indemnización a consecuencia de la guerra. 2. Los ingresos pasarán a la Federación en el momento en que ella se haga cargo de los gastos.
Preceptos Transitorios en el Marco de las Ayudas de Consolidación en el Artículo 143d de la Constitución de Alemania
Este artículo trata sobre Preceptos transitorios en el marco de las ayudas de consolidación, y está ubicado en la Parte XI, sobre Disposiciones Transitorias y Finales, de la Constitución alemana vigente. El artículo dispone lo siguiente: 1. Los Artículos 109 y 115 en la versión vigente hasta el 31 de julio de 2009 se aplican por última vez al año presupuestario de 2010. Los Artículos 109 y 115 en la versión vigente a partir del 1 de agosto de 2009 se aplican por primera vez al año presupuestario de 2011; las autorizaciones de crédito existentes al 31 de diciembre de 2010, para patrimonios especiales ya establecidos, permanecen intangibles. Los Länder están autorizados a divergir de los supuestos del Artículo 109, apartado (3), en conformidad con las regulaciones del Derecho vigente de los Länder, en el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019. Los presupuestos de los Länder deben constituirse de tal manera que se cumpla el supuesto del Artículo 109, apartado (3), frase 5, en el año presupuestario 2020. La Federación puede divergir del supuesto del Artículo 115, apartado (2), frase 2, en el período del 1 de enero de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2015. Debe comenzarse con la reducción del déficit existente en el año presupuestario de 2011. Los presupuestos anuales tienen que ser constituidos de tal manera que se cumpla el supuesto del Artículo 115, apartado (2), frase 2, en el año presupuestario de 2016; la regulación se hará por una ley federal. 2. A partir del 1 de enero de 2020 pueden otorgarse a los Länder Berlín, Bremen, Saarland, Sachsen-Anhalt y Schleswig-Holstein, para el periodo de 2011 hasta 2019, ayudas de consolidación del presupuesto de la Federación por un montante anual de en total 800 millones de euros, como ayuda para el cumplimiento de los supuestos del Artículo 109, apartado (3). De ello corresponden a Bremen 300 millones de euros, a Saarland 260 millones de euros y a Berlín, Sachsen-Anhalt y Schleswig-Holstein 80 millones de euros respectivamente.
Pormenores
Las ayudas se prestarán en base a un acuerdo administrativo conforme a una ley federal con aprobación del Bundesrat. El otorgamiento de las ayudas presupone una reducción completa del déficit financiero hasta el final del año 2020. La regulación se hará a través de una ley federal con aprobación del Bundesrat y de un acuerdo administrativo, especialmente los pasos anuales de reducción de los déficits financieros, la supervisión de la reducción del déficit financiero por el Consejo de Estabilidad así como las consecuencias en caso del incumplimiento de los pasos de reducción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Se excluye el otorgamiento simultáneo de las ayudas de consolidación y ayudas de saneamiento a causa de una situación extrema de crisis presupuestaria. 3. La carga financiera resultante del otorgamiento de las ayudas de consolidación será asumida a medias por la Federación y los Länder, por estos últimos de su participación en el impuesto sobre el volumen de negocios. La regulación se hará por una ley federal con aprobación del Bundesrat. Nota: el artículo 143 estipula lo siguiente: 1. El derecho en el territorio mencionado en el Artículo 3 del Tratado de Unificación podrá apartarse de las disposiciones de la presente Ley Fundamental a más tardar hasta el 31 de diciembre de 1992 en la medida y mientras, como consecuencia de las diferentes situaciones, no pueda alcanzarse la entera adecuación al orden establecido por la Ley Fundamental.
Informaciones
Los desvíos no podrán violar el Artículo 19, apartado (2), y tienen que ser compatibles con los principios mencionados en Artículo 79, apartado (3). 2.
Informaciones
Los desvíos de las secciones II, VIII, VIIIa, IX, X y XI estarán permitidos a más tardar hasta el 31 de diciembre de 1995. 3. Con independencia de los apartados (1) y (2), el Artículo 41 del Tratado de unificación y las regulaciones para su realización subsistirán también en tanto prevén que no podrán dejarse sin efecto las intervenciones en la propiedad en el territorio mencionado en el Artículo 3 de este Tratado.
Cantidades de Compensación por la Cesación de las Cuotas de Financiación de la Federación en el Artículo 143c de la Constitución de Alemania
Este artículo trata sobre Cantidades de compensación por la cesación de las cuotas de financiación (o financiamiento) de la Federación, y está ubicado en la Parte XI, sobre Disposiciones Transitorias y Finales, de la Constitución alemana vigente. El artículo dispone lo siguiente: 1. A los Länder les corresponden, desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre del 2019, anualmente cantidades del presupuesto de la Federación por la supresión de las tareas comunes en la ampliación y nueva construcción de Universidades, incluyendo clínicas universitarias y la planificación (véase más en esta plataforma general) educativa, así como por la cesación de las cuotas de financiación (o financiamiento) de la Federación, causada por la supresión de las ayudas financieras para la mejora de la situación de la circulación en los municipios y para el fomento de la vivienda social. Hasta el 31 de diciembre del 2013 estas cantidades se calcularán en base a la media de las cuotas de financiación (o financiamiento) de la Federación en el período de referencia del 2000 al 2008. • Derecho a albergue 2. Las cantidades según el apartado (1) se distribuyen hasta el 31 de diciembre de 2013 como sigue: 1. como cantidades fijas anuales, cuyo montante se calcula según la cuota media de cada Land en el período del 2000 hasta el 2003; 2. correspondientemente adecuadas a los fines en el ámbito de tareas de la anterior financiación (o financiamiento) mixta. 3. La Federación y los Länder controlan hasta finales de 2013 en que montante los medios financieros asignados a los Länder, según el apartado 1, son todavía adecuados y necesarios para el cumplimiento de las tareas de los Länder. A partir del 1 de enero de 2014 se suprime la vinculación a los fines, prevista según el apartado (2) No. 2, apartado (1); la vinculación a los fines inversores del volumen de medios se mantiene.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Detalles
Los acuerdos del Pacto de solidaridad II permanecen intangibles. 4. La regulación se hará por una ley federal que requiere la aprobación del Bundesrat. Nota: el artículo 143 estipula lo siguiente: 1. El derecho en el territorio mencionado en el Artículo 3 del Tratado de Unificación podrá apartarse de las disposiciones de la presente Ley Fundamental a más tardar hasta el 31 de diciembre de 1992 en la medida y mientras, como consecuencia de las diferentes situaciones, no pueda alcanzarse la entera adecuación al orden establecido por la Ley Fundamental.
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Los desvíos no podrán violar el Artículo 19, apartado (2), y tienen que ser compatibles con los principios mencionados en Artículo 79, apartado (3). 2.
Informaciones
Los desvíos de las secciones II, VIII, VIIIa, IX, X y XI estarán permitidos a más tardar hasta el 31 de diciembre de 1995. 3. Con independencia de los apartados (1) y (2), el Artículo 41 del Tratado de unificación y las regulaciones para su realización subsistirán también en tanto prevén que no podrán dejarse sin efecto las intervenciones en la propiedad en el territorio mencionado en el Artículo 3 de este Tratado.
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