Bienes Comunes
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Recursos Naturales Comunes
Los bienes comunes en la Pesca
El procomún es un concepto de propiedad significativamente teorizado en la antropología de la pesca. Surgió en la década de 1980 en respuesta a la creciente apropiación de los entornos oceánicos y contra el predominio de la tesis de la tragedia de Hardin (1968) en la economía y la gestión de la pesca, en particular el preocupante reconocimiento erróneo de los bienes comunes como de libre acceso.Entre las Líneas En cuanto a la generación de conocimientos aplicados, los estudios sobre los bienes comunes dependen de la respuesta a una pregunta crucial: ¿En qué condiciones la gente sobreexplotará o conservará los recursos críticos?
El paradigma (un conjunto de principios, doctrinas y teorías relacionadas que ayudan a estructurar el proceso de investigación intelectual) de la tragedia de Hardin, aunque inicialmente se modeló a partir de los supuestos comportamientos maximizadores de los pastores de los bienes comunes, que, según afirma, conducen inevitablemente a la tragedia a medida que cada uno añade “un animal más” a su rebaño, encontró su expresión más axiomática en los pescadores sobrecapitalizados que persiguen muy pocos peces. De hecho, la tragedia de Hardin fue precedida por el trabajo de los economistas de la pesca, que consideraron los bienes comunes como un fallo del mercado (véase Gordon, 1954).Entre las Líneas En esta sinopsis, la sobreexplotación de las pesquerías, que, a escala mundial, era evidente en la década de 1980, podía resolverse simplemente privatizando y cercando las pesquerías oceánicas. Aunque se ha escrito mucho sobre la falacia de la tesis de Hardin, esta ha seguido influyendo en la gestión de los ecosistemas marinos (Longo, Clausen y Clark 2015), está implicada en la introducción de la pesca basada en derechos que estimula nuevos cercamientos, así como en la orientación de la ciencia de la sostenibilidad de las poblaciones de peces hacia los objetivos de gestión (McCormack 2017b).
Desafiando la idea de que los bienes comunes son la causa última de la degradación de los recursos, los antropólogos pesqueros, así como los estudiosos de la geografía y la economía institucional, entre otros, obtuvieron pruebas empíricas de todo el mundo que mostraban pesquerías locales florecientes. Se ha demostrado que las comunidades gestionan con éxito los recursos comunes utilizando una combinación de reglas explícitas e implícitas, gobernanza informal y normas culturales para mantener los recursos, controlar el acceso a la pesca y distribuir los derechos y las capturas.Entre las Líneas En estos estudios, el procomún, arraigado en la gestión cooperativa de los recursos, se ofrece como una posible solución a la crisis de la pesca mundial.
Un tema clave en la literatura sobre la pesca como patrimonio común es el vínculo entre las relaciones sociales y la creación de propiedad. El trabajo de Acheson sobre los pescadores de langostas con trampas en la costa de Maine destaca que los mundos sociales son constitutivos de la territorialidad en los paisajes marinos y el éxito de la pesca. La pesca de la langosta está supeditada a la pertenencia a una banda portuaria, y sólo con esta identificación se puede pescar en el territorio reclamado por esa banda (1988). Los bienes comunes también pueden funcionar de forma exclusiva o de tal manera que las redes sociales, las amistades y las obligaciones que vinculan a las comunidades pesqueras se extienden a una rigurosa defensa de los territorios marítimos. Aunque estos derechos territoriales no reciben un reconocimiento formal en la pesquería de langosta de Maine (1988), coexisten de forma relativamente fluida con las leyes estatales y federales, así como con las normas elaboradas por los pescadores para conservar el recurso .
Trabajos más recientes sobre el procomún han criticado la tendencia de la literatura sobre el procomún a afirmar un argumento a través de una serie de binarios en cascada, como individuo y colectivo, privado y público, subsistencia básica y beneficio, siendo el resultado final una convergencia analítica. Esta convergencia está implicada en la intercambiabilidad de la literatura sobre los bienes comunes con el paradigma (un conjunto de principios, doctrinas y teorías relacionadas que ayudan a estructurar el proceso de investigación intelectual) de la “tragedia de los bienes comunes”, de manera que “una vez que los teóricos de la propiedad común sustituyeron la ‘tragedia de los bienes comunes’ por la ‘tragedia del acceso abierto’, las diferencias entre lo que parecían posiciones bastante opuestas ya no son tan grandes” (Mansfield 2004, 319). Los estudiosos del procomún afirman que es necesario reorientar la atención hacia la red de relaciones sociales en los bienes comunes, incluidas las que vinculan a los actores humanos y no humanos, y que éstas no pueden limitarse a la propiedad. Los estudios sobre el procomún son también una respuesta crítica a la reducción inherente a la obra de Elinor Ostrom, que centró el debate sobre el procomún en la necesidad de definir los derechos de propiedad, aunque éstos se basaban, irónicamente, en un modelo de elección individual y racional. Las definiciones legales no determinan los bienes comunes y la gente coopera por muchas razones, no solo cuando se considera racional hacerlo. El trabajo de Nightingale (2013), por ejemplo, sobre los pescadores escoceses de bajura, identifica la emoción como una razón de ser poco teorizada de la comunalidad. La poderosa atracción de la obligación, crucial en las pesquerías maoríes, también es inconmensurable con un bien común delineado en términos de criterios de propiedad.
Datos verificados por: Brooks
Definición de Bienes Comunes en Derecho español
Aquellos cuyo uso y disfrute pertenece a todos los hombres, sin que pueda atribuirse particularmente a ninguna persona. Por ejemplo, el mar, playas, etc.Entre las Líneas En Derecho Civil, son también los que integran una comunidad de bienes, atribuidos proindiviso a varias personas.
Erradicación de los Comunes en la Historia de Inglaterra
[rtbs name=”derecho-del-reino-unido”] En relación al “enclosure of the commons”, escribe Ribeiro en el año 2001 que “a fines del siglo XVIII, las parcelas comunes en Europa, denominadas justamente “los comunes” por ser utilizadas colectivamente como fuente de recursos complementarios al trabajo familiar o comunitario, fueron expropiadas por el gobierno británico y concedidas a los grandes terratenientes, en nombre del progreso científico y de la necesidad de alimentar a una creciente población. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Al cabo de unas décadas, los terratenientes cercaron los terrenos comunes en los Actos de Confinamiento (Enclosure of the commons).Las comunidades rurales de Europa perdieron muchas de sus más importantes tierras y su acceso al forraje y las medicinas tradicionales fue cercenado. Millones de personas se vieron obligadas a salir de sus tierras ancestrales y a trabajar en las ciudades en fábricas de la nueva revolución científica o a emigrar a ultramar hacia América.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Entre 1770 y 1850, el gobierno británico otorgó casi 12.000 patentes a inventores financiados por terratenientes enriquecidos gracias a los confinamientos. De esta manera, el movimiento para cercar la tierra en la Europa de los siglos XVIII y XIX financió el movimiento para confinar al intelecto humano […] A fines del siglo XX, presenciamos un nuevo “acto de confinamiento”, bajo argumentos notoriamente parecidos, y expresado en la nueva revolución biotecnológica y la “necesidad” de otorgar patentes sobre conocimientos, recursos tradicionales y seres vivos, ancestralmente públicos y colectivos.”
[rtbs name=”personas-y-cosas-en-el-derecho-internacional”]
Territorios Comunitarios de Origen en Bolivia
Bolivia a reconocido la figura de los territorios comunitarios de origen (TCO). Así, el Art. 41 de la Ley INRA de Bolivia señala que: “Los TCO son los espacios geográficos que constituyen el hábitat de los pueblos y comunidades indígenas y originarias, a los cuales han tenido tradicionalmente acceso y donde mantienen y desarrollan sus propias formas de organización económica, social y cultural, de modo que aseguran su sobrevivencia y desarrollo.
Son inalienables, indivisibles, irreversibles, colectivos, compuestos por comunidades o mancomunidades, inembargables, imprescriptibles.” De esta forma, el reconocimiento de los Territorios Comunitarios de Origen “pone en manos de las comunidades y los pueblos, no solo la tierra, sino que las hace dueñas, de pleno derecho también, de la biodiversidad (o diversidad biológica, la variabilidad de los organismos vivos, como los ecosistemas y los complejos ecológicos) y los recursos genéticos ahí existentes.”
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
- Galindo Garfias, Ignacio, Estudios de derecho civil, México, UNAM, 1981
- Rojina Villegas, Rafael, Derecho civil mexicano, tomo III, Bienes, derechos reales y posesión; 4ª edición, México, Porrúa, 1976.
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