Colonato
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Introducción: El Colonato
Concepto del Colonato en el ámbito del derecho agrícola y otros afines: El colono es aquella persona libre que cultiva una tierra que no le pertenece, aunque está ligado a ella y no puede abandonarla. Por el hecho de cultivarla paga un cantidad anual, ya sea en dinero o en especie.
El Colonato en Roma
La ciudad de Roma, a partir del siglo III d.c., inicio una inexorable perdida de autoridad como eje central del imperio, dado que las provincias iban adquiriendo una mayor autonomía (véase qué es, su concepto; y también su definición como “autonomy” en el contexto anglosajón, en inglés), lo cual tenia su origen en el tamaño del propio imperio, grande y de difícil conducción.
Esta situación condujo a la paralización de muchas de las actividades comerciales, además de una parálisis en las conquistas, lo primero conllevaba que, muchas ciudades no pudieran recaudar impuestos por las actividades comerciales, y lo segundo, que al no haber conquistas, desaparecía una de las principales fuentes de ingreso del estado romano.
En medio de esta situación, muchos propietarios comenzaron a liberar a sus esclavos, a los cuales se les entregaba un pedazo de tierra, junto con lo necesario para su explotación, lo cual pagaban mediante elevados tributos al dueño de la tierra, quien se erigía como un pequeño soberano, al tener control sobre grandes extensiones de tierra.
En esa situación de cuasi – esclavitud estaban los sometidos a la institución del colonato, la cual, como se asegura, hizo su aparición en la época del bajo imperio, toda vez que previamente, en el período clásico, la palabra colonus se empleaba exclusivamente para designar, bien al propietario cultivador del suelo de Roma o de las colonias, ora al arrendatario del predio o tierra de otro.
Pero en el bajo imperio, seguramente a consecuencia de la miseria y debilidad romanas, el vocablo colono pasó a ser comprensivo de la persona natural o física que quedaba atada a perpetuidad a la tierra de otro para cultivarla a cambio de un censo en dinero o en especie. De ahí que se sostenga que el colono era individuo humano de condición mixta, entre la esclavitud y la libertad.
Se llegaba ser colono, bien por nacimiento, cuando los padres, o la madre solamente, eran poseedores de esa calidad, dado que se trataba de cuestión hereditaria; bien por convención o acuerdo de voluntades; o bien por prescripción de 30 años.
Llegaban a ser enteramente libres los colonos, por manumisión, por promoción al episcopado y cuando vivían como libres por espacio de treinta años. Eran los colonos, en realidad, esclavos de la tierra, esto es, servi terrae, porque no podían abandonarla a voluntad, ni tampoco podían ser separados de ella sin su consentimiento. Debían, eso sí, cultivar el terreno y pagar al propietario renta en dinero o en especie, lo que no los convertía en esclavos del tal propietario, por lo que entonces pudieron contar con patrimonio propio, obligarse y contraer nupcias; pero para enajenar los bienes que llegaran a adquirir, debía mediar la anuencia del dueño del terreno dado en colonato.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
El dueño de la tierra tenia el derecho de patronatos, es decir, la facultad que tenía el patrono sobre el colono, quien debía trabajar la tierra del patrono a perpetuidad y, en caso de venderse esta, someterse a la potestad del nuevo propietario.
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Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Bibliografía
MORINEAU Iduarte, Marta. IGLESIAS González, Román. Derecho romano. Cuarta edición. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). México D.F., Oxford, 1998.
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Es problemático plantear que los colonos continuaban siendo esclavos. En parte es así, de la misma manera que en la sociedad actual el obrero está en una relación de “esclavitud asalariada”, pero así dicho se vuelve prácticamente imposible explicarle a un escolar la diferencia entre la esclavitud y el colonato.
El colonato en realidad es la transición del modo de producción esclavista al modo de producción feudal.
Los campesinos son libres, pero están casados con la tierra.
En el curso de su evolución muchos campesinos optaron por convertirse en “colonos” de los grandes propietarios, bien por simple conveniencia, bien por necesidad de protección.
DEcididamente entre el sistema esclavista ( y su declive) y el sistema feudal (y su génesis) se desarrolló el régimen colonario bajoimperial, que no puede definirse en ninguno de estos términos, aunque se estableciera sobre la base de relaciones pasadas (esclavistas) y en su desarrollo se generaran los elementos que a la larga configurarían las relaciones futuras (feudales).