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Comisión Plural

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Comisión Plural

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Comisión Plural en el Derecho Legislativo y Político

Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:

Origen de la Expresión

Expresión compuesta de las voces latinas commissionem (vid. supra); y pluralitatis, con los siguientes significados según el Diccionario de la Lengua Española: 1. Multitud, copia y número grande de algunas cosas, o el mayor número de ellas; 2. calidad de ser más de uno; 3. pluralidad de votos: por mayoría. El Diccionario de Ciencias Sociales, refiere el siguiente concepto: en las sociedades modernas se mezclan diversas ideologías filosóficas y religiosas, siendo el pluralismo el esfuerzo de organización general de la vida en sociedad, sobre bases comunes y respetando todas las tendencias diferentes. La palabra plural se traduce en otros idiomas como: inglés y portugués, plural; francés, pluriel; alemán, mehrzahl; e italiano, plurale.

Desarrollo de Comisión Plural en este Contexto

En el derecho parlamentario, por comisión plural se comprende aquella que se integra con un número indeterminado de legisladores pertenecientes a la propia Asamblea y que ostentan filiación política a los distintos partidos políticos representados en la Cámara. La presencia en la sociedad actual de diversos grupos políticos con ideologías diferentes, así como la organización democrática de las elecciones para renovar periódicamente los cargos de representación popular (diputados y senadores) en los estados modernos, ha propiciado la integración plural de las cámaras legisladoras. La conformación de las asambleas con legisladores electos y representantes de los diversos partidos políticos, explica la existencia de las llamadas fracciones parlamentarias. Esta circunstancia implica que junto con la autonomía relativa de cada grupo dentro de la Cámara, se establece cierta interdependencia y obligación común para realizar el trabajo legislativo que les encomiendan sus electores. El principio de igualdad entre los representantes populares no distingue el origen de la elección. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Ya sea que haya sido votado directamente en distritos uninominales o que haya sido electo formando parte de las listas propuestas en circunscripciones plurinominales. Ambos tienen la misma calidad de diputados o senadores, según el caso. El principio de equidad política, a su vez, permite que al interior de las cámaras las fracciones parlamentarias tengan y estén representados, dentro de los órganos administrativos y de trabajo legislativo, en una proporción equiparable a la fuerza numérica de sus electores. La representación política, de los diferentes partidos que en la elección ganaron los cargos para la Asamblea, lleva implícita el principio democrático de respeto a todas las ideologías, sin importar, para este fin la fuerza numérica electoral.

Más Detalles

Tomando como base los anteriores principios, la organización del trabajo político, administrativo, jurisdiccional y legislativo de las asambleas, necesariamente obliga a que las comisiones o comités acrediten una composición plural; es decir, que en cada una se encuentren representadas, proporcionalmente a su número o influencia política, todas las fracciones parlamentarias. El fenómeno de la existencia de una mayoría predominante y minorías de oposición, propicia el perfeccionamiento de las reglas democráticas del trabajo parlamentario en los ámbitos de los derechos y obligaciones de los legisladores en lo personal, o en su calidad de miembros de fracciones parlamentarias, o en su cargo de titulares en los órganos de dirección o administración cameral o de integrantes de comisiones o comités parlamentarios o, en último caso, de su responsabilidad política ante su partido y la opinión pública.

Otros Elementos

Además, las Comisiones Plurales son canales (véase qué es, su definición, o concepto, y su significado como “canals” en el contexto anglosajón, en inglés) propicios para que los miembros de los partidos pequeños puedan expresar abiertamente sus criterios e influyan en las resoluciones legislativas, y también para que en forma individual los Diccionario universal de términos parlamentarios 145 legisladores miembros del partido mayoritario puedan desarrollar decisiones en base a un poder independiente. La existencia de comisiones plurales de trabajo legislativo representa una garantía para los ciudadanos: que las leyes que vota el Congreso o el Parlamento han sido ampliamente analizadas, examinadas y discutidas, por todas las fuerzas políticas que conforman el espectro ideológico de la Nación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En consecuencia, las leyes que se dicten por el Parlamento o por el Congreso tendrán, ante la ciudadanía, la necesaria legalidad y legitimidad que exige su justa obediencia.

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Recursos

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Bibliografía

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Cámara de Diputados.

ROSE-ACKERMAN, Susan, “La profesionalización del Poder Ejecutivo Mexicano. Experiencia del Congreso de Estados.

Unidos”, en El Poder Legislativo en la Actualidad, UNAM, México, 1994, Serie G, Estudios Doctrinales, núm. 162.

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