Copiado
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Copiado en Derechos de Autor o de la Propiedad Industrial
En la ley de derechos de autor, el término “copiado” se refiere dos conceptos separados, aunque relacionados entre sí. Para que un trabajo sea una infracción a los derechos de autor tendrá que ser una “copia”, en el sentido de que sea sustancialmente similar a una obra protegida con tales derechos, y deberá haber sido copiado de ésta y no simple resultado de una producción coincidental independiente o del hecho de provenir de la misma fuente que la obra protegida con derechos de autor. Las normas legales sobre violación de derechos de autor son diferentes que en el caso de las patentes y las marcas comerciales; en estas últimas no se requieren pruebas de que se trata de una copia.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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