▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Defectos

▷ Lee Gratis Nuestras Revistas

Defectos

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]Nota: Consulte también los detalles acerca del Derecho de Daños.

Un defecto oculto es un defecto, daño o imperfección que no es reconocible en una inspección razonable de un bien o producto. Cuando existe un defecto oculto que no es fácilmente aparente, el vendedor será responsable y dará lugar a un derecho de revocación de la aceptación previa.

Datos verificados por: Christian

Defectos en Derecho Francés

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] La palabra “malfaçon” en francés, o imperfección, error, trabajo defectuoso, defecto patente u oculto, o funcionamiento defectuoso (en inglés, imperfection, error, faulty work, patent or hidden defect, or faulty operation) se utiliza a menudo como equivalente a un defecto en la cosa vendida, mientras que el término sólo debería utilizarse para caracterizar el trabajo defectuoso del contratista, incluso si éste también suministra los materiales. También se utiliza la palabra “desorden”.

Las condiciones de responsabilidad frente al “dueño de la obra”, es decir, la persona en cuyo beneficio se realizó o debió realizarse la obra, se definen en los artículos 1792 del Código Civil. Las faltas profesionales en una instalación realizada por una empresa que ha confiado los trabajos a personas que desconocen visiblemente las reglas del oficio, comprometen la responsabilidad del contratista que no ha tomado las precauciones elementales y que, a pesar del plazo de diez años, ha cometido así deliberadamente un error doloso que puede comprometer su responsabilidad contractual. Ya se había dictaminado que el constructor, a pesar del plazo de prescripción de diez años, está obligado contractualmente frente al cliente por su incumplimiento fraudulento del contrato cuando, deliberadamente, incluso sin intención de perjudicar, viola sus obligaciones contractuales mediante ocultación o fraude. La acción interpuesta sobre la base de la tergiversación fraudulenta del constructor se analiza como una acción contractual vinculada al edificio y transmisible a los sucesivos compradores.

La garantía es de la esencia misma de la venta, el vendedor que, teniendo conocimiento de un defecto en el momento de la celebración del contrato, estipula que no lo garantizará, sigue estando obligado a hacerlo a pesar de la existencia de dicha cláusula. También se ha sostenido que, sin que se conserve la existencia de un vicio, el vendedor de una vivienda en estado futuro de terminación, que no debe la garantía de perfecta terminación, no puede ser responsabilizado por los defectos o disconformidades que no afecten a la solidez o al destino de la obra, con abundante jurisprudencia sobre este tema.

La Sala 3ª del Tribunal de Casación discrepó de un Tribunal de Apelación que había rechazado la petición de los demandantes de que se les abonaran las cantidades que representaban, en particular, el coste de adecuación de su edificio a las normas antisísmicas y las sanciones por retraso. Sin embargo, los primeros jueces habían considerado que los defectos de conformidad con la norma parasísmica eran de carácter decenal en la medida en que eran múltiples, que afectaban a elementos esenciales de la construcción, que podían dar lugar a la pérdida de la obra, no siendo quimérico el riesgo de temblores sísmicos en la región en la que se encontraba la construcción, clasificada como zona de riesgo 1b, y que suponían un peligro importante para las personas.

Toda persona física o jurídica que pueda incurrir en responsabilidad en base a la presunción establecida por los artículos 1792 y siguientes del Código Civil en relación con las obras de construcción debe estar cubierta por un seguro. Se considera que todo contrato de seguro suscrito por una persona sujeta a la obligación de aseguramiento incluye, no obstante cualquier cláusula en contrario, garantías al menos equivalentes a las establecidas en las cláusulas tipo previstas en el artículo A. 243-1 del Código de Seguros. Por lo tanto, cuando los defectos hacen que la obra no sea apta para su uso, una cláusula que limita la garantía a los daños que sólo afectan a una parte de la estructura del edificio no se ajusta a las normas de orden público relativas al alcance del seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de construcción. Por consiguiente, cualquier cláusula que limite el alcance de la garantía debe considerarse no escrita.

▷ Lo último (en 2026)
▷ Si te gustó este texto o correo, considera compartirlo con tus amigos. Si te lo reenviaron por correo, considera suscribirte a nuestras publicaciones por email de Derecho empresarialEmprenderDineroMarketing digital y SEO, Ensayos, PolíticasEcologíaCarrerasLiderazgoInversiones y startups, Ciencias socialesDerecho globalHumanidades, Startups, y Sectores económicos, para recibir ediciones futuras.

El Tribunal de Casación ha recordado que una persona que alquila un inmueble sólo tiene un simple derecho de disfrute sobre la obra de la que no es propietario; esta situación no le permite reivindicar la condición de dueño de la obra. Por lo tanto, no tiene derecho a interponer una acción en virtud de la garantía decenal que la ley atribuye a la propiedad de la obra, y no a su disfrute. Véase las novedades relativas a la responsabilidad decenal en la página web de la Ordre des Architectes y en la página web de la Fédération Française des Sociétés d’Assurances.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

La Ley 78-12 de 4 de enero de 1978, conocida como Ley Espineta, reguló el principio del seguro obligatorio para toda persona física o jurídica cuyas responsabilidades decenales y bienales pueden ser comprometidas sobre la base de la presunción establecida por los artículos 1792 y siguientes del Código Civil. Al mismo tiempo, la Ley de 4 de enero de 1978 instituyó una inspección técnica y modificó los artículos 111-23 y siguientes del Código de la Construcción y la Vivienda. Pero la construcción de edificios provisionales no podía asimilarse a los trabajos de reparación realizados en la propia obra afectada por los desórdenes o defectos.

📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras:

Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.

Datos verificados por: Louise

Defectos subsanables e insubsanables

Defectos subsanables e insubsanables en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Véase También

Defectos ocultos
Subcomprador
Garantía

▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.
▷ Lee Gratis Nuestras Publicaciones
,Si este contenido te interesa, considera recibir gratis nuestras publicaciones por email de Derecho empresarial, Emprender, Dinero, Políticas, Ecología, Carreras, Liderazgo, Ciencias sociales, Derecho global, Marketing digital y SEO, Inversiones y startups, Ensayos, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack.

Contenidos Relacionados:

Los de arriba son los elementos relacionados con este contenido de la presente plataforma digital de ciencias sociales.

Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.
Index

Descubre más desde Plataforma de Derecho y Ciencias Sociales

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo