Derechos Compensatorios
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Derechos Compensatorios en Economía Internacional
Los derechos compensatorios (CVD) son aranceles impuestos por un país para compensar una subvención extranjera. El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) permite desde 1947 la imposición de derechos compensatorios para contrarrestar las subvenciones “recurribles” si el gobierno determina que estas importaciones subvencionadas causan o amenazan con causar un perjuicio a la industria nacional. Las subvenciones recurribles son aquellas que no están explícitamente prohibidas por el GATT, pero que pueden ser impugnadas si causan efectos adversos en otro país.
Los derechos compensatorios son similares a los derechos antidumping, los aranceles que se imponen para proteger a las industrias nacionales de los productos importados a precios injustamente bajos, en el sentido de que ambos tratan de contrarrestar las prácticas comerciales ”desleales” de un socio comercial extranjero.
Puntualización
Sin embargo, los derechos antidumping son mucho más frecuentes que los derechos compensatorios en el mundo actual. Entre 1995 y 2005, los miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) impusieron 1.804 derechos antidumping, frente a sólo 112 derechos compensatorios.Entre las Líneas En consecuencia, los derechos compensatorios han provocado una investigación y un debate mucho menores que los derechos antidumping.
Algunos economistas subrayan que los países importadores deberían acoger las importaciones subvencionadas en lugar de castigar al país exportador mediante el uso de los derechos compensatorios, ya que las subvenciones extranjeras reducen los precios de las importaciones y aumentan el bienestar nacional a expensas del gobierno extranjero. Otros economistas y juristas subrayan que los derechos compensatorios pueden mejorar el bienestar al eliminar las distorsiones económicas causadas por las subvenciones y desalentar el uso futuro de las mismas. No está claro si las regulaciones actuales de los derechos compensatorios se utilizan únicamente para compensar las subvenciones extranjeras; algunos datos empíricos sugieren que los derechos compensatorios suelen estar más orientados a imponer una protección comercial adicional que a eliminar las distorsiones económicas que surgen de las subvenciones extranjeras. Para entender el debate actual sobre los derechos compensatorios, es importante comprender los argumentos económicos a favor y en contra del uso de los derechos compensatorios, la evolución de las regulaciones de los derechos compensatorios y su uso en todo el mundo, y cómo las futuras negociaciones comerciales internacionales podrían alterar el uso de los derechos compensatorios.
Consecuencias económicas de las leyes de derechos compensatorios
Los economistas suelen estar de acuerdo en que los derechos compensatorios pueden mejorar el bienestar económico mundial, al menos en principio. Consideremos, por ejemplo, las exportaciones de madera canadiense a Estados Unidos. La teoría comercial sugiere que las subvenciones canadienses reducirían el precio de las exportaciones de madera canadiense Unidos. Estados Unidos se beneficiaría de estos precios más bajos mientras sea un importador neto de madera.Entre las Líneas En otras palabras, los consumidores estadounidenses de madera ganarían más con los precios más bajos y subvencionados que lo que perderían los productores de madera estadounidenses con los precios más bajos y la pérdida de cuota de mercado en favor de los productores canadienses.Entre las Líneas En esta situación, la imposición de un derecho de aduana aumentaría el precio de importación, restablecería el bienestar de los consumidores y productores de madera estadounidenses a sus niveles anteriores a la subvención y transferiría dinero del gobierno canadiense al gobierno estadounidense.
La imposición del derecho de aduana hace que el bienestar total de Estados Unidos disminuya en este escenario porque la ganancia para el gobierno de Estados Unidos y los productores de madera de Estados Unidos no compensa la pérdida que los consumidores de Estados Unidos experimentan por los precios más altos.
Puntualización
Sin embargo, incluso en esta situación, la imposición del derecho de aduana podría dar lugar a un aumento del bienestar económico mundial. Si la subvención permite a los productores canadienses exportar madera a Estados Unidos, aunque los productores estadounidenses cosechen la madera de forma más eficiente, se crea una distorsión económica. Un derecho de aduana que compense esta subvención debería eliminar la ventaja no natural y la distorsión, mejorando así el bienestar económico total.
Puntualización
Sin embargo, al imponer el derecho de aduana, el gobierno de Estados Unidos mejora el bienestar mundial (o global) a costa de una disminución neta del bienestar económico de Estados Unidos.
Desde finales de la década de 1980, la mayoría de los economistas están de acuerdo en que, en determinadas condiciones, los derechos de aduana pueden mejorar el bienestar nacional. Supongamos que hay dos empresas que atienden el mercado mundial (o global) de aviones, una en Estados Unidos y otra en la Unión Europea. Ambas empresas, teniendo en cuenta la producción de su competidor extranjero, eligen los niveles de producción para maximizar sus beneficios. Las subvenciones a la producción europea reducirán artificialmente el coste de producción, haciendo que el productor europeo aumente su producción. El productor estadounidense reaccionará reduciendo su nivel de producción para intentar mantener un precio más alto. La subvención hace bajar el precio mundial (o global) de los aviones, aunque no por el importe total de la subvención como en el ejemplo de la madera. También aumenta los beneficios europeos y reduce los estadounidenses. La subvención a la producción puede aumentar el bienestar total europeo siempre que la ganancia para los consumidores y productores europeos compense el coste para el gobierno.
Pormenores
Por el contrario, la subvención puede disminuir el bienestar de Estados Unidos si la pérdida de beneficios para el productor nacional de aviones es mayor que la ganancia para los consumidores estadounidenses.
Utilizando modelos teóricos, varios economistas de finales de los años 80 y principios de los 90 demuestran que la respuesta óptima del gobierno estadounidense en una situación como ésta es tomar represalias con un derecho de aduana que compense parcialmente la subvención. El derecho de aduana incrementa los costes de producción europeos, aumentando así el precio de los aviones y transfiriendo parte de los beneficios del productor europeo al gobierno de Estados Unidos y al productor estadounidense.Entre las Líneas En este caso, el CVD puede aumentar el bienestar de Estados Unidos porque la ganancia para el productor y el gobierno estadounidenses compensará la pérdida para el consumidor estadounidense.
Esos economistas también muestran que un país extranjero debería ser disuadido de subvencionar las exportaciones cuando un país nacional utiliza los derechos compensatorios. Esta predicción teórica implica que la amenaza de la imposición de derechos compensatorios debería ser suficiente para eliminar las subvenciones.
Puntualización
Sin embargo, el uso continuado de subvenciones y derechos compensatorios revela que no es así. Qtros desarrollan un modelo para demostrar que la coexistencia de las subvenciones y las regulaciones de los derechos compensatorios puede explicarse por cosas como los largos retrasos en la imposición, y las restricciones en el nivel, de los derechos compensatorios.
Derechos compensatorios desde 1890 hasta la actualidad
En 1890, Estados Unidos promulgó la primera ley de derechos compensatorios, que sólo se aplicaba a determinadas calidades de azúcar (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Bélgica promulgó la primera ley de derechos compensatorios dirigida a todas las importaciones subvencionadas en 1892, y Estados Unidos amplió su cobertura de derechos compensatorios a todas las importaciones en 1897.Entre las Líneas En 1921, otros nueve países habían aprobado leyes de derechos compensatorios.
El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1947 sancionó formalmente el uso de los derechos compensatorios para contrarrestar las subvenciones extranjeras. La parte del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1947 relativa a los derechos compensatorios se basó en gran medida en la legislación de la época de Estados Unidos, con una importante excepción. El Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio sólo permitía la imposición de derechos compensatorios si las importaciones subvencionadas causaban o amenazaban con causar un perjuicio a una industria nacional. A Estados Unidos se le concedió una disposición de derechos adquiridos (véase qué es, su concepto jurídico) y, por tanto, no se le exigió la prueba del perjuicio hasta 1974. Las normas internacionales que rigen la imposición de los derechos compensatorios se mantuvieron en gran medida sin cambios hasta el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de la Ronda de Tokio de 1979 y la revisión de este acuerdo en 1994, resultado de las negociaciones comerciales de la Ronda de Uruguay.
Según la versión del acuerdo finalizada en 1994, los gobiernos pueden iniciar una investigación sobre derechos compensatorios a petición escrita de la industria nacional. Antes de imponer un derecho compensatorio, el gobierno debe determinar que las importaciones procedentes del país investigado:
- se han beneficiado de una subvención prohibida o recurrible, y
- las importaciones subvencionadas han causado o amenazan con causar un daño “importante” a la industria nacional.
Si el gobierno determina finalmente que las importaciones subvencionadas han perjudicado a la industria nacional, puede imponer un derecho compensatorio hasta el importe calculado de la subvención por unidad de producto importado.
En general, el acuerdo no detalla cómo deben medir los países la cuantía de la subvención o el grado de perjuicio para la industria nacional.
Puntualización
Sin embargo, el acuerdo especifica que la cuantía de la subvención debe ser coherente con algunas directrices generalmente aceptadas, como:
- La diferencia entre la cantidad pagada por la empresa en un préstamo del gobierno o un préstamo garantizado por el gobierno y la cantidad que la empresa pagaría en un préstamo comercial comparable obtenido en el mercado privado; y
- La diferencia entre el precio de mercado de un bien y el precio pagado a la empresa por el gobierno en la compra de bienes, o la diferencia entre el precio de mercado de un bien y el precio pagado por la empresa al gobierno en el suministro de bienes.
Las determinaciones de daño deben basarse en un examen del volumen de las importaciones subvencionadas, la repercusión de estas importaciones subvencionadas en la producción y los precios nacionales, y la posterior repercusión de las importaciones en la industria nacional. Al realizar este examen, el gobierno debe evaluar todos los factores económicos asociados a la industria, incluyendo la disminución real y potencial de la producción, la cuota de mercado, los beneficios y la utilización de la capacidad, así como otros factores que puedan estar causando daño a la industria nacional. No se pueden imponer derechos compensatorios si el gobierno determina que el importe de la subvención es inferior al 1% del precio de importación o que el volumen de las importaciones subvencionadas es insignificante.
Las investigaciones deben concluir en un plazo de 18 meses desde su inicio.
Informaciones
Los derechos compensatorios deben permanecer en vigor sólo durante el tiempo necesario para contrarrestar las subvenciones que causan el perjuicio.
Informaciones
Los derechos deben eliminarse al cabo de cinco años, a menos que el gobierno determine, durante un examen por extinción, que la revocación de los derechos podría dar lugar a la reaparición del daño causado por las subvenciones.
Los países tienen un gran margen de maniobra para llevar a cabo las investigaciones sobre derechos compensatorios. La mayoría de los países tienen un enfoque bifurcado, en el que las investigaciones sobre el perjuicio y las subvenciones son llevadas a cabo por dos entidades gubernamentales diferentes, o un enfoque de vía única, en el que ambas investigaciones son llevadas a cabo por la misma entidad. Por ejemplo, en Estados Unidos, la Administración de Comercio Internacional del Departamento de Comercio determina el nivel de las subvenciones, mientras que la Comisión de Comercio Internacional determina si las subvenciones han causado un perjuicio a la industria nacional.
Indicaciones
En cambio, la Dirección de Comercio de la Comisión Europea realiza ambas determinaciones en la Unión Europea.Entre las Líneas En 1956, 20 países contaban con legislación en materia de derechos compensatorios, aunque sólo 8 la utilizaban realmente. Estados Unidos, que históricamente ha hecho un uso mucho mayor de los derechos compensatorios que otros países, sólo impuso 62 derechos compensatorios entre 1897 y 1959.
Puntualización
Sin embargo, con el Acuerdo de la Ronda de Tokio, el uso de los derechos compensatorios por parte de un pequeño subgrupo de países aumentó drásticamente. Por ejemplo, Estados Unidos impuso derechos compensatorios en más de 90 casos sólo entre 1980 y 1988. Entre 1989 y 1993, siete signatarios del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio iniciaron 150 investigaciones sobre derechos compensatorios, de las que Estados Unidos representó algo más del 45%.
Desde la finalización del Acuerdo de la Ronda Uruguay, un mayor número de países ha impuesto medidas de derechos compensatorios, aunque su uso sigue estando muy concentrado en unos pocos países. Diecisiete miembros de la Organización Mundial del Comercio iniciaron 182 investigaciones sobre derechos compensatorios entre 1995 y 2005. De ellas, el 61,5%, es decir, 112 investigaciones, acabaron con la imposición de derechos compensatorios. Estados Unidos y la Unión Europea iniciaron el 64% de todas las investigaciones sobre derechos compensatorios entre 1995 y 2005. La mitad de todas las investigaciones sobre derechos compensatorios durante este período se iniciaron contra las exportaciones de la India, Corea, Italia, Indonesia y la Unión Europea. Los metales, en particular los productos de acero, representaron casi el 40% de todas las peticiones de derechos compensatorios; otras industrias importantes objeto de acciones de derechos compensatorios son los productos alimenticios y el calzado.
Algunos economistas sostienen que muchos de estos derechos compensatorios se utilizaron principalmente para proteger a las industrias nacionales de importaciones específicas, subvencionadas o no.
Por ejemplo, Marvel y Ray (1996) descubren que las peticiones de derechos compensatorios de Estados Unidos tienden a hacerse contra varias naciones simultáneamente y están estrechamente relacionadas con las peticiones antidumping.
Otros Elementos
Además, la mayoría de las investigaciones de los derechos compensatorios definen cualquier contribución financiera a la empresa extranjera como una subvención, independientemente de si baja el precio de exportación extranjero y crea una distorsión económica (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Basándose en estas características, Marvel y Ray concluyen que los derechos compensatorios se utilizan principalmente para proteger a la industria nacional de las importaciones, más que para contrarrestar las subvenciones.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Otros investigadores han encontrado pruebas empíricas de que la presión política puede explicar la imposición de algunos derechos compensatorios. Existe una amplia bibliografía que pone a prueba los determinantes económicos y políticos de las decisiones sobre el perjuicio en las investigaciones sobre derechos compensatorios y antidumping. La mayor parte de la investigación en este ámbito ha analizado los resultados de las investigaciones en Estados Unidos y ha descubierto que, aunque los factores económicos influyen significativamente en los resultados, la presión política también influye positivamente en la probabilidad de que una investigación sobre derechos compensatorios o antidumping dé lugar a la imposición de derechos.
El futuro de las leyes de derechos compensatorios
Algunos economistas, desde los años 90, sugieren que las leyes de derechos compensatorios pueden ser beneficiosas siempre que no se utilicen para proteger a las industrias nacionales de los aumentos de las importaciones. Sugieren que se revisen los reglamentos para incluir un estándar de prueba más alto para establecer la existencia de subsidios.Entre las Líneas En 2001, los miembros de la Organización Mundial del Comercio acordaron ”aclarar y mejorar” la normativa sobre derechos compensatorios durante la Ronda de Doha de negociaciones comerciales, aunque las clarificaciones no resolverán necesariamente los problemas que los economistas tienen con las leyes sobre derechos compensatorios. Los negociadores elaboraron una larga lista de propuestas a tener en cuenta, entre las que se incluyen cambios específicos en los reglamentos que rigen el cálculo del importe de la subvención y las determinaciones de perjuicio.
En resumen, un derecho compensatorio es una herramienta que los países pueden utilizar para contrarrestar el uso desleal de subvenciones a la producción por parte de gobiernos extranjeros. El uso de los derechos compensatorios es relativamente raro hoy en día en comparación con otras herramientas de recurso comercial, como los derechos antidumping. No existe un consenso claro entre los economistas sobre el impacto de los derechos compensatorios en la economía. Aunque la teoría tradicional del comercio internacional predice que la imposición de un derecho compensatorio aumentará el bienestar mundial (o global) a expensas del país que lo impone, modelos teóricos más recientes han demostrado que los derechos compensatorios pueden mejorar el bienestar nacional en determinadas condiciones.
Informaciones
Los datos empíricos sugieren que los derechos compensatorios pueden estar más orientados a imponer una protección comercial adicional que a compensar las subvenciones extranjeras; por ello, algunos economistas han instado a la Organización Mundial del Comercio a revisar la normativa actual que regula el uso de los derechos compensatorios.
Datos verificados por: Brooks
Introducción: Derechos Compensatorios
Concepto de Derechos Compensatorios en el ámbito del objeto de esta plataforma online: Derecho aplicado por los países importadores para compensar cualquier ayuda o subsidio otorgado, directa o indirectamente, en la manufacturación, producción o exportación de cualquier bien. Ningún miembro de la OMC puede aplicar derechos compensatorios a los productos provenientes del territorio de otro miembro, a menos que determine que el efecto del subsidio es tal, que causa o amenaza con causar un daño material a una industria doméstica nacional establecida, o causa un retraso material en el establecimiento de una industria nacional. También pueden verse como la imposición de un derecho de importación especial para compensar una subvención con la que se alega que un gobierno extranjero priva las exportaciones, normalmente se ha de demostrar la existencia de efectos perjudiciales para el país.
A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Derechos Compensatorios en el Entorno Empresarial Global
[rtbs name=”entorno-empresarial-global”]Derechos compensatorios puede ser definido/a de la siguiente forma: Derechos impuestos a un bien importado que ha sido injustamente subvencionado por un gobierno extranjero. La imposición de derechos sobre el bien tiene por objeto aumentar el precio del producto hasta un “valor justo de mercado”.Revisor: Lawrence
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
- Estrategias de Internacionalización en la Plataforma
- Globalización Económica, Social y Política
- Organización Mundial del Comercio
- Proceso de Internacionalización en la Plataforma
- Antidumping
- Ronda de Doha
- Comercio justo
- Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT)
- Nueva teoría del comercio
- Subvenciones e incentivos financieros a la inversión extranjera directa
- Ronda de Uruguay;
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