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Elecciones Libres

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Elecciones Libres

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Votación Secreta y Elecciones Libres en Derecho Constitucional Comparado

La regla de las elecciones libres puede entenderse como una extensión de la regla del secreto de voto. La regla de las elecciones libres exige que cada votante pueda ejercer su derecho (a elegir y a ser elegido) sin ninguna coacción (física o mental) ni otra restricción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La regla de las elecciones libres prohíbe cualquier tipo de monopolio y exige el pluralismo político y la libertad de nombramiento de los candidatos, así como la libre competencia de los comités electorales en una campaña electoral (véase candidatos políticos y campañas).

La regla de las elecciones libres se establece explícitamente en algunas constituciones contemporáneas (por ejemplo, Alemania, Armenia, Croacia, España, Estonia, Italia, Kazajstán, Kenya, Macedonia, Moldova, Noruega y Papua Nueva Guinea). Por ejemplo, el artículo 48 de la Constitución de Italia: 27 de diciembre de 1947 (It) establece que “el voto es personal e igual, libre y secreto. El ejercicio del mismo es un deber cívico”; la Constitución de Alemania: 23 de mayo de 1949 dice: “En cada Land, condado y municipio el pueblo estará representado por un órgano elegido en elecciones generales, directas, libres, iguales y secretas” (Art. 28); la Constitución de España: 6 de diciembre de 1978 (España) dice: “El Congreso se compondrá de un mínimo de trescientos y un máximo de cuatrocientos diputados, elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en los términos que determine la ley” (Art. 68 1); la Constitución de Estonia: 28 de junio de 1992 dice: “El Riigikogu se compone de ciento un miembros. Los miembros del Riigikogu son elegidos en elecciones libres de acuerdo con el principio de la representación proporcional.

Detalles

Las elecciones son generales, uniformes y directas. La votación es secreta” (artículo 60).

La norma de las elecciones libres se considera un sinónimo de elecciones democráticas, lo que se explica de la siguiente manera: si las elecciones no son libres, no pueden considerarse democráticas. Este punto de vista provoca a veces la creencia de que la separación de la regla de las elecciones libres es innecesaria. El significado de la regla de las elecciones libres fue explicado claramente por el Tribunal Constitucional Federal de Alemania (Bundesverfassungsgericht) que declaró que la regla de las elecciones libres implica, entre otras cosas, que cada votante puede utilizar su derecho electoral de forma libre sin ninguna forma prohibida de presión externa. Los votantes deben recibir -añadió- una protección eficaz contra las presiones indebidas que puedan afectar significativamente a su decisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En particular, deberá quedar clara la influencia ilícita de otras personas u organizaciones sociales (BVerfGe 66, 369 (380) (1984)).

16 En conclusión, cabe afirmar que la norma de las elecciones libres implica, en primer lugar, la necesidad de garantizar a los votantes la libertad de voto, que es, de hecho, la norma de las elecciones libres.

El principio del secreto del voto no puede extenderse a otros elementos del proceso electoral, que deben, e incluso deben, ser abiertos, es decir, el ordenamiento de las elecciones, la inscripción de candidatos o listas de candidatos, la financiación (o financiamiento) de las elecciones, la determinación de los resultados de las elecciones (distribución de escaños), el examen de las objeciones electorales y la declaración de la validez de las elecciones. El principio de la apertura de las elecciones se ha determinado bajo la jurisdicción del Tribunal Constitucional Federal alemán como un principio de pleno derecho del derecho electoral (BVerfGE 121, 266). El Tribunal Constitucional Federal ha dictaminado que todos los elementos significativos del proceso electoral deben ser abiertos y transparentes, y que todas las excepciones en esta materia deben estar justificadas por otras razones constitucionales igualmente importantes. La sentencia mencionada dio lugar a opiniones discordantes. Por una parte, se cuestionó la necesidad de establecer la regla de la apertura, ya que la mayoría de los comentaristas consideraban que era innecesaria y, de hecho, igual al principio del voto secreto. Por otra parte, se señaló que el objetivo del Tribunal no era multiplicar inútilmente las normas del derecho electoral, sino reforzar las garantías del derecho electoral y el control social de determinadas fases del proceso electoral (BVerfGE 121, 266 (2009)).

Estos dos principios también se entienden de manera diferente en cuanto a su carácter y alcance de aplicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El principio del secreto del voto se entiende como una garantía material de la libertad del voto, así como de otras formas de ejercer el derecho electoral, mientras que el principio de la apertura de las elecciones se entiende como una garantía formal que se refiere a todo el proceso electoral, contribuye al control público de determinadas fases de este proceso y a la transparencia de las elecciones, y conduce a una mayor eficiencia, además de permitir el cumplimiento de otras normas del derecho electoral.

Una Conclusión

Por consiguiente, el voto secreto no puede identificarse con el secreto de la elección, lo que puede afirmarse de la siguiente manera: las elecciones son abiertas, la votación es secreta.

Datos verificados por: Chris

Véase también la información sobre garantías del voto secreto.

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Derecho a elecciones libres en la Jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Casos

Caso Aziz c. Chipre, 22.06.2004

Este asunto trata de la denegación de la inscripción del demandante en la lista electoral para las elecciones legislativas, aduciendo que los miembros de la comunidad turco chipriota no podían ser inscritos en la lista electoral greco chipriota.

El TEDH puso de manifiesto que se trataba de una violación del artículo 14 combinado con el artículo 3 del Protocolo no1 (derecho a elecciones libres): la diferencia de trato resulta del hecho de que el demandante es un turco chipriota y no puede ser justificada, tal diferencia de trato, por motivos razonables y objetivos, habida cuenta, especialmente, del hecho de que los turco chipriotas no han podido votar en ninguna elección legislativa.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Caso Sejdic y Finci c (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma en línea de ciencias sociales y humanidades). Bosnia-Herzegovina, 22.12.2009 (Gran Sala)

Este asunto trata de la prohibición hecha a un romaní y a un judío de aspirar a un mandato en la Cámara de los Pueblos de la Asamblea Parlamentaria y a la presidencia del Estado.

Se consideró, por el TEDH, que se produjo una violación del artículo 14 combinado con el artículo 3 del Protocolo número 1 referente a la prohibición de presentarse como candidato a las elecciones a la Cámara de los Pueblos. Y, asimismo, una violación del artículo 1 del Protocolo nº 12 (prohibición general de la discriminación) respecto de la prohibición de presentarse como candidato a las elecciones a la presidencia.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló que existen mecanismos para el ejercicio común del poder que no implican, necesariamente, la exclusión de las comunidades que no pertenezcan a los “pueblos constituyentes” (Bosnios, Croatas y Serbios).

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Si el artículo 14 prohíbe la discriminación en el goce de los «derechos y libertades reconocidos en el (…) Convenio», el artículo 1 del Protocolo nº 12 extiende el campo de la protección a “los derechos reconocidos por la ley”. Introduce por tanto la prohibición general de la discriminación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha concluido, en la sentencia Sejdic y Finci, por primera vez, que ha habido violación de esta disposición.

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Recursos

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Notas

Véase También

Votación Secreta, Referéndum, Derecho de voto

Traducción al Inglés

En el ámbito de los derechos humanos, la traducción de elecciones libres es free elections.

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1 comentario en «Elecciones Libres»

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