Hipoteca Naval
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Hipoteca Naval en el Derecho Marítimo en general
En el derecho comparado, en general, se puede encontrar información útil sobre este tema de derecho marítimo. A continuación se examinará el significado.
¿Cómo se define? Concepto de Hipoteca Naval en Economía
[rtbs name=”home-economia”]Significado de hipoteca naval: Garantía real sobre buques y que se inscribe en el Registro Mercantil.(1)Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Basado en una definición de hipoteca naval de Cambó
Véase También
Bibliografía
- Información acerca de “Hipoteca Naval” en el Diccionario de Economía y Empresa, Manuel Ahijado Quintillan y otros, Ediciones Pirámide, Madrid, España
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Bibliografía
- BALLARíN HERNÁNDEZ, R.: La hipoteca. Montecorvo, 1980.
- CASTáN TOBEñAS, J.: Derecho Civil español común y foral. 1978.
- DíEZ—PICAZO, L.: Lecciones de Derecho Civil III. Derecho de cosas. Valencia, 1967.
- DORAL Y GARCÍA DE PAZOS, J. A.: La fase de seguridad en la hipoteca. Pamplona, 1967.
- PUIG BRUTAU, J.: Fundamentos de Derecho Civil. T. III, Derecho de cosas (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Barcelona, 1953.
- ROCA SASTRE, R. M.: Derecho Hipotecario. 1968.
- VALLET DE GOYTISOLO, J.: Hipoteca del derecho arredaticio. Madrid, 1951.
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Hipoteca Naval
Hipoteca Naval en el Derecho Marítimo
[rtbs name=”derecho-maritimo”]El Diccionario Jurídico Espasa (2001) hace el siguiente tratamiento de este término jurídico: Aun siendo mueble, el buque, como la aeronave ha sido tradicionalmente susceptible de ser hipotecado, mecanismo de crédito normal para facilitar su construcción, así como sistema de obtención normal de crédito por los navieros. La institución, de rancio abolengo y tradición (la Ley española —Ley Hipotecaria Naval— que la regula es de 21 de agosto de 1893) no ha sido utilizada en gran medida en razón a la protección estatal a la actividad de la construcción de buques.Puede ser estudiada como contrato y como derecho real.Entre las Líneas En el primer aspecto se perfecciona entre acreedor y deudor hipotecario (elementos personales), recae sobre el buque con todas sus pertenencias (elementos reales) y para su validez se requiere (art. 3 Ley Hipotecaria Naval) forma escrita, que puede consistir en escritura (su redacción) pública, póliza de agente o corredor o simple documento privado.
Más sobre Hipoteca Naval en el Diccionario Jurídico Espasa
Como derecho real, la hipoteca determina un derecho de preferencia a su titular (art. 14 Ley Hipotecaria Naval), otorgando la facultad de cobrar su crédito con prelación a toros acreedores, aunque respetando el orden especial de preferencia de créditos establecido en el artículo 580 del C. de C. coordinado con la propia Ley Hipotecaria Naval A su vez, la hipoteca naval conlleva un derecho de persecución (arts. 28 y 39 de la Ley Hipotecaria Naval), sujetando directa e inmediatamente al buque sobre el que recae al cumplimiento de la obligación para cuya seguridad y garantía se constituye.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
La acción hipotecaria naval prescribe a los diez años contados desde la fecha en que puede ejercitarse.
La regulación internacional de los privilegios, hipotecas y embargos de buques está contenida en el Convenio de Bruselas de 10 de abril de 1926, ratificado por España el 20 de junio de 1930. [A.C.E.]
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
- BALLARíN Hernández, R.: La hipoteca. Montecorvo, 1980.
- CASTáN TOBEñAS, J.: Derecho Civil español común y foral. 1978.
- Díez—PICAZO, L.: Lecciones de Derecho Civil III. Derecho de cosas. Valencia, 1967.
- DORAL Y García DE PAZOS, J. A.: La fase de seguridad en la hipoteca. Pamplona, 1967.
- PUIG BRUTAU, J.: Fundamentos de Derecho Civil. T. III, Derecho de cosas (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Barcelona, 1953.
- ROCA SASTRE, R. M.: Derecho Hipotecario. 1968.
- VALLET DE GOYTISOLO, J.: Hipoteca del derecho arrendaticio. Madrid, 1951.
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