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Inmobilización de Buques

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Inmobilización de Buques

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Detención (inmovilización) de buques hermanos en Derecho Marítimo

[rtbs name=”derecho-maritimo”]Definición de detención (inmovilización) de buques hermanos – [Traducción de detención (inmovilización) de buques hermanos en francés: “saisie conservatoire de navires apparentes (navires jumeaux)”] [Traducción de detención (inmovilización) de buques hermanos en inglés: “Sister ship arrest “] [Traducción de detención (inmovilización) de buques hermanos en italiano: ‘sequestro di nave Sorella appartenente allo stesso armatore’] [Traducción de detención (inmovilización) de buques hermanos en alemán: ‘Ersatzbeschlagnahme’] – un procedimiento mediante el cual un barco, que no es el buque al que se refiere el recurso, pero que es propiedad beneficiosa (o, en el Reino Unido, cuyas acciones son propiedad beneficiosa) en el momento de la acción real es llevado por la parte que era personalmente responsable de la reclamación cuando se levantó, puede ser arrestado en una acción reales como garantía de la reclamación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Ver Ley del Tribunal Supremo de 1981 (1981 Reino Unido se c. 54) la sección sobre el Reino Unido. 21 (4) (b) (ii); Ley del Tribunal Federal de Canadá (1985 R.S.C. c. F-7) sección. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). 43 (8). Almirantazgo Ley de Sudáfrica Reglamento Jurisdicción de 1983 (Nº 105 de 1983), secc. 3 (6) y (9), que prevé la detención de “buques asociados” proporciona una forma particularmente liberal de la detención de buques gemelos. la detención de buques gemelos es en realidad una forma de apego (véase este término en la presente plataforma internacional), y por lo tanto no es necesario en los EE.UU. o los países de derecho civil, donde existe el archivo adjunto y saisie conservatoire (véase este término en la presente plataforma internacional). Véase también el Convenio Internacional para la unificación de ciertas reglas relativas al embargo preventivo de buques de navegación marítima, adoptado en Bruselas 10 de mayo de, 1952 (el Convenio sobre el embargo de 1952, en el diccionario jurídico) arte. 3 (1) y (4). Ver Cap. 27 en Tetley, M.L.C., 2 Ed, 1998 en las págs 1029-1046..; Tetley, International. M. y A. L., 2003 en las págs. 419, 421. El principio de la detención de buques gemelos fue enunciado con el fin de contrarrestar lo que se considera como evasión de la responsabilidad de los armadores y gestores que operan grandes flotas de las empresas de un solo buque. Estas evasiones se ven a menudo a ser magnificado por el uso de banderas de conveniencia. “Piercing” y “elevación” del velo corporativo (véase este término en la presente plataforma internacional) se ha permitido cada vez más por la legislación e incluso por los tribunales después de que el principio se negó con la autoridad de la Cámara de los Lores en Salomon v. Salomon [1897] AC 22. Ver Tetley, International C. de L., 1994 en las págs. 41, 159 y 219-224.

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Por otro lado, embargos contra una nave particular no deben ser transferibles como gravámenes per se contra otro barco, situándose por delante de los acreedores de la segunda nave. Véase, en general, Tetley, M.L.C., 2 Ed., 1998, Cap. 27 y, en particular pp. 1030-1046, 1171 y 1183. El Convenio sobre el embargo de 1999, (ver este término en la presente referencia legal), en el art. 3 (2) permite la detención de buques en propiedad común legal (es decir registrada), pero la propiedad beneficiosa no común. Véase, en general, Tetley, “Arrest, el apego y Procedimientos de Derecho Marítimo relacionada” (1999) 73 Tul. L. Rev. 1895, en las páginas 1911 a 1912, 1924 a 1925, 1935, 1943 y 1969.; también disponible en línea en: mcgill.ca/maritimelaw/maritime-admiralty/arrest/.

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Nota: traducido por William Lawrence

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Hay información relativa a inmobilización de buques en el derecho marítimo anglosajón en la siguiente entrada de la plataforma de derecho marítimo: inmobilización de buques en inglés (Sister).

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