Instituto de Derecho Internacional
Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre el Instituto de Derecho Internacional. Puede ser de interés también el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado.
[aioseo_breadcrumbs]Instituto de derecho internacional como Institución
Según la Enciclopedia Espasa en relación a esta Asociación:
Asociación fundada en 1873, en la ciudad belga de Gante (en el mismo país está otra institución similar, pero enfocada al derecho europeo, el Instituto de Derecho Europeo, que se analizará más abajo). Esta institución nació con el objetivo principal de fomentar el estudio y el progreso del derecho internacional. Sus anuarios tienen gran prestigio y reconocimiento en todo el mundo, y constituyen un referente en lo relacionado con las materias internacionalistas.Entre las Líneas En 1904 fue reconocida su labor con el premio Nobel de la paz.
El Instituto de Derecho Europeo
El Instituto de Derecho Europeo (ILE) es una organización independiente sin ánimo de lucro creada en 2011 al amparo de la ley belga (europeanlawinstitute.eu). Su sede estatutaria se encuentra en Bruselas, pero su Secretaría, al menos durante un periodo inicial de cuatro años, está en Viena. Las principales tareas del ELI consisten en iniciar, realizar y facilitar investigaciones, formular recomendaciones y proporcionar orientación práctica en el ámbito del desarrollo jurídico europeo. Su misión es la búsqueda de una mejor legislación en Europa, la mejora de la integración jurídica europea y la construcción de una vigorosa comunidad jurídica europea. Como tal, su labor abarca todas las ramas del Derecho: sustantivo y procesal; privado y público.
El Instituto de Derecho Europeo es una asociación internacional basada en la afiliación individual, con un número objetivo de varios miles de miembros procedentes de todos los países europeos y más allá, entre otros, jueces, juristas y académicos, que en conjunto representan un amplio abanico de tradiciones jurídicas. El valor añadido de cualquier actividad del Instituto de Derecho Europeo debe consistir, por tanto, en aportar, a través de la independencia, la excelencia y la diversidad de los equipos de trabajo y de la orientación crítica permanente por parte de un grupo muy amplio de juristas, soluciones bien fundadas que encuentren el apoyo de la comunidad jurídica europea. Los becarios deben ser personas físicas y comprometerse a participar en las actividades del Instituto de Derecho Europeo sobre la base de sus propias convicciones personales y profesionales, sin tener en cuenta los intereses de determinadas partes interesadas. Podrán ser observadores las personas físicas que no puedan asumir tal compromiso de independencia y las personas jurídicas, como las instituciones de la UE, las autoridades nacionales y otras organizaciones, redes o empresas implicadas en el desarrollo jurídico.
El Instituto de Derecho Europeo funciona por iniciativa propia. Sin embargo, también está disponible para ser consultado por instituciones implicadas en el desarrollo del derecho a nivel europeo, internacional o nacional, y está dispuesto a buscar la cooperación con organizaciones como el American Law Institute o UNIDROIT. Entre las actividades principales del Instituto de Derecho Europeo se encuentran evaluar y estimular el desarrollo del derecho, la política jurídica y la práctica de la UE y, en particular, hacer propuestas para el desarrollo ulterior del acervo y para la mejora de la aplicación del derecho de la UE por parte de los Estados miembros. El Instituto de Derecho Europeo también pretende llevar a cabo y facilitar la investigación paneuropea, en particular para redactar, evaluar o mejorar principios y normas comunes a los ordenamientos jurídicos europeos, y proporcionar un foro de debate y cooperación de juristas que se interesan activamente por el desarrollo jurídico europeo.
2. Estructura
El Instituto de Derecho Europeo cuenta con los siguientes órganos estatutarios: (1) una Asamblea General, compuesta por todos los miembros de la Asociación; (2) un Consejo de delegados de los miembros elegidos por la Asamblea General (“Consejo”); (3) un Comité Ejecutivo, que es el órgano administrativo de la Asociación; (4) un Senado, que es un órgano consultivo compuesto por personas desinteresadas y de destacada reputación; (5) un Tribunal Arbitral.
El Consejo está compuesto por un máximo de 60 miembros, elegidos por la Asamblea General entre los Colegiados de forma que representen adecuadamente las diferentes tradiciones jurídicas, disciplinas y profesiones. Es el principal órgano decisorio del Instituto de Derecho Europeo. Sin embargo, también son competencias importantes de la propia Asamblea General, en particular, la elección de los miembros del Consejo, la aprobación de las cuentas y del presupuesto, y la aprobación de los resultados de los proyectos del Instituto de Derecho Europeo. El Consejo se reúne aproximadamente dos veces al año, pero la toma de decisiones también se produce por vía electrónica entre reuniones siempre que los intereses del Instituto de Derecho Europeo así lo requieran. Una vez al año se celebra una Asamblea General ordinaria.
El Comité Ejecutivo es el órgano de dirección. Está compuesto por el Presidente, el Vicepresidente, el Tesorero y cuatro miembros ordinarios. El 31 de mayo de 2011, Sir Francis Jacobs fue elegido primer Presidente del Instituto de Derecho Europeo y Bénédicte Fauvarque-Cosson, primera Vicepresidenta.
3. Proyectos del Instituto de Derecho Europeo
Cualquier proyecto llevado a cabo bajo los auspicios del Instituto de Derecho Europeo debe cumplir cuatro requisitos básicos: debe (1) servir al ciudadano europeo mejorando el Derecho o facilitando su aplicación; (2) tener como objetivo resultados que potencialmente tengan un impacto práctico inmediato, por ejemplo, en forma de proyectos de normas, comentarios sobre normas o herramientas orientativas de similar concisión; (3) llevarse a cabo mediante la colaboración entre juristas del mundo académico y de la práctica jurídica; y (4) adoptar una perspectiva genuinamente paneuropea, así como considerar los logros de las diversas culturas jurídicas dentro de Europa.
Los proyectos realizados bajo los auspicios del Instituto de Derecho Europeo adoptarán a menudo la forma de proyectos a medio y largo plazo (“instrumentos ELI”). El Consejo designará a uno o varios ponentes, ya sea por iniciativa propia o tras haber llevado a cabo una licitación. Normalmente nombrará asesores o consultores y creará un Comité Consultivo de Miembros. Los resultados de los proyectos sólo podrán publicarse como declaraciones oficiales del Instituto de Derecho Europeo con la aprobación tanto del Consejo como de la Asamblea General.
Los proyectos realizados bajo los auspicios del Instituto de Derecho Europeo también pueden adoptar la forma de reacciones a corto plazo ante acontecimientos actuales, cuyo valor añadido consiste en coordinar y, en la medida de lo posible, conciliar los puntos de vista adoptados por las distintas circunscripciones europeas (“Declaraciones del ELI”). Siempre que se requiera una reacción rápida del Instituto de Derecho Europeo, el Comité Ejecutivo designará un equipo de proyecto, así como asesores o consultores. Las Declaraciones del Instituto de Derecho Europeo sólo podrán publicarse como tales con la aprobación del Consejo.
4. Historia
El Instituto de Derecho Europeo se inspiró en el American Law Institute (ALI), fundado en 1923 y con sede en Filadelfia. Los colegas del American Law Institute también contribuyeron a diseñar la estructura general del Instituto de Derecho Europeo. Sin embargo, el Instituto de Derecho Europeo no es una mera copia del ALI, ya que el desarrollo jurídico en Europa difiere significativamente de la situación en Estados Unidos.
a) La Asociación para un Instituto de Derecho Europeo y las iniciativas del IUE
En Europa, la idea de fundar un Instituto de Derecho Europeo se debate desde hace más de una década. En octubre de 2008, un grupo de académicos de las principales facultades de Derecho e institutos de investigación europeos se reunió en Bruselas para debatir el proyecto. Se celebraron reuniones de seguimiento en Praga, Ámsterdam, Estocolmo y Fráncfort. En marzo de 2010, se fundó la Asociación para un Instituto de Derecho Europeo (ELIA), que sirvió para iniciar y coordinar un de- bate a escala europea. En 2011, la Asociación por un Instituto de Derecho Europeo contaba con unos 250 miembros, académicos de más de 100 facultades de Derecho europeas, así como jueces y profesionales del Derecho.
El Centro Robert Schuman de Estudios Avanzados del Instituto Universitario Europeo (IUE) de Florencia tomó otra iniciativa, inicialmente independiente, para la fundación de un Instituto de Derecho Europeo. Cuatro colegas del IUE organizaron una conferencia en abril de 2010 a la que invitaron a numerosas personalidades de instituciones y redes europeas para debatir la idea. Entre los ponentes se encontraba Viviane Reding, entonces recién nombrada comisaria de Justicia, Derechos Fundamentales y Ciudadanía, firme defensora de un Instituto de Derecho Europeo desde su toma de posesión.
b) Hamburgo, Viena, Atenas
En junio de 2010, se celebró una reunión en Hamburgo por invitación de Reinhard Zimmermann, director del Instituto Max Planck de Derecho Privado Comparado e Internacional, con el fin de investigar cómo podrían unirse la Asociación para un Instituto de Derecho Europeo y las iniciativas del IUE y sugerir una posible hoja de ruta (“Memorando de Hamburgo”). Ambas iniciativas formaron un grupo de proyecto conjunto junto con otras redes, organizaciones interesadas y observadores de la Comisión Europea. Por invitación de la Presidenta del Tribunal Supremo de Austria y de la Red de Presidentes de Tribunales Supremos de la UE, Irmgard Griss, se celebró una reunión en Viena en noviembre de 2010. Los resultados de esta reunión se resumen en el “Memorándum de Viena”.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Los días 15 y 16 de abril de 2011, el Comité Fundador del Instituto de Derecho Europeo se reunió en Atenas por invitación de Spyridon Flogaitis, Presidente del EPLO, para votar una serie de propuestas presentadas por los grupos de trabajo que se habían creado entretanto. Se adoptaron un estatuto y un manifiesto para el Instituto de Derecho Europeo, y se nombró a parte del primer Consejo del Instituto de Derecho Europeo con la condición de que se cooptarían más miembros para garantizar la adecuada representación de las distintas tradiciones jurídicas, disciplinas y profesiones. Se acordó un procedimiento de licitación abierta para determinar la sede de la Secretaría del Instituto de Derecho Europeo.
c) El Congreso Inaugural en París
El 1 de junio de 2011 se celebró en París el congreso inaugural del Instituto de Derecho Europeo, con ponentes de gran renombre procedentes de las principales instituciones europeas, de numerosos tribunales judiciales supremos o tribunales constitucionales nacionales y de un amplio abanico de organizaciones profesionales o académicas. El congreso fue organizado por Bénédicte Fauvarque-Cosson, presidenta de Trans Europe Experts (TEE). Ese mismo día, el Instituto de Derecho Europeo se constituyó como Association Internationale Sans But Lucratif (AISBL) por Real Decreto de derecho belga.
Revisor de hechos: Schmidt
Manuales de Oxford: Instituto de Derecho Internacional en Derecho Militar
La expresión se refiere a dos reglamentos relativos a las leyes y costumbres de la guerra adoptados por el Instituto de Derecho Internacional en sendos períodos de sesiones celebradas en Oxford, a saber: en 1880, el “Manual de las leyes y costumbres de la guerra terrestre”, y en 1913, el “Manual de las leyes de la guerra marítima en las relaciones entre beligerantes”. No debe subestimarse el alcance de estos documentos, en la perspectiva de la formación del derecho de los conflictos armados. [rtbs name=”conflicto-armado”]
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Véase:
- Entradas de la Enciclopedia Jurídica Omeba
- Enciclopedia Jurídica Omeba (incluido Instituto de derecho internacional)
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Información sobre Instituto de Derecho Internacional procedente del Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados.
Véase También
Bibliografía
- Información sobre Instituto de Derecho Internacional en el Diccionario Terminológico Básico de la Intervención Militar (Intervención General de la Defensa, España)
- Manual de Derecho Militar: Doctrina, Legislación, Jurisprudencia (Carlos Manuel Silva Ruiz; “Los Amigos del Libro,” Bolivia)
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1 comentario en «Instituto de Derecho Internacional»