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Jurisconsulto Romano

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Jurisconsulto romano

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Principales Jurisconsultos Romanos

Barón de Henrion de Pansey escribió que “Un jurisconsulto es una persona versada en la ciencia del derecho y dotado en ella de conocimientos poco comunes: hombre dotado de una razón fuerte, de una sagacidad poco común y de un ardor infatigable para la meditación y el estudio, que ilumina las verdades oscuras de la legislación y presta un nuevo brillo a las verdades conocidas, que no solo allana las dificultades de la ciencia (para un examen de la definición, véase que es la ciencia y que es una ciencia física o aplicada), sino que dilata y engrandece sus horizontes, que indica a los legisladores lo que deben hacer y deja a los que quieran seguir sus huellas un hilo que les guíe con toda seguridad en esta vasta y penosa carrera”.

Un jurisconsulto es, entonces, aquella persona que se encuentra en la excelencia del conocimiento de derecho; concepto que evoca a la figura de los mas representativos en la antigua Roma y que a continuación vas a conocer.

En el siglo I, encontramos como principales jurisconsultos a Labeón y Sabino, para el siglo II, Quinto Mucio Escévola el “Pontífice” autor del primer tratado sistemático de derecho civil, y Papiano y en el siglo III a Ulpiano y Paulo. De igual forma destacaron Alfeno Varo, cónsul y autor de 40 libros de digesta, Aulio Ofilio quien escribiera un comentario al Edicto y varias obras sobre Derecho civil. Aufidio Namusa, Aulo Cascellio, Trebacio y Quinto Elio Tuberón.

Ulpiano fue discípulo de Papiano, su obra cumbre es Comentario al Edicto, que consta de ochenta y tres libros. Los trabajos de Ulpiano sirvieron de base a Justiniano para la elaboración del Digesto. Su contemporáneo fue Marciano y su discípulo Modestino, con quienes se considera se termina la época dorada del Derecho Romano.

Julio Paulo por su parte, compañero de Ulpiano, comentó el Edicto en ochenta libros, además de la obra ad Sabinum de dieciséis libros. De igual manera de gran aportación para el Digesto.

Uno de los juristas más enigmáticos del Imperio Romano es justamente Gayo, cuyas obras, conocidas como Institutiones, comprendidas en 4 tomos, escritas en el año 161, y que constituyen una exposición sistemática del derecho romano con tintes griegos. Así como los comentarios ad edictum praetoris urbani o ad edictum urbicum, es decir sobre el edictor del pretor, y ad edictum provinciale conformada por 32 libros cuyo tema es sobre el edictor del pretor.

Sus principales funciones estuvieron relacionadas con la academia, es decir, a ser profesor de Derecho y prácticamente todas las obras de su autoría conllevaban esa finalidad, mismas que fueron escritas en su mayoría en los tiempos del emperador Antonio Pío.

La obra de las Institutiones se integra por las siguientes piezas:

  • Primer comentario de las fuentes del Derecho Romano y del derecho de las personas.
  • De los derechos reales y de los modos de adquisición per universitatem.
  • Parte del contenido se relaciona con el segundo libro y el resto se enfoca a las obligaciones.
  • De las acciones.

De su biografía poco se sabe, lo único que se ha podido confirmar es que murió en el año 178.

De lo anterior expuesto, resaltamos la importancia de los jurisconsultos debido al legado que estos personajes tuvieron con la historia del derecho, resultando inobjetable concebir al derecho sin su intervención. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Como ya sabemos, la historia del derecho se remonta a la época de la antigua Roma, Estado en el cual se marcó un precedente por su alta organización administrativa, basada en la aplicación del derecho público y privado, cuyos rasgos fundamentales han sido el pilar y centro de estudio de los juristas en la etapa moderna, quienes contribuyen en el desarrollo de nuestro derecho vigente.

Autor: Desconocido

En General

Los jurisconsultos, en Roma, eran personas que estudiaban y conocían del Derecho y que al principio de la República de Roma todo el que gozase de cierta fama doctrinaria jurídica podía responder a las preguntas que se le hacían pero sin formalidad alguna, pero poco a poco se paso de un valor doctrinal a base de numerosas sentencias conformes a la doctrina de los jurisconsultos, pasando al mundo legal como una especie de derecho consuetudinario (en la mayoría de los países de tradición anglosajona también se aplica el término al sistema de common law o derecho común) y sirvieron de suplemento a la legislación, origen de importantes instituciones jurídicas; a todas estas leyes se añadieron las aclaraciones de los jurisconsultos mas célebres, autorizados para contestar e ilustrar ciertos puntos dudosos del derecho, a cuyas decisiones habían de atenerse los jueces. Ésta era una cosa precisa atendiendo la necesidad que había de sacar las Leyes del caos y de la confusión en que estaban; y ella produjo una clase de gentes estudiosa y dedicada a la filosofía, los cuales hicieron de esto una profesión.

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En sus orígenes la institución del patronato entre los patricios dio origen en Roma a la profesión de los jurisconsultos, pues uno de los deberes del patrono era explicar la ley a sus clientes y defender sus derechos en los litigios.

Secuencia

Posteriormente, dejó la Jurisprudencia de ser patrimonio de los patricios y cualquiera podía ser jurisconsulto, hasta que Augusto restringió el ejercicio de la profesión y concedió a un número limitado de jurisconsultos el derecho de interpretar las leyes y dar decisiones.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Sus actividades eran:

  • Respondere. Responder preguntas que se les hacían sobre el derecho.
  • Cavere. Advertencias a los litigantes para impedir el mal éxito de los negocios.
  • Agere. Representación en los Tribunales.
  • Scribere. Dictámenes por escrito.

Los principales jurisconsultos romanos fueron: Varo (contemporáneo de Cicerón), que fue el primero que compuso un resumen de conjunto sobre el derecho (Digesta); Juliano (hacia 130), Gayo, autor de unos comentarios sobre derecho titulados Instituciones, y, sobre todo, tres prefectos de pretorio formados en la escuela de derecho de Beirut: Papiniano y sus dos discípulos Ulpiano y Pablo.

El mérito principal de los jurisconsultos romanos consiste en la manera de concebir, determinar y aplicar los conceptos y relaciones jurídicas (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Bajo este punto de vista todos los jurisconsultos son semejantes y no obstante sus diferencias individuales, son en cierto modo personalidades fungibles y en esto consiste que en medio de los detalles infinitos de su casuística, encontramos siempre en sus escritos un sistema admirablemente lógico.

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FUENTE: enciclopedia.us.es/index.php/Jurisconsulto_de_Roma

Jurisconsulto romano en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

Recursos

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Véase También

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