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Leyes Inconstitucionales
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema.
Elementos de Leyes Inconstitucionales
Descripción y definición de Leyes Inconstitucionales aparecidas en el diccionario de derecho procesal constitucional y convencional (2014), escrito por Luis María Aguilar Morales y publicado por el Poder Judicial de la Federación (mexicana) y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM):
España declara la Guerra a Estados Unidos
Exactamente 21 años más tarde, también un 24 de abril, España declara la guerra a Estados Unidos (descrito en el contenido sobre la guerra Hispano-estadounidense). Véase también:- Las causas de la guerra Hispano-estadounidense: El conflicto entre España y Cuba generó en Estados Unidos una fuerte reacción tanto por razones económicas como humanitarias.
- El origen de la guerra Hispano-estadounidense: Los orígenes del conflicto se encuentran en la lucha por la independencia cubana y en los intereses económicos que Estados Unidos tenía en el Caribe.
- Las consecuencias de la guerra Hispano-estadounidense: Esta guerra significó el surgimiento de Estados Unidos como potencia mundial, dotada de sus propias colonias en ultramar y de un papel importante en la geopolítica mundial, mientras fue el punto de confirmación del declive español.
Estado de derecho
Todo derecho, por el solo hecho de existir como formalmente válido y eficazmente vigente, trata de satisfacer unos tipos constantes de necesidades humanas sociales, esto es, finalidades funcionales de lo jurídico o funciones del derecho, que, según Recasens Siches en la “Introducción al estudio del derecho, “son: “a) certeza y seguridad, a la vez que posibilidad de cambio; b) resolución de los conflictos de intereses; y c) organización, legitimación y restricción del orden público”. Las funciones básicas del derecho se satisfacen cuando existe un Estado de derecho. De acuerdo con Elías Díaz en el libro “Estado de derecho y sociedad democrática,” todo auténtico Estado de derecho debe cumplir con las siguientes notas características: “a) Imperio de la ley: ley como expresión de la voluntad general. b) División de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial. c) Legalidad de la administración: actuación según ley y suficiente control judicial. Derechos y libertades fundamentales: garantía jurídico-formal y efectiva realización material”. Existe una presión constante y legítima de nuestra sociedad actual de vivir en un Estado de derecho, que pesa sobre el legislador, el gobierno y los jueces, en el sentido de que en un contexto democrático no puede tolerarse que alguna ley inconstitucional sea rectora de la vida social. El Estado de derecho tiene su razón de ser en el imperio de la ley como una expresión de la voluntad popular, y con ello el sometimiento de todos los poderes a ella y a la norma fundamental del Estado para la eficaz protección y realización de los derechos, libertades, así como de las necesidades de los individuos. De esta suerte, el respeto a la carta fundamental, a la supremacía constitucional, es lo que imprime validez a todas y cada una de las normas de que está compuesto el ordenamiento jurídico mexicano y los actos que de él derivan, lo que significa que solo un control constitucional eficaz permite la existencia del anhelado Estado de derecho. Dicho de otra forma, las normas inconstitucionales afectan al Estado de derecho, de forma que para la permanencia de este es necesario que el sistema jurídico establezca medios en que esas normas puedan ser combatidas.
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Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características y el futuro de esta cuestión):
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