¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Locus Regit Actum
Definición y descripción de Locus Regit Actum ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Patrick Staelens Guillot) El principio locus actum fue descubierto por la escuela estatutario italiana del siglo XIV. Sin embargo su contenido era, al principio, diferente del actual, ya que se aplicaba tanto a la forma como al fondo de los actos y contratos. El descubrimiento del principio lex loci ejecutionis marcó el inicio de la distinción entre forma y fondo y limitó el campo de aplicación de la regla locus regit actum a los litigios relativos a la forma. Dicha regla es ahora de aplicación universal, en muchos casos, como en México, facultativa. Se aplica a la forma de los actos y contratos siendo el punto de vinculación el lugar de celebración de éstos.
Locus Regit Actum en el DIPr
En esta sección se examinan ciertos aspectos jurídicos de locus regit actum, dentro del marco mucho más general del Derecho Internacional Privado.
CUEVAS CANCISCO, Francisco. Manual de derecho privado mexicano. Porrúa, México, 1998, 2ª edición.
FEDSTERIN DE CÁRDENAS. Derecho internacional privado. Parte especial (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Bosch editorial, 1998.
GONZÁLEZ CAMPOS, Julio de. Recopilación de convenios de la conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (1951-1993).
Marcial Pons, Ediciones Jurídicas y Sociales, Madrid, 1996.
INSTITUTO MATÍAS ROMERO DE ESTUDIOS DIPLOMÁTICOS. La política exterior de México (enfoque para su análisis). Colmex, 1997.
LOZOYA, Jorge Alberto, et. al. La nueva política mexicana de cooperación internacional. México, 1999.
Arellano García, Carlos, Derecho internacional privado, 4ª edición, Porrúa, 1980; Batiffol, Henri y Lagarde, Paul, Droit international privé; 6ª edición, París, LGDJ, 1974; Loussouarn, Ivon y Boure, Pierre, Droit international privé, París, Dalloz, 1978; Miaja de la Muela, Adolfo, Derecho internacional privado, Madrid, Atlas, 1976.
¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Locus Regit Actum
Definición y descripción de Locus Regit Actum ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Patrick Staelens Guillot) El principio locus actum fue descubierto por la escuela estatutario italiana del siglo XIV. Sin embargo su contenido era, al principio, diferente del actual, ya que se aplicaba tanto a la forma como al fondo de los actos y contratos. El descubrimiento del principio lex loci ejecutionis marcó el inicio de la distinción entre forma y fondo y limitó el campo de aplicación de la regla locus regit actum a los litigios relativos a la forma. Dicha regla es ahora de aplicación universal, en muchos casos, como en México, facultativa. Se aplica a la forma de los actos y contratos siendo el punto de vinculación el lugar de celebración de éstos.
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Arellano García, Carlos, Derecho internacional privado, 4ª edición, Porrúa, 1980; Batiffol, Henri y Lagarde, Paul, Droit international privé; 6ª edición, París, LGDJ, 1974; Loussouarn, Ivon y Boure, Pierre, Droit international privé, París, Dalloz, 1978; Miaja de la Muela, Adolfo, Derecho internacional privado, Madrid, Atlas, 1976.
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Arellano García, Carlos, Derecho internacional privado, 4ª edición, Porrúa, 1980; Batiffol, Henri y Lagarde, Paul, Droit international privé; 6ª edición, París, LGDJ, 1974; Loussouarn, Ivon y Boure, Pierre, Droit international privé, París, Dalloz, 1978; Miaja de la Muela, Adolfo, Derecho internacional privado, Madrid, Atlas, 1976.
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Lex Fori: La expresión "Lex fori" es de origen latino y significa "la ley (lex) aplicable al lugar donde se encuentra el tribunal (foro) ante el que se presenta el caso". En francés "loi du for". En cuanto al derecho procesal, en el derecho internacional privado (véase más detalles), la lex fori determina según qué normas se desarrolla el procedimiento. Todavía en el derecho internacional privado, pero en lo que respecta al derecho sustantivo, la lex fori no se aplica necesariamente. En ausencia de un convenio internacional, su determinación depende del objeto del procedimiento. Si las partes, en lugar de dirigirse a un tribunal estatal, han acordado confiar la solución de su litigio a los árbitros, corresponde al tribunal de arbitraje, a falta de un acuerdo expreso de las partes, determinar el derecho material aplicable, denominado "derecho de conexión", en particular interpretando la voluntad de las partes o determinándolo en función de la localización de la relación contractual que dio lugar al litigio. Véase también: Derecho Internacional Privado, Principios Aplicables en el Derecho Internacional Privado, Principios del Derecho Internacional Privado.
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