Mandamientos Procesales contra los Litigios
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Mandamientos Judiciales y Arbitrales contra los Litigios en Estados Unidos
Uno de los mitos prevalecientes en los litigios transnacionales es que los tribunales de los Estados Unidos no sólo están dispuestos, sino que también están extremadamente dispuestos a utilizar los mandamientos judiciales contra las demandas para impedir que las partes entablen o prosigan los procedimientos en otros lugares del mundo1 . De hecho, los mandamientos judiciales antijuicio (a veces denominados “suspensiones” del litigio) se consideran un recurso extraordinario en los Estados Unidos, y la norma general es que “los procedimientos paralelos sobre la misma reclamación en persona deben normalmente permitirse que procedan simultáneamente, al menos hasta que se dicte sentencia en uno de ellos que pueda ser invocada como cosa juzgada en el otro”. “2 Si bien este enfoque, a menudo denominado norma de “primero en fallar” porque la primera sentencia que se dicte puede vincular al segundo tribunal de conformidad con los principios de la cosa juzgada, tiene sus problemas (por ejemplo, a veces puede ser difícil determinar si una determinada decisión debe tener efecto de cosa juzgada, y en qué medida, tanto en los litigios transfronterizos3 como en el arbitraje4 ), evita lo que se considera una indecorosa “carrera hacia el tribunal” que es un elemento inherente al enfoque del primero en demandar (litispendencia).5
Aunque los tribunales de los Estados Unidos pueden ser reacios a dictar mandamientos judiciales contra las demandas, puede ser difícil prever cuándo se concederán esas mociones, ya que las normas en esta esfera del derecho son a la vez ambiguas y fragmentadas6 .
El presente informe se divide en dos partes, una que se centra en los mandamientos judiciales en cuestiones puramente judiciales y otra que se centra en los mandamientos judiciales en cuestiones relacionadas con el arbitraje. Aunque los mandamientos judiciales contra la demanda que implican el arbitraje se consideran a menudo análogos a los que surgen únicamente en los litigios, existen algunas diferencias.
I. Mandamientos judiciales y litigios contra demandas
A. Antecedentes
El enfoque de los Estados Unidos respecto de los mandamientos judiciales se remonta a la Inglaterra medieval, cuando los tribunales del common law utilizaban órdenes de prohibición para impedir que tanto los litigantes como otros tribunales procedieran a determinadas acciones8 . Durante el mismo período, los tribunales de equidad (que estaban separados de los tribunales del common law) utilizaron los mandamientos judiciales para lograr esencialmente los mismos resultados, aunque los mandamientos judiciales se dirigían entonces y siguen dirigiéndose sólo a los litigantes, no a otros tribunales9.
Informaciones
Los diferentes procedimientos surgieron porque los tribunales del common law se consideraban superiores a los tribunales de equidad, lo que significaba que el canciller (el juez de equidad) no estaba facultado para controlar la conducta de los jueces del common law10 .
El Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha sostenido que “la jurisdicción en materia de equidad de los tribunales federales es la jurisdicción en materia de equidad ejercida por el Tribunal Superior de la Cancillería de Inglaterra en el momento de la adopción de la Constitución y la promulgación de la Ley Judicial original de 1789” y “los requisitos sustantivos previos para obtener un recurso equitativo, así como la disponibilidad general de medidas cautelares…”.
Puntualización
Sin embargo, los tribunales federales inferiores han reconocido que “la idoneidad de un requerimiento judicial contra la demanda implica consideraciones diferentes de la idoneidad de otros requerimientos preliminares”, ya que “un requerimiento judicial contra la demanda, por su naturaleza, … implica un análisis detallado de la cortesía internacional “13.
La influencia de los tribunales de distrito (de primera instancia) también se hace sentir porque el criterio de revisión altamente deferente adoptado por los tribunales federales de circuito (de apelación intermedia) en los casos en que se dictan mandamientos judiciales contra las demandas significa que muchas decisiones de los tribunales federales de distrito no se apelan, aunque se puede apelar inmediatamente en virtud de lo dispuesto en el artículo 28 del Código de los Estados Unidos, párrafo 1292 a) 1)15 .
Las normas relacionadas con el otorgamiento de un mandamiento judicial antijuicio en el ámbito puramente nacional son aproximadamente las mismas que en el contexto transfronterizo, aunque los tribunales tienden a entrar en más detalles en las controversias internacionales.
Una Conclusión
Por consiguiente, en el presente Informe se analizarán las normas pertinentes en la sección dedicada a las controversias internacionales. Antes de pasar a ese examen, es importante considerar algunas cuestiones distintivas relativas a los mandamientos judiciales contra el litigio en el ámbito puramente nacional.
B. Los mandamientos judiciales antijuicio en el ámbito nacional
El análisis de las controversias internas (es decir, las que surgen entre dos o más tribunales de los Estados Unidos) puede ser algo complicado porque la Constitución de los Estados Unidos otorga a los tribunales estatales y federales jurisdicción concurrente sobre diversos asuntos, lo que hace que los litigios paralelos sean aceptables desde una perspectiva constitucional16 .
En consecuencia, se pueden solicitar mandamientos judiciales contra las demandas en cuatro situaciones diferentes: 1) un tribunal federal podría tratar de imponer una orden judicial en un tribunal estatal; 2) un tribunal federal podría tratar de imponer una orden judicial en otro tribunal federal; 3) un tribunal estatal podría tratar de imponer una orden judicial en un tribunal federal; y 4) un tribunal estatal podría tratar de imponer una orden judicial en otro tribunal estatal. Cada uno de estos escenarios se considera a su vez a continuación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Al hacerlo, es importante reconocer que, aunque estos escenarios se describen como controversias internas, ese término sólo se refiere a los tribunales en cuestión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En muchos casos, en estos escenarios nacionales intervienen partes de fuera de los Estados Unidos, pero no en un asunto que involucre a un tribunal estadounidense y a un tribunal extranjero18 .
1. Capacidad de los tribunales federales para dictar mandamientos judiciales contra las demandas
Aunque los tribunales federales tienen la facultad de dictar un mandamiento judicial contra la demanda para impedir que las partes entablen una acción en otro tribunal federal, esas situaciones se plantean con relativa poca frecuencia, ya que las normas federales de procedimiento civil exigen que las partes entablen toda reconvención que se derive de la misma pauta de hechos en el momento de presentar la demanda inicial19 . La situación es diferente en los casos en que intervienen tribunales estatales, ya que los tribunales federales tienen una capacidad extremadamente limitada para ordenar acciones estatales como resultado de la Ley de prohibición de demandas (Antisuit Injunction Act, AIA) de 179320 . Sólo existen unas pocas excepciones a esta norma general (por ejemplo, los tribunales federales pueden ordenar a los tribunales estatales en casos de insolvencia), ya que el Congreso debe autorizar explícitamente cualquier desviación de la prohibición estándar21.Entre las Líneas En los casos en que no es posible que dos casos procedan simultáneamente, los tribunales federales suelen aplicar una de varias doctrinas de abstención que les permiten negarse a ejercer lo que de otro modo sería una jurisdicción adecuada sobre un asunto, de modo que la acción del tribunal estatal pueda proceder sin restricciones22.
2. Capacidad de los tribunales estatales para dictar mandamientos judiciales contra la demanda
Si bien puede ser difícil para un tribunal federal emitir un mandamiento judicial contra una demanda en relación con un caso que se está tramitando en un tribunal estatal, es imposible que los tribunales estatales prohíban a los litigantes que emprendan una acción en persona en un tribunal federal, según el Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso Donovan c. Dallas23 . Analíticamente, esta última situación es análoga a los litigios en los que intervienen un tribunal estadounidense y otro extranjero, ya que los estados de los Estados Unidos se consideran soberanos separados dentro del orden constitucional de los Estados Unidos24.
3. Cláusula de plena fe y crédito
Una de las cuestiones más difíciles que se plantean en el ámbito nacional es la de si un mandamiento judicial contra una demanda emitido por un tribunal de los Estados Unidos debe ser ejecutado por otros tribunales de los Estados Unidos de conformidad con la cláusula de plena fe y crédito de la Constitución de los Estados Unidos25, y en qué medida, Esta cuestión puede plantearse no sólo en los casos puramente nacionales (es decir, los relacionados con un mandamiento judicial contra la demanda emitido por un tribunal de los Estados Unidos en relación con otra acción estadounidense) sino también en los casos internacionales (es decir, los relacionados con un mandamiento judicial contra la demanda emitido por un tribunal de los Estados Unidos en relación con una acción fuera de los Estados Unidos).
Si la Cláusula de plena fe y crédito funcionara como lo hace con otros tipos de fallos, los tribunales -no sólo las partes- no podrían permitir que las demandas prosiguieran ante un mandamiento judicial antijuicio generado en los Estados Unidos26 . Por ejemplo, algunos tribunales estatales confirman los mandamientos judiciales de tribunales hermanos basados en la Cláusula de Plena Fe y Crédito27, mientras que otros estados se niegan a dar efecto al mandamiento judicial en cuestión o lo hacen en virtud de los principios de cortesía en lugar de los términos de la Cláusula de Plena Fe y Crédito28.
C. Los mandamientos judiciales contra las demandas en el ámbito internacional
Aunque las partes pueden solicitar mandamientos judiciales en casos puramente nacionales, es más probable que esas solicitudes se planteen en asuntos que impliquen un procedimiento paralelo en otro país.Entre las Líneas En particular, los criterios utilizados para evaluar la conveniencia de un mandamiento judicial contra una demanda son los mismos, independientemente de que la segunda demanda se presente dentro o fuera de los Estados Unidos.
Una Conclusión
Por consiguiente, puede considerarse que el análisis que figura a continuación se aplica tanto a las controversias nacionales como a las internacionales.
Como se demuestra en los párrafos siguientes, los tribunales de los Estados Unidos pueden variar enormemente en la forma de analizar las solicitudes de un mandamiento judicial contra una demanda.
Puntualización
Sin embargo, la principal diferencia no se da entre los tribunales estatales y federales, sino entre los diferentes circuitos federales, apareciendo una división similar entre los estados individuales.
Antes de considerar los casos en detalle, es útil comprender cuándo se puede solicitar un requerimiento judicial contra una demanda. De hecho, se plantean cinco escenarios diferentes:
En primer lugar, un litigante en los Estados Unidos puede tratar de impedir que la parte contraria plantee o prosiga la misma controversia en un tribunal extranjero.Entre las Líneas En segundo lugar, las demandas conexas pueden “consolidarse… en el foro preferido de la parte que se traslada”.Entre las Líneas En tercer lugar, una parte puede iniciar una acción en el tribunal de los Estados Unidos, solicitando tanto un mandamiento judicial contra la demanda como una “declaración de no responsabilidad”, si teme un litigio inminente en el extranjero.Entre las Líneas En cuarto lugar, una vez concluida una acción en un tribunal de los Estados Unidos, la parte vencedora puede impedir que se vuelva a litigar la misma controversia en un tribunal extranjero. Quinto, el tribunal puede impedir que una parte obtenga un mandamiento judicial contra la demanda en un tribunal extranjero29.
Los tribunales estadounidenses abordan las cinco variaciones de los hechos de manera relativamente similar. Por ejemplo, prácticamente todos los tribunales federales exigen: 1) que las partes y las cuestiones en el asunto de los Estados Unidos sean las mismas que en el procedimiento extranjero (lo que se suele denominar la “investigación de entrada”) y 2) la resolución de la controversia en el tribunal de los Estados Unidos para resolverla en el tribunal extranjero30 . Por ejemplo, a veces es difícil determinar si las cuestiones de los dos procedimientos son idénticas, en particular cuando las demandas se presentan en países diferentes31 .Entre las Líneas En ese tipo de situaciones, los tribunales de los Estados Unidos adoptan un análisis funcional para determinar si los procedimientos son los mismos y en qué medida32 .
Aunque todos los tribunales exigen que estén presentes estos dos primeros elementos, no son suficientes en sí mismos para justificar un mandamiento judicial contra las demandas33 . También deben existir varios elementos adicionales, aunque los tribunales difieren en cuanto a cuáles son esos elementos34 . La principal diferencia se refiere al “nivel de deferencia que se concede a la cortesía internacional para determinar si un mandamiento judicial extranjero debe emitirse “35.
Los tribunales federales de apelación de los circuitos primero, segundo, tercero, sexto, octavo y del Distrito de Columbia han adoptado lo que se conoce como el “enfoque conservador”, que sostiene que un mandamiento judicial contra las demandas sólo se permite si “1) una acción en una jurisdicción extranjera impediría la jurisdicción de los Estados Unidos o amenazaría una política vital de los Estados Unidos, y 2) los intereses nacionales tienen más peso que las preocupaciones de la cortesía internacional “36. Estos circuitos también están de acuerdo en que los mandamientos judiciales contra las demandas deben utilizarse “con moderación y sólo en los casos más raros “37.
El enfoque conservador puede contrastarse con el “enfoque liberal” adoptado por los tribunales federales en los Circuitos Quinto, Séptimo y Noveno38 . El Circuito Federal también ha utilizado el enfoque liberal por lo menos en una ocasión, aunque la naturaleza única de la jurisdicción y el procedimiento del Circuito Federal podría significar que se utilizaría un criterio diferente en otras circunstancias39 .
Los defensores del enfoque conservador creen que es preferible al enfoque liberal como cuestión de política porque el primero
1) “reconoce la presunción refutable de que no se deben dictar mandamientos judiciales internacionales”, 2) “respeta más los principios de la cortesía internacional”, 3) “obliga a un tribunal investigador a sopesar consideraciones de política contrapuestas”, y 4) reconoce que “‘dictar un mandamiento judicial internacional es una medida que debe “adoptarse únicamente con cuidado y gran moderación” y con el reconocimiento de que la cortesía internacional es un principio fundamental que merece una deferencia sustancial”. “40
Por el contrario, el enfoque liberal “sólo hace un modesto hincapié en la cortesía internacional y aprueba la emisión de un mandamiento judicial contra las demandas cuando sea necesario para evitar la duplicación y la vejación de los litigios extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) y para evitar fallos incoherentes “41.Entre las Líneas En virtud de esta prueba, la principal preocupación es evitar “las molestias, los gastos, las demoras y las posibles incoherencias asociadas a los procedimientos paralelos” y “promover la eficiencia judicial “42.Entre las Líneas En consecuencia, el enfoque liberal valora más la eficiencia que la cortesía internacional, mientras que el enfoque conservador opina lo contrario43.
Aunque tanto el enfoque conservador como el liberal enuncian el respeto de la cortesía internacional, la noción de cortesía es algo difícil de describir. La definición clásica de los Estados Unidos se remonta al siglo XIX y afirma que la cortesía refleja “el reconocimiento que una nación permite dentro de su territorio a los actos legislativos, ejecutivos o judiciales de otra nación, teniendo debidamente en cuenta tanto el deber y la conveniencia internacionales como los derechos de sus propios ciudadanos”. “44 Pruebas más recientes se refieren al “espíritu de cooperación en el que un tribunal nacional aborda la resolución de los casos que afectan a las leyes e intereses de otros Estados soberanos “45.
Puntualización
Sin embargo, los tribunales de los Estados Unidos se han esforzado por identificar una norma práctica para utilizarla en el contexto de los mandamientos judiciales contra los juicios y han adoptado en su lugar “un concepto proteico de respeto jurisdiccional “46.
Un caso reciente del Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito (una jurisdicción liberal) puede ayudar a identificar las características pertinentes de esta prueba, que se reconoce como nebulosa47 .
calcular el quantum preciso de la interferencia de la orden judicial con la cortesía, pero sólo… estimar si tal interferencia es tan grande como para ser intolerable. Una investigación tan flexible y específica de los hechos y el contexto concuerda tanto con la postura de deferencia al tribunal de distrito que requiere el examen del abuso de la discreción en general, como con la resistencia de la cortesía en particular a una medición precisa. Después de todo, la cortesía, como han reconocido muchos tribunales, es “un concepto complejo y escurridizo”. “No es una cuestión de obligación absoluta, por un lado, ni de mera cortesía y buena voluntad, por el otro”.
No obstante, nuestros casos… proporcionan cierta orientación objetiva en cuanto a los factores que pueden informar nuestra investigación de cortesía en el contexto de los mandamientos judiciales contra las demandas. Por ejemplo, es menos probable que la cortesía se vea amenazada en el contexto de una controversia contractual privada que en una controversia que implique al derecho internacional público o a litigantes gubernamentales.Entre las Líneas En un polo, en el que dos partes se han comprometido contractualmente de antemano a litigar las controversias en un foro determinado, es poco probable que el mantenimiento de ese compromiso mediante el requerimiento de litigio en algún otro foro implique preocupaciones de cortesía en absoluto.Entre las Líneas En el otro polo, si (hipotéticamente hablando) el Departamento de Estado representara ante el tribunal que “la emisión de un mandamiento judicial realmente arrojaría una llave inglesa, por pequeña que fuera, a las relaciones exteriores de los Estados Unidos”, entonces es de suponer que la cortesía pesaría bastante en contra de un mandamiento judicial contra la demanda. Entre estos dos polos, los tribunales deben evaluar a su discreción si la cortesía internacional se vería afectada y en qué medida por un mandamiento judicial antijuicio en las circunstancias particulares. El orden en que se presentaron las demandas nacionales y extranjeras, aunque no es determinante, puede ser pertinente para esta determinación según las circunstancias particulares.
El alcance del mandamiento judicial contra la demanda es otro factor pertinente para la investigación por cortesía.Entre las Líneas En Laker Airways, que hemos reconocido como un “caso seminal[] sobre las medidas cautelares”, el Circuito de Washington DC explicó: “La cortesía enseña que el alcance del mandato judicial no debe ser más amplio de lo necesario para evitar el daño en el que se basa el mandato judicial”. 48
El tribunal también reconoció que la disponibilidad de un mandamiento judicial contra la demanda nunca ha dependido “del fondo de la demanda extranjera en virtud del derecho extranjero “49.
Aunque estas pruebas han sido generadas por los tribunales federales, los tribunales estatales tienden a considerar los mismos tipos de principios y se dividen según las mismas líneas filosóficas50 :
Los tribunales estatales tienen la facultad de dictar mandamientos judiciales contra las demandas; pueden impedir que los litigantes procedan en demandas entabladas en un estado hermano o en una nación extranjera.
Los tribunales estatales suelen dictar mandamientos judiciales contra las demandas sólo en circunstancias excepcionales, pero los tribunales estatales emplean diferentes pruebas para determinar si un mandamiento judicial contra las demandas es apropiado. Texas, por ejemplo, ordena los juicios extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) “con moderación, y sólo en circunstancias muy especiales”. Los tribunales de Texas aplican un criterio de cuatro partes para determinar si un requerimiento antijuicio es apropiado: “1) para hacer frente a una amenaza a la jurisdicción del tribunal; 2) para evitar la evasión de importantes políticas públicas; 3) para evitar una multiplicidad de demandas; o 4) para proteger a una parte de un litigio vejatorio o de acoso”.
En Illinois, una acción extranjera puede ser restringida si “resultará en fraude o en un grave mal o en opresión; se debe presentar una equidad clara que requiera la interposición del tribunal para evitar el mal y la injusticia manifiestos”. No se emite un mandamiento judicial contra una demanda “por meros inconvenientes o litigios simultáneos y duplicados, o cuando un litigante simplemente desea acogerse a una ley más favorable”.
Otros Elementos
Además, el mero hecho de que una parte que presenta una demanda en otro estado pueda beneficiarse de una ley más favorable no significa que la parte haya “evitado o vencido las leyes de Illinois para exigir una interposición equitativa”. Los tribunales de Illinois investigan si la jurisdicción del tribunal de primera instancia de Illinois está amenazada y si el litigante ha “evitado o vencido las leyes de Illinois” presentando una demanda en un estado hermano.
Análogamente, en Nueva York, el uso de la facultad de interposición de demandas para restringir un litigio en un tribunal extranjero “se emplea rara vez y con moderación, ya que su ejercicio representa un desafío, aunque indirecto, a la dignidad y la autoridad de ese tribunal”.Entre las Líneas En consecuencia, sólo se concederá un mandamiento judicial si hay peligro de fraude o de grave perjuicio para el tribunal extranjero “51.
En California, el criterio clave es que debe existir una “circunstancia excepcional que supere la amenaza a la restricción judicial y a los principios de cortesía “52.Entre las Líneas En consecuencia, los tribunales de California sólo darán prioridad a la primera demanda que se presente cuando los procedimientos duplicados se realicen en tribunales que sean de la “misma soberanía”, es decir, dos tribunales estatales de California, no un tribunal de California y un tribunal de otro estado de los Estados Unidos o de una jurisdicción extranjera53.
D. Categorías de mandamientos judiciales contra la demanda
Las dificultades asociadas con el análisis estándar de antijuicio sugieren la necesidad de un medio alternativo para predecir si un tribunal de los Estados Unidos emitirá un mandamiento judicial antijuicio y en qué medida lo hará. Por ejemplo, podría ser posible centrarse en la naturaleza del caso en cuestión más que en los términos del propio ensayo54 . Así, el profesor Walter Heiser ha afirmado que “independientemente del enfoque que haya adoptado la jurisdicción, es muy probable que los tribunales de los Estados Unidos concedan un mandamiento judicial internacional contra las demandas en dos categorías de casos: 1) cuando la acción extranjera es de naturaleza interdictoria [en lugar de paralela], y 2) cuando la acción extranjera es contraria a un acuerdo exclusivo de elección de foro “55.
Este fenómeno puede explicarse fácilmente por motivos de política. Por ejemplo, en el caso de las acciones interdictorias, los tribunales de los Estados Unidos consideran que los mandamientos judiciales contra las demandas son un mecanismo defensivo apropiado porque las acciones interdictorias tratan de “impedir que cualquier tribunal -incluidos los tribunales de los Estados Unidos y el tribunal extranjero- llegue efectivamente al fondo de la demanda de los Estados Unidos “56.
Pormenores
Por el contrario, en los casos relacionados con acuerdos de elección de tribunal, se piensa que “al emitir un mandamiento judicial contra las demandas para hacer cumplir un acuerdo exclusivo de elección de tribunal . … el impacto en la cortesía internacional no sería intolerable “57. De hecho, “los mandamientos judiciales antijuicio pueden ser la única forma viable de efectuar cláusulas válidas de elección de foro “58.
Heiser ha sostenido que los mandamientos judiciales antijurídicos se verán con una frecuencia cada vez menor en el contexto de las cláusulas de selección de foro como resultado del Convenio de La Haya sobre acuerdos de elección de foro (COCA)59 .
Algunos comentaristas han sugerido que los tribunales de los Estados Unidos verán un número creciente de mociones de mandamientos judiciales antijuicio en los próximos años, basándose en el aumento previsto del número de procedimientos paralelos impulsado por el deseo de algunas partes de aprovechar el descubrimiento al estilo de los Estados Unidos62.
Puntualización
Sin embargo, ese escenario no parece probable, dado que las partes en procedimientos extranjeros (referido a las personas, los migrantes, personas que se desplazan fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea dentro de un país o a través de una frontera internacional, de forma temporal o permanente, y por diversas razones) o internacionales pueden obtener descubrimiento en los Estados Unidos de conformidad con el 28 U.S.C. § 1782.63 También es menos probable que los tribunales de los Estados Unidos participen en litigios paralelos debido al enfoque cada vez más estrecho de la Corte Suprema de los Estados Unidos respecto de la jurisdicción personal64.
Si bien la mayoría de los análisis de los litigios adoptan una perspectiva trans-sustantiva, algunas cuestiones se plantean sólo o particularmente en una esfera específica del derecho o los hechos. Así, el profesor Jason Waguespack ha afirmado que “la probabilidad de enfrentarse a una situación en la que el otorgamiento de un mandamiento judicial contra una demanda puede ser apropiado es mayor en el ámbito del almirantazgo y del derecho marítimo de lo que podría ser el caso en un litigio en general” debido al carácter altamente internacionalizado del almirantazgo y del derecho marítimo65.
Los mandamientos judiciales contra las demandas también pueden ser comunes en asuntos relacionados con seguros interestatales o internacionales, ya que algunos tipos de reclamaciones (como las relacionadas con agravios tóxicos) pueden generar un volumen considerable de litigios a nivel nacional e internacional66 . Aunque las partes en controversias sobre seguros suelen tratar de reducir al mínimo los procedimientos paralelos, procurando que se desestimen las demandas concurrentes por motivos de forum non conveniens, ese mecanismo puede ser algo imprevisible67 .
Una tercera esfera en la que se observa un número considerable de mandamientos judiciales contra las demandas es el régimen de la insolvencia68 . Si bien la Ley Modelo de la CNUDMI sobre la Insolvencia Transfronteriza tiene por objeto limitar la necesidad de los mandamientos judiciales contra las demandas en el ámbito internacional mediante el aumento de la cooperación entre los tribunales nacionales, en ocasiones se considera que esos mandamientos son necesarios69 . Curiosamente, parece haber una especie de división de circuitos en cuanto a si un tribunal de quiebras debe aplicar, y en qué medida, el análisis federal estándar contra las demandas cuando ejerce sus facultades equitativas en virtud del artículo 105 del Código de Quiebras de los Estados Unidos70 . Por una parte, en In re Lyondell Chemical, Co. el Tribunal de Quiebras del Distrito Sur de Nueva York no realizó el tipo de investigación que normalmente adoptan los tribunales federales de los Estados Unidos, lo que sugiere que el régimen de quiebras debe considerarse sui generis71.
Puntualización
Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuito de los Estados Unidos sostuvo en el caso Stonington Partners, Inc. c. Lernout & Hauspie Speech Products N.V. que el Tribunal de Quiebras del Distrito de Delaware había actuado indebidamente al conceder un mandamiento judicial con arreglo al artículo 105 sin analizar la aplicabilidad de la prueba estándar para los mandamientos judiciales extranjeros72. De los dos enfoques, el de Stonington Partners parece el más apropiado desde el punto de vista de la política, dado que un mandamiento judicial contra la demanda podría no sólo afectar a los litigios privados sino también perturbar todo el régimen de insolvencia, o bancarrota, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “insolvency” o su significado como “bankruptcy”, en inglés) de un país extranjero73 .
Éstas son sólo algunas de las esferas temáticas en las que los mandamientos judiciales antijuicio pueden ser particularmente populares.
Puntualización
Sin embargo, hay ocasiones en que un mandamiento judicial contra la demanda puede ser imposible o inapropiado. Por ejemplo, el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Octavo Circuito sostuvo en el caso Goss International Corp. c. Man Roland Druckmaschinen Aktiengesellschaft que un tribunal federal no está facultado para conceder un mandamiento judicial contra una demanda después de que una parte haya satisfecho el fallo del tribunal, ya que el tribunal ya no tiene jurisdicción material sobre la controversia75.
Puntualización
Sin embargo, el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Segundo Circuito sostuvo precisamente lo contrario en Karaha Bodas, Co. c. Perusahaan Pertambangan Minyak Dan Gas Bumi Negara, señalando que si bien “puede ser necesario un mandamiento judicial contra la demanda para proteger la jurisdicción del tribunal una vez que se haya dictado un fallo …cuando un tribunal ya ha dictado un fallo -sobre las mismas cuestiones, con la participación de las mismas partes- las consideraciones de cortesía han disminuido la fuerza”.76 Aunque estas decisiones parecen irreconciliables, la Corte Suprema de los Estados Unidos ha rechazado hasta ahora la oportunidad de resolver la división del circuito.77
E. Cuestiones especiales de procedimiento
El debate práctico y teórico sobre los mandamientos judiciales contra los juicios se vuelve especialmente controvertido en dos ámbitos concretos: los mandamientos judiciales contra los juicios y los mandamientos judiciales contra la ejecución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Estas cuestiones se examinan por separado a continuación, junto con una breve reseña de las alternativas a los mandamientos judiciales.
1. 1. Mandamientos judiciales antijuicio
Los mandamientos judiciales contra las demandas (es decir, los mandamientos emitidos en respuesta a un mandamiento judicial contra una demanda emitido por otro tribunal) han captado desde hace mucho tiempo la atención de los especialistas en litigios transnacionales. El caso más conocido de los Estados Unidos en relación con los mandamientos judiciales contra las demandas es el de Laker Airways, Ltd. c. Sabena, Belgian World Airlines, que es también la decisión fundamental sobre los mandamientos judiciales contra las demandas en general78 .
La cuestión de un mandamiento judicial antijuicio surgió después de que un tribunal inglés emitiera un mandamiento judicial antijuicio por el que se prohibía a Laker Airways emprender cualquier acción en los Estados Unidos contra determinadas aerolíneas británicas80.
Los demandantes caracterizan el mandamiento judicial del tribunal de distrito como un intento impropio de reservar a la jurisdicción exclusiva del tribunal de distrito una acción que debería permitirse que procediera simultáneamente en foros paralelos.Entre las Líneas En realidad, sucede lo contrario. La acción inglesa se inició con el fin de reservar la jurisdicción prescriptiva exclusiva a los tribunales ingleses, aunque los tribunales ingleses no ofrecen ni pueden pretender ofrecer a los demandantes de aquí los recursos que ofrecen las leyes antimonopolio americanas.
Aunque autorizadas simultáneamente por principios superpuestos de jurisdicción prescriptiva, las acciones británicas y estadounidenses no son procedimientos paralelos en el sentido en que se utiliza normalmente el término. No se trata de una situación en la que dos tribunales procedan a dictar sentencias separadas simultáneamente bajo una misma causa de acción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Más bien, el único propósito del procedimiento inglés es poner fin a la acción estadounidense [que se había presentado primero].81
Como se ha señalado anteriormente en el presente informe, los tribunales de los Estados Unidos suelen inclinarse por ofrecer medidas cautelares en cuestiones que entrañan acciones interdictorias, y Laker Airways demuestra que eso es cierto incluso en el contexto de un mandamiento judicial contra la demanda82. Otros tribunales federales también han dictado mandamientos judiciales contra las demandas para proteger la propia jurisdicción del tribunal, como se refleja en la decisión de 2010 en el caso Teck Metals, Ltd. c. Certain Underwriters at Lloyd’s, Londres83 . También se han dictado mandamientos judiciales contra las demandas en los tribunales estatales, como se ha visto en una serie de casos planteados en los tribunales de apelación de Texas84.
2. Mandamientos judiciales contra la ejecución
Otra cuestión que ha causado varios problemas conceptuales tanto a los académicos como a los profesionales es la de los mandamientos judiciales contra la ejecución, que tienen por objeto impedir que una parte ejecute una sentencia dictada por otro tribunal85 . Aunque estos tipos de mandamientos judiciales no se plantean con mucha frecuencia, en el caso Chevron Corp. c. Naranjo se pidió a la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el Segundo Circuito que considerara una acción mundial (o global) contra la aplicación de la ley en el contexto de la controversia de Lago Agrio, que entrañaba una sentencia de 8.600 millones de dólares dictada por un tribunal ecuatoriano contra Chevron por los daños ambientales sufridos entre mediados de los años sesenta y finales de los ochenta86. Al decidir el asunto, el tribunal distinguió entre un requerimiento judicial contra la demanda y un requerimiento judicial contra la ejecución e indicó que las dos acciones “guardan como máximo un parecido pasajero “87 entre sí88 .
En lugar de confiar en las facultades equitativas del tribunal (como en los casos en que se trata de mandamientos judiciales), el tribunal de Naranjo consideró si existía algún fundamento jurídico para la reparación solicitada y concluyó que no era así90 .Entre las Líneas En primer lugar, el tribunal sostuvo que la Ley de reconocimiento de sentencias extranjeras “en ningún lugar autoriza a un tribunal a declarar una sentencia extranjera inejecutable en el juicio preventivo de un supuesto deudor de sentencia “91.
Otros Elementos
Además, “las consideraciones de cortesía internacional proporcionan razones adicionales para concluir que la Ley de reconocimiento no puede apoyar el amplio recurso de amparo” en cuestión92.Entre las Líneas En segundo lugar, el tribunal se negó a conceder medidas cautelares en virtud de la Ley de fallos declaratorios, ya que la investigación no había generado ningún caso “en el que un tribunal se comprometiera a utilizar el DJA para declarar la inejecución de un fallo extranjero antes de que el supuesto acreedor de un fallo pudiera solicitarlo “93.
El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para Oregón adoptó un enfoque diferente en Linscott c. Vector Aerospace, que entrañó una solicitud de ejecución de una sentencia canadiense94 .Entre las Líneas En este caso, el tribunal llevó a cabo un análisis normalizado contra las demandas, utilizando el enfoque liberal que había adoptado el tribunal federal de apelaciones pertinente, y simplemente sostuvo que “la facultad de ordenar un litigio extranjero abarca la facultad de impedir la ejecución de una sentencia extranjera en los Estados Unidos “95 .
3. Alternativas a los mandamientos judiciales contra los trajes
Una de las razones por las que los tribunales de los Estados Unidos conceden tan rara vez mandamientos judiciales contra las demandas es que las partes pueden lograr un resultado similar mediante una serie de alternativas de procedimiento. Por ejemplo, un mandamiento de prohibición impide tanto a un litigante como a otro tribunal proceder a una segunda acción96 : “(1) que algún tribunal, funcionario o persona está a punto de ejercer un poder judicial o cuasijudicial; (2) que el ejercicio de ese poder no está autorizado por la ley; y (3) que resultará en un perjuicio para el cual no hay otro remedio adecuado”.97 Los mandamientos de prohibición son similares a los mandamientos judiciales en el sentido de que ambos se consideran recursos extraordinarios, por lo que el criterio de prueba es bastante alto para cada elemento de la prueba judicial para un mandamiento de prohibición.98
La necesidad de los mandamientos judiciales contra los juicios también se reduce al mínimo o se elimina en las controversias entre Estados federales como resultado de diversas doctrinas de abstención99 . Estas doctrinas aclaran la competencia relativa de los tribunales estatales y federales en el marco constitucional de los Estados Unidos y restringen la capacidad de los tribunales federales de interferir en los litigios en curso en los tribunales estatales de los Estados Unidos100.
Una tercera forma de reducir al mínimo la necesidad de los mandamientos judiciales contra las demandas es mediante la consolidación y la unión de casos, lo que es relativamente fácil en los Estados Unidos con arreglo a diversas normas de procedimiento civil101 . También es posible que el grupo judicial de litigios multidistritales (MDL) coordine o consolide dos o más casos federales con arreglo al artículo 28 U.S.C. § 1407 a) si las controversias entrañan cuestiones de hecho comunes y si al hacerlo se aumenta la conveniencia de las partes y se promueve la “conducta justa y eficiente” de las acciones102 .
Aunque estos procedimientos son útiles, no se utilizan con tanta frecuencia.
Indicaciones
En cambio, la alternativa más común a un mandamiento judicial contra la demanda es una orden de desestimar o suspender un caso basada en la doctrina del forum non conveniens, un dispositivo discrecional que permite a un tribunal de los Estados Unidos declinar, de otro modo, la jurisdicción apropiada sobre un asunto para permitir que otro tribunal, ya sea dentro o fuera de los Estados Unidos, conozca de la controversia103 ,
la doctrina se invoca con moderación, y el fallo sobre una moción de forum non conveniens requiere que el tribunal de distrito aborde tres consideraciones principales.
Primero, el forum non conveniens es apropiado sólo cuando un foro alternativo adecuado está disponible.Entre las Líneas En otras palabras, un tribunal no desestimará si las partes no pueden buscar justicia en los tribunales de otro soberano. . . .
En segundo lugar, un equilibrio de los intereses pertinentes debe pesar mucho a favor de la desestimación para justificar la invocación del forum non conveniens. Aquí, el caso Gulf Oil estableció una letanía de factores no exclusivos de “interés público” e “interés privado” que deben equilibrarse. . . .Entre las Líneas En el lado privado, entre otras cosas, los tribunales evalúan el relativo acceso a las fuentes de prueba y la disponibilidad del proceso obligatorio.Entre las Líneas En el lado público, por ejemplo, se fijarán en las dificultades administrativas para conocer el caso y ejecutar una sentencia. . . .
En tercer lugar, el tribunal debe determinar el grado de deferencia que debe conceder a la elección de foro del demandante. . . . El grado de deferencia puede variar según los hechos del caso.
A pesar de la identificación de tres áreas principales de investigación, la mayoría de los tribunales parecen decir que el forum non conveniens implica un análisis en dos etapas, que consiste en los dos primeros puntos señalados anteriormente.
Puntualización
Sin embargo, es importante apreciar que estos tribunales sí que abordan el tercer factor. . . . Así pues, la mayoría de los tribunales parecen investigar el nivel de deferencia como parte de su examen de los factores del petróleo del Golfo104.
Si bien existen algunas variaciones entre los distintos tribunales de circuito (por ejemplo, el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Segundo Circuito comienza con un análisis de la deferencia debida a la elección de la sede por parte del demandante), los factores son relativamente comunes en todo el sistema federal.105
II. Medidas cautelares y arbitraje contra los trajes
La relación entre los mandamientos judiciales y el arbitraje ha adquirido cada vez más importancia en los últimos años, aunque la mayor parte de la controversia contemporánea se refiere a la interacción entre el arbitraje y el derecho de la Unión Europea, en particular el Reglamento de Bruselas I (ahora Bruselas I refundido) (Véase el Reglamento (CE) 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2001, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, 2001 O.J. (L 12) 1 (Reglamento de Bruselas I), promulgado de nuevo como Reglamento (UE) 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (versión refundida), 2012 O. J. (L 351) 1 (Refundición de Bruselas); Caso C-536/13, Gazprom OAO c. Lietuvos Respublika, ¶¶ 30-44, Sentencia del Tribunal (Gran Sala) (13 de mayo de 2015); Caso C-185/07, Allianz SpA c. West Tankers, Inc, [2009] E.C.R. I-0063, ¶¶¶ 28-32; West Tankers, Inc. v. Allianz SpA & Anor [2012] EWHC (Comm.) 854 (Eng.)).
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Aunque gran parte del material contenido en la sección anterior se puede aplicar a los mandamientos judiciales contra las demandas en cuestiones relacionadas con el arbitraje, el análisis arbitral refleja algunos elementos distintivos que deben examinarse por separado108 .
Las órdenes de restricción de demandas pueden interactuar con el arbitraje de cuatro maneras diferentes.Entre las Líneas En primer lugar, una parte puede pedir a un tribunal que emita un requerimiento antijuicio para impedir un litigio que pretenda seguir adelante en contravención de un acuerdo de arbitraje válido.Entre las Líneas En segundo lugar, una parte puede pedir a un tribunal que emita un mandamiento judicial contra el arbitraje para impedir que éste siga adelante.Entre las Líneas En tercer lugar, una parte puede solicitar a un tribunal arbitral que emita un mandamiento judicial contra las demandas. Cuarto, una parte puede solicitar a un tribunal que emita un mandamiento judicial contra las demandas para impedir procedimientos paralelos relativos a la ejecución de un laudo arbitral, en el contexto del convenio arbitral (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “award” en el derecho anglosajón, en inglés) extranjero. Cada una de estas hipótesis se examina sucesivamente.
A. Mandamientos judiciales contra las demandas relativas a los litigios frente a un acuerdo de arbitraje
Los tribunales de los Estados Unidos pueden dictar mandamientos judiciales contra las demandas en ayuda del arbitraje de conformidad con la Ley Federal de Arbitraje o un análogo estatal pertinente109 . Las solicitudes para prohibir un litigio en contravención de un acuerdo de arbitraje válido son analíticamente similares a las solicitudes de un mandamiento judicial contra las demandas en los casos que implican un acuerdo exclusivo de elección de tribunal y, por lo tanto, es relativamente probable que se concedan110 .
Puntualización
Sin embargo, algunos comentaristas sugieren que el criterio estándar orientado a los litigios es problemático en la medida en que se centra en los intereses del Estado extranjero, ya que el arbitraje comercial internacional se considera más apropiadamente como una cuestión contractual privada111 . Aunque es preocupante, esta posible dificultad suele compensarse en la práctica porque los tribunales que han examinado las peticiones de un mandamiento judicial contra el litigio en el contexto del arbitraje tienden a hacerlo a la luz de la firme política pro arbitraje que existe en los Estados Unidos, en particular en los casos internacionales112 .
Por muy fuerte que sea esa política, no garantiza la aprobación de todas las solicitudes de un requerimiento judicial contra las demandas. Por ejemplo, si una parte no ha hecho ningún intento de evadir un foro arbitral, sino que busca la asistencia de un tribunal extranjero sobre una cuestión de derecho, un tribunal puede decidir que un mandamiento judicial antijuicio es inapropiado113 .
Los tribunales también pueden negarse a dictar un mandamiento judicial contra las demandas si existe alguna controversia sobre la validez del supuesto acuerdo de arbitraje, como se vio en el caso Dependable Highway Express, Inc. c. Navigators Insurance, Co., en el que se planteó una controversia sobre la validez de un acuerdo de arbitraje en el que se designaba a Londres como sede del mismo114 . Después de que Dependable presentara una demanda contra Navigators en el tribunal estatal de California, Navigators solicitó y recibió un mandamiento judicial contra la demanda del Tribunal Comercial inglés para impedir que Dependable siguiera adelante con el litigio en los Estados Unidos, basándose en el idioma del acuerdo de arbitraje en cuestión115 . Los navegantes pidieron entonces al Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Central de California que emitiera una suspensión para permitir que el arbitraje siguiera adelante en Londres116 . Aunque el tribunal de distrito accedió a esa petición, emitiendo lo que en realidad era un mandamiento judicial contra la demanda, el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito levantó la suspensión y devolvió el caso, indicando que el tribunal de distrito debía determinar primero si el acuerdo de arbitraje era válido117.
Al hacerlo, el tribunal de apelación demostró su voluntad de aplicar el mismo tipo de consideraciones evaluativas en los casos relacionados con el arbitraje que en los de naturaleza puramente judicial118 . La cortesía no es necesaria cuando la acción británica se presentó después de la estadounidense con el único propósito de interferir con la demanda estadounidense “119.
En lo que respecta al calendario, los mandamientos judiciales contra el litigio ante un acuerdo de arbitraje pueden surgir con mayor frecuencia al comienzo de una controversia, cuando es necesario proteger la jurisdicción del tribunal arbitral120 . Al evaluar tales asuntos, los tribunales deben considerar su deber afirmativo de hacer cumplir los acuerdos de arbitraje en virtud del Artículo II de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Convención de Nueva York).121 Aunque el Artículo II se invoca con mayor frecuencia para exigir a los tribunales que envíen a arbitraje un asunto pendiente ante ellos, también puede utilizarse para apoyar los mandamientos judiciales contra las demandas que tienen por objeto proteger los procedimientos arbitrales, como hizo el Tribunal Comercial inglés en Dependable Highway Express, Inc.122 Sin embargo, es probable que sea necesario un resultado diferente si se solicita un mandamiento judicial contra la demanda al final del procedimiento arbitral, como se examina a continuación123 .
B. Mandamientos judiciales contra el arbitraje (Mandamiento judicial contra el arbitraje)
Aunque muchos tribunales utilizan la expresión “requerimiento judicial contra la demanda” para abarcar una serie de recursos procesales, un requerimiento judicial contra la demanda es técnicamente diferente de un requerimiento judicial contra el arbitraje, que implica una orden del tribunal en la que se indica que las partes no deben recurrir al arbitraje de un asunto determinado. Aunque relativamente pocos tribunales de los Estados Unidos han considerado los mandamientos judiciales contra el arbitraje124, la cuestión se examina en el proyecto de restablecimiento (tercero) de la Ley de Arbitraje Comercial Internacional de los Estados Unidos, que dice
Un tribunal puede prohibir a una parte en un acuerdo de arbitraje internacional que proceda a un arbitraje en la medida en que:
a) la parte que solicita el requerimiento establezca una defensa para la ejecución del acuerdo en virtud de los artículos 2-12 a 2-21; y
b) La emisión de un mandamiento judicial es apropiada después de considerar lo siguiente
1) La sede del arbitraje;
2) Si existen circunstancias que planteen una duda sustancial y justificable sobre la integridad del procedimiento arbitral; y
3) otros principios aplicados por el tribunal del foro para determinar si se conceden medidas cautelares125 .
Según el Restatement, los mandamientos judiciales contra el arbitraje son una forma extraordinaria de reparación que debe concederse con moderación126 .
Otros Elementos
Además, los tribunales de los Estados Unidos sólo deben dictar un mandamiento judicial contra el arbitraje si el arbitraje tiene lugar en los Estados Unidos, ya que el tribunal de la sede del arbitraje se considera generalmente el único tribunal capaz de regir las actuaciones arbitrales127.
Los casos de los EE.UU. que implican órdenes judiciales antiarbitraje pueden dividirse generalmente en dos categorías. Un conjunto de casos implica alegaciones de que el supuesto acuerdo de arbitraje es inaplicable128, mientras que el otro conjunto de casos implica múltiples arbitrajes, en los que se dice que uno de esos procedimientos viola un acuerdo de arbitraje válido129 . Al considerar estas cuestiones, los tribunales de los Estados Unidos analizan la interacción entre la Convención de Nueva York, la Ley Federal de Arbitraje o el análogo estatal pertinente, y la jurisprudencia, que puede proporcionar una importante glosa sobre las disposiciones legales130.
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Si bien las partes que tratan de limitar los litigios frente a un acuerdo de arbitraje suelen solicitar un mandamiento judicial contra las demandas, a veces también solicitan una orden similar del tribunal arbitral131 .Entre las Líneas En este momento, hay muy pocas decisiones de los Estados Unidos en que se examine la conveniencia de un mandamiento contra las demandas emitido por un tribunal arbitral, aunque la razón de esa laguna no está clara132 . Otra posibilidad es que la escasez de análisis judiciales se explique por el carácter confidencial del arbitraje.
Detalles
Por último, la cuestión puede ser la del momento oportuno. Muchos mandamientos judiciales antijuicio se solicitan al principio de una controversia, antes de la formación del tribunal arbitral133 .
Puntualización
Sin embargo, muchas instituciones arbitrales han adoptado recientemente mecanismos que permiten la creación de un tribunal acelerado para prestar asistencia en la prestación de socorro preliminar de emergencia, lo que sugiere que la comunidad internacional puede ver que los tribunales arbitrales emitirán más mandamientos judiciales contra las demandas en los próximos años134.
A pesar de que hasta la fecha el debate judicial ha sido mínimo, hay pocas dudas de que esas medidas son adecuadas en el marco del derecho de arbitraje135 . A menudo se autoriza explícitamente a los árbitros a proporcionar diversos tipos de medidas cautelares mediante el texto que figura en el acuerdo de arbitraje o en los reglamentos de arbitraje elegidos para regir las actuaciones136, y varias jurisdicciones, entre ellas los Estados Unidos, otorgan a los tribunales arbitrales jurisdicción concurrente con los tribunales en relación con las medidas cautelares en el arbitraje como cuestión de derecho nacional137.
Una cuestión que aún no han abordado los tribunales de los Estados Unidos es si un mandamiento judicial contra la demanda emitido por un tribunal arbitral es aplicable en virtud de la Convención de Nueva York y en qué medida138 . El problema es que la Convención de Nueva York sólo se aplica a los laudos arbitrales “definitivos” y a los “laudos definitivos parciales”, es decir, a los laudos que son definitivos en cuanto a algún aspecto de la controversia arbitral, y no está claro si un mandamiento judicial contra la demanda emitido por un tribunal arbitral puede enmarcarse en esos términos139 .
D. Mandamientos judiciales contra la demanda relativos a la ejecución de un laudo arbitral
El último punto que se debe examinar se refiere a si se puede utilizar un mandamiento judicial contra el litigio, y en qué medida, para impedir la ejecución de un laudo arbitral141 . Este tipo de acciones son sumamente problemáticas como cuestión de política, ya que el régimen arbitral internacional, tal como se refleja en la Convención de Nueva York y en los instrumentos internacionales conexos, contempla claramente la posibilidad de que las partes puedan pedir la ejecución de un laudo arbitral, en el contexto del convenio arbitral (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “award” en el derecho anglosajón, en inglés) extranjero en múltiples jurisdicciones al mismo tiempo142.
El Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Quinto Circuito abordó esta cuestión en el caso Karaha Bodas, Co. c. Perusahaan Pertambangan Minyak Dan Gas Bumi Negara, señalando que
Al permitir acciones de ejecución y anulación simultáneas, así como acciones de ejecución simultáneas en terceros países, la Convención [de Nueva York] prevé necesariamente procedimientos múltiples que abordan las mismas impugnaciones sustantivas de un laudo arbitral. Por ejemplo, el apartado d) del párrafo 1 del artículo V permite a una parte perdedora impugnar la ejecución basándose en que el panel arbitral no obedeció a la ley del situs arbitral, es decir, la lex arbitri, aunque esa reclamación se plantearía sin duda en los procedimientos de anulación en el propio Estado de emisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).
Otros Elementos
Además, este caso ilustra que los procedimientos de ejecución en múltiples Estados con jurisdicción secundaria pueden abordar las mismas cuestiones sustantivas143.
El creciente uso de los mandamientos judiciales contra el juicio como medida táctica en todo el mundo ha llevado a que al menos un tribunal de los Estados Unidos considere la necesidad de imponer un mandamiento judicial contra el juicio en respuesta a un mandamiento judicial contra la ejecución de un laudo arbitral144 .Entre las Líneas En ese caso, el tribunal de los Estados Unidos se negó a emitir tal mandamiento judicial, basándose en el hecho de que los mandamientos judiciales contra la demanda tienen por objeto proteger la jurisdicción del tribunal y el mandamiento judicial contra la ejecución emitido por el otro tribunal no afectaba a la jurisdicción del tribunal de los Estados Unidos, ya que el tribunal de los Estados Unidos ya había dictado un fallo que confirmaba el laudo arbitral, en el contexto del convenio arbitral (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “award” en el derecho anglosajón, en inglés) en cuestión y autorizaba las medidas de ejecución necesarias, como el embargo de los bienes del deudor del laudo145 .
Datos verificados por: Conrad
Derecho Comparado y Mandamientos Procesales contra Litigios
El derecho comparado es un tema habitual de investigación y enseñanza en muchas universidades de todo el mundo, y el siglo XXI ha sido calificado acertadamente como “la era del derecho comparado”. Este recurso ofrece un estudio crítico amplio y diverso del derecho comparado a principios del siglo XXI. Resume y evalúa una disciplina consagrada por el tiempo pero no fácilmente comprensible en todas sus dimensiones. En la actual era de la globalización, esta disciplina es más relevante que nunca, tanto en el plano académico como en el práctico. En resumen, este recurso presenta una perspectiva verdaderamente global del derecho comparado en la actualidad, incluyendo a Mandamientos Procesales contra Litigios.Por Países
Se examina cómo se ha desarrollado el derecho comparado y en qué situación se encuentra actualmente en diversas partes del mundo. Esto incluye no sólo las jurisdicciones modelo tradicionales, como Francia, Alemania y Estados Unidos, sino también otras regiones como Europa del Este, Asia Oriental y América Latina.Métodos y Objetivos
Se analiza los principales enfoques del derecho comparado: sus métodos, objetivos y su relación con otros campos, como la historia jurídica, la economía y la lingüística. Derecho extranjero Derecho supranacional Derecho transnacional Historia del sistema de derecho civil Comparación jurídica Comparatismo jurídico Método comparativo Legislación comparada Pluralismo jurídico Justicia penal comparada Lista de sistemas jurídicos nacionales Estado de derecho Derecho religioso comparado Jurisprudencia etnológica Métodos de derecho comparado Familias jurídicas Comparaciones geográficas del derecho Temas centrales del derecho comparado Derecho comparado más allá del Estado Análisis económico del derecho Familias jurídicas comparadas Tradiciones jurídicas comparadas Trasplantes jurídicos Sistemas jurídicos mixtos Sistemas jurídicos nacionales Europeización del Derecho PrivadoÁreas Temáticas
Se aborda la situación de los estudios comparados en más de una docena de áreas temáticas, incluidas las principales categorías del derecho privado, económico, público y penal: Derecho agrario comparado Derecho civil comparado Derecho constitucional comparado Derecho laboral comparado Derecho eclesiástico comparado Derecho parlamentario comparado Derecho penal comparado Derecho privado comparado Derecho procesal comparado Derecho público comparado Derecho contractual comparado Derecho de compraventa comparado Enriquecimiento injustificado en perspectiva comparada Derecho comparado de daños Derecho comparado de la propiedad Derecho comparado de sucesiones Derecho de familia comparado Derecho de sociedades comparado Derecho Comparado de la Competencia Derecho Comparado de los Derechos Humanos Derecho Administrativo Comparado Procedimiento Civil ComparadoDerecho Constitucional Comparado
Derecho Constitucional Comparado General
Incluye los siguientes temas:- Libertad religiosa en el Estado liberal
- Libertad de expresión en el Derecho Constitucional Comparado
- Cultura en el Derecho Constitucional Comparado
- Religión en el Derecho Constitucional Comparado
- Constitucionalismo comparado
- Interpretación de las Constituciones
- Constitucionalismo tribal
- Democracia constitucional en crisis
- El Renacimiento del Derecho Constitucional Comparado
- Enmiendas constitucionales inconstitucionales
Ideas
Incluye los siguientes temas:- Constituciones y constitucionalismo
- Constituciones del mundo
- Estado de Derecho
- Democracia
- Concepciones del Estado
- Derechos y libertades como conceptos
- Las constituciones y la división público/privado
- Neutralidad del Estado
- La Constitución y la justicia
- Soberanía
- La dignidad humana en los ordenamientos constitucionales modernos
- Autonomía humana en los ordenamientos constitucionales modernos
- El género en las constituciones
Proceso Constitucional
Incluye los siguientes temas:- El proceso constituyente
- Sustancia de la elaboración de la Constitución
- Estados de excepción
- Poderes de guerra
- Secesión
- Autodeterminación
- Referéndum
- Elecciones
Arquitectura
Incluye los siguientes temas:- Estructuración horizontal de la Constitución
- Teoría del federalismo
- Derecho del federalismo
- Política del federalismo
- Ordenación interna en el Estado unitario
- Presidencialismo
- Parlamentarismo
- El Estado regulador
Significados
Incluye los siguientes temas:- Interpretación constitucional
- Proporcionalidad
- Identidad constitucional
- Valores constitucionales
- Principios constitucionales
Instituciones
Incluye los siguientes temas:- Garantizar la eficacia constitucional
- Tribunales constitucionales
- La independencia judicial como virtud constitucional
- El Poder Judicial
- Los partidos políticos en la Constitución
Derechos
Incluye los siguientes temas:- Libertad de expresión
- Libertad de Religión
- El Debido Proceso
- Derechos Asociativos (Los Derechos a las Libertades de Petición, Reunión y Asociación)
- Privacidad
- Igualdad
- Ciudadanía
- Derechos socioeconómicos
- Derechos Económicos
Derechos superpuestos
Incluye los siguientes temas:- La constitucionalización del aborto
- La orientación sexual en el derecho constitucional comparado
- Los derechos de grupo en el derecho constitucional comparado
- Acción afirmativa
- La bioética en el Derecho Constitucional
- Los derechos fundamentales en el Derecho Constitucional
Derecho Constitucional Comparado por Regiones
África
Incluye los siguientes temas:- Adjudicación constitucional en África
- Separación de poderes en el constitucionalismo africano
América
Incluye los siguientes temas:- Derecho Constitucional en Norteamérica
- Constitucionalismo latinoamericano y su evolución
- Derecho Constitucional en Sudamérica
Asia
Incluye los siguientes temas:- Los derechos de las minorías en Asia
- Conflictos constitucionales en Asia
Europa
Incluye los siguientes temas:- La justicia constitucional europea
- Impacto del CEDH en los sistemas jurídicos nacionales
- Constitucionalismo en Europa
- Historia constitucional europea
Oriente Próximo
Incluye los siguientes temas:- Derechos de las minorías en Oriente Medio
- Constitucionalismo en los países islámicos
Oceanía
Incluye los siguientes temas:- Los derechos de las minorías en la región del Pacífico
- Constitucionalismo en Oceanía
Derecho Constitucional Comparado y Mandamientos Procesales contra Litigios
El campo del derecho constitucional comparado ha crecido enormemente en las dos últimas décadas. Antaño un complemento menor y oscuro del campo del derecho constitucional nacional, el derecho constitucional comparado ha pasado ahora a ocupar el primer plano. Impulsado por la difusión global del gobierno democrático y la expansión del derecho internacional de los derechos humanos, la prominencia y visibilidad de este campo entre jueces, políticos y académicos ha crecido exponencialmente. Incluso en Estados Unidos, donde el exclusivismo constitucional nacional ha mantenido tradicionalmente un firme control, el uso de materiales constitucionales comparados se ha convertido en objeto de una animada y muy publicitada controversia entre varios jueces del Tribunal Supremo estadounidense. La tendencia hacia la armonización y los préstamos internacionales ha sido controvertida. Mientras que parece justo suponer que debería existir una gran convergencia entre las democracias industrializadas sobre los usos y funciones de los contratos comerciales, eso parece estar lejos de ser así en el derecho constitucional. ¿Puede compararse una democracia parlamentaria a una presidencial? ¿Una república federal a una unitaria? ¿Y las diferencias ideológicas o de identidad nacional? ¿Pueden compararse provechosamente los derechos constitucionales desplegados en un contexto libertario con los que funcionan en un contexto de bienestar social? ¿Es peligroso comparar los derechos de las minorías en un Estado multiétnico con los de sus homólogos étnicamente homogéneos? Estas controversias constituyen el trasfondo del campo del derecho constitucional comparado, y suponen un reto no sólo para los juristas, sino también para los de otros campos, como la filosofía y la teoría política. Este texto examina la historia y la metodología de la disciplina, los conceptos centrales del derecho constitucional, los procesos constitucionales y las instituciones, desde la reforma legislativa hasta la interpretación judicial, los derechos y las tendencias emergentes.Derecho Constitucional Comparado General
Incluye los siguientes temas:- Libertad religiosa en el Estado liberal
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- Cultura en el Derecho Constitucional Comparado
- Religión en el Derecho Constitucional Comparado
- Constitucionalismo comparado
- Interpretación de las Constituciones
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- El Renacimiento del Derecho Constitucional Comparado
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Ideas
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Proceso Constitucional
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Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
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