Benítez Ortuzar, i. F., Aspectos Jurídico- Penales de la Reproducción Asistida y la Manipulación Genética Humana, Edersa, Madrid, 1997; García González, Javier, Límites Penales a los Últimos Avances de la Ingeniería Genética Aplicada al Ser Humano, Edersa, Madrid, 2001; Mantovani, F., «manipulaciones Genéticas, Bienes Jurídicos Amenazados, Sistemas de Control y Técnicas de Tutela», Revista Derecho y Genoma Humano Núm. 1, 1994, Págs. 93-135; Peris Riera, Jaime m. / García González, Javier, «delitos Relativos a la Manipulación Genética. Artículos 159, 160, 161 y 162» En: Cobo del Rosal, M., Comentarios al Código Penal, Tomo v, Edersa, Madrid, 2001; Peris Riera, Jaime M., la Regulación Penal de la Manipulación Genética en España, Civitas, Madrid, 1995; Romeo Casabona, c. M., los Delitos Contra la Vida y la Integridad Personal y los Relativos a la Manipulación Genética. Comares, Granada, 2004; Romeo Casabona, C.m., Genética y Derecho Penal. Previsiones del Código Penal Español de 1995, Editorial Cátedra de Derecho y Genoma Humano, Bilbao, 2001; Romeo Malanda Sergio, Intervenciones Genéticas Sobre el Ser Humano y Derecho Penal, Editorial Cátedra de Derecho y Genoma Humano, Bilbao, 2006; Valle Muñiz, J.m./ Tamarit Sumalla, «delitos Relativos a la Manipulación Genética» En: Quintero Olivares/morales Prats, Comentarios al Nuevo Código Penal, Aranzadi, 2004.
Manipulación Genética en el Derecho Penal Nota: Esta sección es una continuación de la entrada con el mismo nombre localizada en la Enciclopedia Jurídica española. A tenor de lo dispuesto en el apartado segundo del presente artículo del Código Penal, la perseguibilidad viene condicionada por la previa interposición de denuncia por parte de la persona agraviada o de su representante legal.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Art. 162.2 del Código Penal:
Para proceder por este delito, será precisa la denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. Cuando sea menor de edad, incapaz, o una persona desvalida, también podrá denunciar el Ministerio Fiscal.
El delito se configura, por tanto, como semi—público. El concepto de persona desvalida alcanza a toda mujer que por cualquier causa se encuentre en una situación de desamparo. También es extensible a los menores e incapaces incursos en un proceso de tramitación a efectos de nombramiento de representante legal. [M.A.D.M.]
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Maternidad Subrogada: Maternidad Subrogada es el proceso mediante el cual una mujer da a luz a un hijo para otra pareja, generalmente una pareja infértil. Hay dos tipos de maternidad sustituta. En la subrogación tradicional, la madre es inseminada artificialmente con esperma del padre o con esperma de un donante, si el padre es infértil. En la subrogación gestacional, el esperma se toma del padre (o de un donante) y el óvulo se toma de la madre, la fertilización ocurre in vitro y los embriones se implantan en el útero de la madre sustituta. Por lo tanto, la madre sustituta no está relacionada genéticamente con el niño.
Véase también: Bioderecho, Ma.
Manipulación Genética en Humanos: Este texto es ocupa de la manipulación genética en humanos y, más específicamente, también de la ética genética para los futuros niños. La revolución genética está marcada especialmente por las complejas mutaciones en las técnicas de reproducción. Desde nuestra relación con la maternidad hasta la idea de una "eugenesia de libre elección", en este texto se repasa las controversias éticas que rodean a la ingeniería genética. La reproducción en la era de la revolución genómica puede asombrar al mundo. En algunas circunstancias, la consecuencia será el nacimiento de niños con enfermedades genéticas transmisibles. Si se tiene en cuenta esta posibilidad, el uso de la modificación genética de células germinales y embriones puede justificarse en función de las necesidades médicas de los futuros niños (beneficencia). En ciertos casos, el uso de técnicas de modificación genética de células germinales y embriones puede justificarse sobre la base de los riesgos para la salud de los futuros niños. Véase también: Bioderecho, Ma.
Xenotrasplante: Recursos Véase También Animal transgénico Animales Clonación no reproductiva Clonación reproductiva Comité de ética de bienestar animal (ceba) Comité de ética de la investigación (cei) Consentimiento Derechos fundamentales Dignidad humana Donación de material biológico humano [...] Véase también: Bioderecho.
Vegetarianismo: El vegetarianismo se refiere a una práctica dietética que renuncia deliberadamente a los alimentos derivados de animales sacrificados (carne, pescado y subproductos). Hay varias formas de vegetarianismo: los ovo-lacto-vegetarianos comen huevos, productos lácteos y miel, además de plantas; los lacto-vegetarianos incluyen leche y productos lácteos (pero no huevos); los ovo-vegetarianos comen huevos y ovoproductos (pero no lácteos). Los veganos hacen lo mismo, y también evitan utilizar objetos o materiales de origen animal como la lana y el cuero. Los requisitos dietéticos que incluyen elementos vegetarianos ya existían en la antigüedad, al igual que en la mayoría de las grandes religiones. Cuando la Iglesia impuso el ayuno en la Edad Media, permitió el pescado y los cangrejos de río, ya que, según el pensamiento de la época, éstos se reproducían en el agua sin procrear y, por tanto, no se consideraban carne. Sin embargo, la mayoría de la gente se vio obligada a no comer carne por razones económicas (Alimentación). La elección deliberada de una dieta vegetariana fue una excepción. Véase también: Bioderecho.
Variaciones Biológicas Humanas en Antropología: Este texto examina el discurso sobre la etnicidad, la raza y el racismo, así como las relaciones entre las ideas sociales (por ejemplo, la existencia de razas; la asociación de cualidades/características con determinados grupos raciales/étnicos/religiosos), la estratificación social basada en estas ideas y el discurso. Se ofrece unas secciones introductorias y contextualizadoras, en las que introducimos las bases históricas y conceptuales del tema, en el marco del discurso político. La antropología biológica (o física) es la rama de las ciencias naturales dentro de la disciplina que se ocupa de la evolución, el desarrollo y la diversidad de los seres humanos a lo largo de un periodo de al menos cuatro millones de años; comprende una serie de especializaciones estrechamente relacionadas. Véase también: Bioderecho.
UNESCO: Unesco en Derecho Militar Sigla de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, que efectúa importantes tareas en el ámbito de la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado. Educación y Tecnología Alfabetización Analfabetismo [...] Véase también: Bioderecho.
Trazabilidad: Consideraciones Generales Hace referencia la expresión trazabilidad, en esta plataforma global, fundamentalmente a la capacidad para verificar la historia, la ubicación o la aplicación de un producto, evento o acto por medio de documentación de identificación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). En esta plataforma, los [...] Véase también: Bioderecho.
Trasplante: Trasplante de Órganos, Tejidos y Células Recursos Véase También Cadáver Consentimiento Cuerpo humano Donación de material biológico humano Instrucciones previas Muerte Organización Nacional de Trasplantes Recursos sanitarios Secreto profesional Solidaridad Sujeto fuente Tejidos [...] Véase también: Bioderecho.
Transfusión de Sangre: Transfusión de Sangre Recursos Véase También Circulación internacional de material humano Consentimiento Donación de material biológico humano Oms Responsabilidad patrimonial de la Administración Sanitaria Sida Trazabilidad Unión europea Bioderecho Bibliografía Conseil de [...] Véase también: Bioderecho.
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