Mayoría Calificada
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Mayoría Calificada en el Derecho Legislativo y Político
Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:
Origen de la Expresión
Este tipo de mayoría tiene un significado especial, ya que no es requerida frecuentemente, salvo ciertas excepciones. La mayoría calificada es aquella donde se exigen porcentajes especiales de votación, como dos tercios o tres cuartas partes del número total de votos o votantes; es decir, por encima de la votación requerida para la mayoría absoluta y según el caso, igual o menor a la relativa.Entre las Líneas En cuanto a la palabra calificada se escribe en portugués qualificar, en inglés to qualify; en francés qualifier; en alemán beurteilen, qualifizieren e italiano qualificare.
Desarrollo de Mayoría Calificada en este Contexto
El que se solicite una mayoría calificada en un parlamento, implica la necesidad de ampliar el consenso entre las fuerzas políticas integrantes, que vayan más allá de la simple mitad más uno de los votantes, sobre todo cuando se trate de determinadas reformas legales o asuntos trascendentes, donde se requiera por su importancia un apoyo considerable de los parlamentarios.
Más Detalles
Mayoría Calificada en el Derecho Parlamentario
[rtbs name=”parlamentarismo”]Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.Mayoría Calificada en el Derecho Parlamentario
[rtbs name=”parlamentarismo”]En esta sección se ofrece un examen y referencias cruzadas de mayoría calificada en el ámbito del derecho comparado e internacional, en este contexto.Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
BURGOA, Ignacio, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1982, 4a. ed.
CAMPOSECO, Miguel çngel, Manual de temas legislativos, Edición Privada, México, 1984.
TENA RAMêREZ, Felipe, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1985.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Véase También
Bibliografía
BURGOA, Ignacio, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1982, 4a. ed.
CAMPOSECO, Miguel Ángel, Manual de temas legislativos, Edición Privada, México, 1984.
TENA RAMÍREZ, Felipe, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1985.
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
BURGOA, Ignacio, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1982, 4a. ed.
CAMPOSECO, Miguel Ángel, Manual de temas legislativos, Edición Privada, México, 1984.
TENA RAMÍREZ, Felipe, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1985.
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.