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Medida Provisional

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Medida Provisional

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] Este texto se ocupa de la medida provisional en derecho procesal, generalmente. Véase también acerca de los “Litigios Judiciales en Europa“. Véase respecto a los diversos procedimientos judiciales.

Medida Provisional en el Derecho Europeo

En virtud del artículo 35 del Reglamento Bruselas I refundido, el juez local puede ordenar medidas provisionales o cautelares, aunque se haya atribuido a otro juez -o éste haya aceptado- la competencia para pronunciarse sobre el fondo del asunto, en particular en virtud de una cláusula de competencia.

En una sentencia dictada el 27 de enero de 2021, el Tribunal de Casación (Tribunal Supremo francés) se pronunció sobre la facultad del juez francés de ordenar la práctica de pruebas preparatorias in futurum (literalmente para el futuro) y alineó su posición con la noción autónoma de “medidas provisionales, incluso cautelares” prevista en el Reglamento Bruselas I refundido.

Según el artículo 35 del Reglamento (UE) nº 1215/2012, conocido como “Reglamento de Bruselas I refundido”[1], se pueden solicitar a los órganos jurisdiccionales de un Estado miembro las medidas provisionales y cautelares que pueda disponer la legislación de ese Estado miembro, aunque los órganos jurisdiccionales de otro Estado miembro sean competentes para conocer del fondo del asunto, en particular si existe una cláusula de competencia.

En el Derecho francés, la cuestión de todas las diligencias preparatorias in futurum -que pueden ordenarse antes de cualquier juicio- se ha abordado a la luz de este Reglamento.

De conformidad con el artículo 145 del Código de Procedimiento Civil francés, que tiene una gran relevancia práctica:

“Si existe una razón legítima para preservar o establecer, antes de cualquier proceso judicial, la prueba de los hechos de los que depende la resolución del litigio, podrán ordenarse, a petición de cualquier parte interesada, investigaciones preparatorias legalmente admisibles, mediante una moción ex parte o por medio de un procedimiento sumario.”

Concretamente, ¿puede el juez francés, en materia internacional, ordenar las investigaciones preparatorias in futurum sin tener en cuenta al juez competente sobre el fondo eventualmente designado por una cláusula de competencia?

En una decisión del 27 de enero de 2021, la Primera Sala de lo Civil de la Cour de Cassation confirmó que los tribunales franceses están facultados para ordenar investigaciones preparatorias in futurum, siempre que los jueces valoren las investigaciones preparatorias solicitadas.

En ese caso concreto, dos empresas francesas cedieron a una empresa alemana los derechos de distribución en exclusiva de una película y una serie de televisión, en virtud de sendos contratos de 30 de julio de 2012 y 26 de mayo de 2014, respectivamente. Ambos contratos incluían una cláusula de competencia según la cual los tribunales de Múnich (Alemania) eran competentes para conocer de cualquier litigio entre las partes.

Surgió una controversia entre las partes en relación con el correcto cumplimiento de sus obligaciones y la empresa alemana instó a las empresas francesas a que le facilitaran los documentos que acreditaran el presupuesto realmente realizado para la producción de la película y la serie.

Como las empresas francesas se negaron a cumplir, la empresa alemana presentó una solicitud al Presidente del Tribunal de Comercio de Salon-de-Provence para que se nombrara un agente judicial que realizara investigaciones informáticas y recuperara los datos.

Esta solicitud se concedió en virtud de órdenes judiciales, pero las empresas francesas solicitaron la revocación de dichas órdenes.

El Tribunal de Apelación de Aix-en-Provence denegó la competencia de los tribunales franceses al considerar que las investigaciones preparatorias solicitadas por la empresa alemana no eran ni provisionales ni cautelares, sino que tenían por objeto la obtención de pruebas ante la falta de voluntad de la empresa alemana de mantener una situación de hecho o de derecho.

La empresa alemana interpuso un recurso ante la Cour de Cassation. Ésta, basándose en el artículo 35 del Reglamento refundido de Bruselas I y en el artículo 145 de la Ley de Enjuiciamiento Civil francesa, anuló la decisión de apelación por falta de fundamento jurídico.

En efecto, observó que el Tribunal de Apelación había hecho una declaración general, sin investigar si las investigaciones preparatorias in futurum “no estaban destinadas a proteger al distribuidor contra el riesgo de perder pruebas, cuya conservación podría ser esencial para la resolución del litigio”.

En consecuencia, la Cour de Cassation consideró que correspondía a los jueces apreciar en concreto si las investigaciones preparatorias solicitadas estaban comprendidas en la categoría de medidas provisionales o cautelares en el sentido del artículo 35 del Reglamento Bruselas I refundido, o en la categoría de medidas de obtención de pruebas.

A este respecto, la Cour de Cassation vuelve a la posición que había adoptado antes de las recientes sentencias de 14 de marzo de 2018, que sugerían que el juez francés era siempre competente para ordenar cualquier investigación preparatoria sobre la base del artículo 145 del Código de Procedimiento Civil francés.

En efecto, en estas dos sentencias dictadas el 14 de marzo de 2018, la Sala Primera de lo Civil de la Cour de Cassation sostuvo que “sin tener que determinar el tribunal competente para pronunciarse sobre el fondo del asunto, […] que el tribunal francés era competente para ordenar, antes de cualquier juicio, las investigaciones periciales que se realicen en Francia y que tengan por objeto preservar o establecer la prueba de los hechos de los que pueda depender el resultado del litigio.”

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Además, la Cour de Cassation parece alinearse con la noción de derecho europeo autónomo de “medidas provisionales, incluidas las cautelares”, establecida en el artículo 35 del Reglamento Bruselas I bis.

El Tribunal de Justicia había adoptado un enfoque restrictivo de esta noción, al excluir las medidas de obtención de pruebas, ya que ha dictaminado que las “medidas provisionales, incluidas las cautelares” deben entenderse como referidas a “las medidas que, en las materias comprendidas en el ámbito de aplicación del Convenio [Reglamento Bruselas I bis], tienen por objeto preservar una situación de hecho o de derecho con el fin de salvaguardar los derechos cuyo reconocimiento se solicita al órgano jurisdiccional competente para el fondo del asunto”. Las medidas ordenadas con el fin de permitir al demandante evaluar la conveniencia de una posible acción, determinar el fundamento de dicha acción y evaluar la pertinencia de los argumentos jurídicos que pueden invocarse en este contexto, no están comprendidas en el concepto de “medidas provisionales, incluso cautelares”.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Al excluir las medidas de obtención de pruebas del ámbito de aplicación de la competencia especial prevista en el Reglamento refundido de Bruselas I, la Cour de Cassation ha vuelto a una posición pragmática y conforme al Derecho de la Unión. En efecto, las medidas de obtención de pruebas, como las investigaciones periciales ordenadas por el tribunal, tienen un estrecho vínculo con el fondo del asunto, lo que exige mantener una unidad entre la fase probatoria y el fondo. Por otra parte, el juez local es a menudo el más indicado para pronunciarse sobre las medidas provisionales y cautelares, a la espera de una decisión sobre el fondo del asunto.

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Queda pendiente la cuestión de cómo deben valorar los jueces que deciden sobre el fondo del asunto la finalidad de las diligencias preparatorias solicitadas por el litigante. ¿Dependerá de la voluntad declarada de la parte que solicita dichas investigaciones o de sus características específicas en el derecho doméstico?

En estas circunstancias, los profesionales del derecho deben estar muy atentos a la hora de exponer los motivos de su solicitud de investigación preparatoria y de elaborar su estrategia procesal.

Revisor de hechos: ST

Traducción al Inglés

En el ámbito de los derechos procesales, la traducción de medida provisional es interim measure. Asimismo, la traducción de medida provisional es provisional measure.

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1 comentario en «Medida Provisional»

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