Navegabilidad
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Navegabilidad en Derecho Marítimo
[rtbs name=”derecho-maritimo”]Definición de Navegabilidad: [Traducción de Navegabilidad en francés: “navigabilité”] [Traducción de Navegabilidad en otras lenguas en el Diccionario jurídico, véase: “navegabilidad”] [Traducción de Navegabilidad en italiano: “navigabilità”] [Traducción de Navegabilidad en alemán: “Seetüchtigkeit”] – un tema fundamental en el derecho marítimo, en referencia a la obligación de los armadores y transportistas (véase este término en la presente plataforma internacional) para proporcionar un ajuste buque y la tripulación para hacer frente a los peligros de la mar.Entre las Líneas En el transporte de mercancías por mar, en virtud del art. 3 (1) de la Haya y las Reglas de La Haya / Visby (véase este término en la presente plataforma internacional), el transportista debe ejercer la “diligencia debida” antes y al comienzo del viaje “(a) para hacer que el barco en condiciones de navegar; (b) al hombre correctamente, equipar y suministrar la nave, y (c) para hacer que la sostiene, de refrigeración y las cámaras frías, y todas las demás partes de la nave en la que se transporten mercancías, en forma y seguro para su recepción, transporte y conservación”. Aunque es menos exigente que el deber absoluto de la navegabilidad de la antigua ley común, que se aplica en todo momento y en todas las etapas del viaje, la obligación de diligencia debida ha sido considerada una obligación primordial en el soporte (ver Maxine calzado Co., Ltd. v canadiense Gobierno marina mercante [1959] AC 589 en las págs. 602-603 (PC)). El transportista tiene la obligación de probar que la debida diligencia se ha ejercido. El ejercicio de la debida diligencia es único material si la falta de navegabilidad fue la causa inmediata de la pérdida o daño de las mercancías transportadas (ver Eisenerz GmbH v. Federal de Comercio y Navegación Co. (The Oak Hill) [1974] SCR 1225, [1975 ] 1 de Lloyd Rep. 105 (Supr. Ct. de Can.)). Por otra parte, la obligación de diligencia debida no puede ser delegada (ver Riverstone Meat Co. Pty. Ltd. v. Lancashire Shipping Co. (El castillo de Muncaster) [1961] AC 807, [1961] 1 de Lloyd Rep. 57, 1961 AMC 1357 (HL)). Cuando los contratistas actúan con cuidado y de manera competente, sin embargo, la compañía ha llevado a cabo de haber cumplido con su obligación de debida diligencia (véase Unión de la India v. N. V. Reederij Amsterdam (Amstelslot) [1963] 2 de Lloyd Rep. 223 (H. L.)) (consulte más sobre estos temas en la presente plataforma en línea de ciencias sociales y humanidades). Bajo las Reglas de Hamburgo (véase este término en la presente plataforma internacional), art. 5 (1), la obligación de diligencia debida no se menciona expresamente, ni es navegabilidad.Puntualización
Sin embargo, la obligación del transportista en virtud de dicha disposición para demostrar que él, sus criados y sus agentes adoptaron todas las medidas que razonablemente podían exigirse para evitar el hecho y sus consecuencias, parece imponer una obligación de diligencia debida en todos los tiempos y todas las etapas de la travesía. Ver Tetley, M.C.C, 4 Ed, 2008, en las páginas 875-950…; Tetley, International. M. & A. L., 2003 en las págs. 52-53.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Navegabilidad es también un requisito de fletamento, y también se encuentra en el derecho público, en la legislación que rige el contrato de trabajo y la inspección del buque de vapor (por ejemplo Canada Shipping Act de 2001, SC 2001, c. 26, seccións marineros. 85 (1) y (2) y 222 (1)). También se encuentra en el seguro marítimo (por ejemplo, Ley de Seguros de Transportes del Reino Unido, 1906, 7 Edw VII, c 41, sección 39,… Véase el texto en Tetley, International M. y otros, 2003, Apéndice “O “en las págs. 825-859). Véase también la Ley de Seguros de Transportes de Canadá, C.C. 1993, cap. 21, secc. 37), así como en promedio general (véase este término en la presente plataforma internacional). Ver Tetley, International. M. & A. L., 2003 en las págs. 162-163 (fletamento), 599-601 (seguro marítimo), 52-53 (promedio general).
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.Nota: traducido por William Lawrence
En Derecho Anglosajón
Hay información relativa a navegabilidad en el derecho marítimo anglosajón en la siguiente entrada de la plataforma de derecho marítimo: navegabilidad en inglés (Seaworthiness).
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.