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Negocio Accesorio

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Negocio Accesorio

Este elemento es un complemento de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]A continuación se examinará el significado.

¿Cómo se define? Concepto y Caracteres de Negocio Accesorio

Definición y descripción de Negocio Accesorio ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por José Antonio Márquez González) Los negocios accesorios (auxiliares, dependientes) presuponen lógicamente el fenómeno de la pluralidad negocial o contractual. Un negocio accesorio es aquel que tiene vida precisamente en función de otro (llamado por esta razón “principal”). La legislación (del país azteca) no reconoce el término “negocio”, vocablo éste de gran arraigo y tradición en algunas doctrinas y codificaciones extranjeras, pero ello no impide que en la doctrina se haya establecido ya por algunos autores (Ortiz Urquidi, Domínguez Martínez) la conveniencia de su adaptación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Puntualización

Sin embargo, para nuestros propósitos, referiremos exclusivamente estas líneas a la figura, “contrato”, si bien resultará claro que el desplazamiento del acto negocial vedará un amplio campo doctrinal a nuestro estudio.

Más sobre el Significado de Negocio Accesorio

El derecho de los antiguos romanos no desconoció la figura aquí tratada. Ellos también hablaban de contratos principales y de contratos accesorios, éstos últimos dependientes de aquéllos, a los que estaban vinculados generalmente por una relación de garantía en su cumplimiento. Así, por ejemplo, el caso de una fianza sobre un contrato de locación (Peña Guzmán Argüello, página 264).

Recursos

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Véase También

Bibliografía

Fueyo Laneri, Fernando, Derecho civil; 2ª edición, Santiago de Chile, Imprenta y Litográfica Universo, 1964. tomo V, volumen II; Lozano Noriega, Francisco, Cuarto curso de derecho civil; contratos; 2ª edición, México, Asociación Nacional del Notariado Mexicano, antes de la era común, 1970; Peña Guzmán, Luis Alberto y Argüello, Luis Rodolfo, Derecho romano; 2ª edición, Buenos Aires, Tipográfica Editora Argentina, 1966;Sánchez Medal, Ramón, De los contratos civiles; 5ª edición, México, Porrúa, 1980, Santoro Passarelli, Francesco, Doctrinas generales del derecho civil; traducción de Agustín Pons Serrano, Madrid, Editorial Revista de Derecho Privado, 1964; Zamora y Valencia, Miguel Angel, Contratos civiles, México, Porrúa, 1981.

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