Oficio
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Noción de Oficio
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de oficio, la siguiente definición: Conjunto de cualificaciones profesionales que habilitan a una persona para un determinado trabajo; por extensión, ocupación habitual, trabajo o profesión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Ha sido uno de los criterios utilizados para definir los grupos profesionales y las categorías profesionales (agrupaciones de varios oficios) y para la formación de los sindicatos (sindicato de oficio), particularmente durante los primeros estadios de la industrialización y del movimiento sindical. Hoy en día la clasificación de los trabajadores por oficios ha perdido importancia y en el terreno sindical (salvo en el caso de los sindicatos profesionales) está siendo sustituida por la organización sobre la base de industrias o sectores económicos.
Noción de Ocupación, Profesión u Oficio en el Contexto del Mercado de Trabajo
En relación a las relaciones laborales españolas, ocupación, profesión u oficio ha sido definido [1] de la siguiente forma: Clase o tipo de trabajo desarrollado durante la semana natural anterior a la entrevista, con especificación del puesto de trabajo desempeñado. El nivel se engloba dentro del marco de la Clasificación Nacional de Ocupaciones de 1994 (CNO 94) y se basa en el concepto de cualificación, relativo al grado de complejidad de las tareas que se realizan y a su especialización. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Se utiliza el nivel de agregación en 10 grandes grupos:
1. Dirección de las Empresas y de las Administraciones Públicas.
2. Técnicos y Profesionales Científicos e Intelectuales.
3. Técnicos y Profesionales de Apoyo.
4. Empleados de Tipo Administrativo.
5. Trabajadores de los Servicios de Restauración, Personales, Protección y Vendedores de los Comercios.
6. Trabajadores Cualificados en La Agricultura y en La Pesca.
7. Artesanos y Trabajadores Cualificados de Industrias Manufactureras, Construcción, Minería, Excepto Operadores de Instalaciones y Maquinaria.
8. Operadores de Instalaciones y Maquinaria y Montadores.
9. Trabajadores No Cualificados.
10. Fuerzas Armadas
Noción de Oficio en el Contexto del Mercado de Trabajo
En relación a las relaciones laborales españolas, oficio ha sido definido [1] de la siguiente forma: Ocupación habitual. Es el conjunto coherente de saberes, técnicas y aptitudes relacionado con uno o varios campos estructurados de conocimientos y que resulta necesario para el ejercicio de varios empleos de una misma familia. Un oficio evoluciona con el desarrollo de las ciencias y las técnicas y con las transformaciones.
Oficio en el Derecho Social
1. Ocupación habitual, profesión mecánica o manual. Empero este concepto es relativo porque no todo trabajador desempeña invariablemente la misma tarea habitual y porque todo trabajo tiene elementos intelectuales.
Oficio: Desarrollo de la idea
2. Los trabajadores pueden constituir asociación gremial (profesional, con más propiedad) sea que se desempeñen en una misma actividad o en actividades afines por tener intereses comunes, o en actividades distintas que desempeñen un mismo oficio, profesión o categoría.
Los estatutos de las asociaciones gremiales de trabajadores deben contener la determinación de actividad, oficio, profesión o categoría representados.
Las federaciones se constituyen para cada actividad, oficio, profesión o categoría, pudiendo solicitar a la autoridad de aplicación su inscripción y personería gremial.
En caso de disolución de la asociación, se asigna el patrimonio entre los sindicatos de la misma actividad, oficio, profesión o categoría.
Detalles
3. Según un criterio normativo la afiliación a la asociación se cancela por cesar en el oficio, profesión, etc. Sostengo que no es conveniente el criterio porque desvincula a una persona que también merece tutela, por su oficio o profesión, y como miembro de una entidad de la que puede recibir servicios sociales (sindicales); con igual criterio se admite la afiliación del jubilado, accidentado, enfermo, inválido, del desocupado y de quien presta el servicio militar.
Otros Aspectos
4. A los efectos de la inscripción como asociación en el registro especial que lleva el Ministerio de Trabajo, se exige que en la nómina de los integrantes del organismo directivo se indique la profesión u oficio.
Más Detalles
5.Entre las Líneas En el régimen argentino, en caso de existir un sindicato con personería gremial, solo puede concederse esa personería en igual zona de actuación a otro sindicato de la misma actividad, oficio, profesión o categoría, cuando el número de afiliados cotizantes de este último fuera considerablemente superior al de los pertenecientes a la asociación que goza de personería gremial, durante un período mínimo y continuado de seis meses inmediatos anteriores al momento en que la asociación gremial interesada realice la solicitud pertinente. Pues la personería gremial se concede, entre otros requisitos, a la asociación que tenga mayor número de afiliados en la actividad, oficio, etc. La autorización para actuar en una zona menor a la zona que ya está asignada a otra asociación es posible si el desarrollo económico de la zona y la característica de las asociaciones respectivas así lo aconsejaren. [1]
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Eduardo Giorlandini y Rodolfo Capon Filas, Diccionario de derecho social: derecho del trabajo y la seguridad social: relaciones colectivas profesionales, voz “Oficio”, (autor de la voz: E. G.), Rubinzal-Culzoni Editores, Argentina, 1991
Véase También
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- Encuesta de Población Activa (I.N.E.)
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- Concepto sobre oficio originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
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