Órgano Judicial
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Órgano Judicial en el Derecho Legislativo y Político
Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:
Origen de la Expresión
La idea de órgano debe distinguirse de la de poder, por lo que no alude tanto a la función como a la estructura. Por ello, órgano judicial es el aparato, la organización del poder encargado de impartir justicia: tribunales y jueces y, por extensión las procuradurías. El órgano judicial es el aparato u organización que se encarga de conocer y resolver las controversias entre particulares, poderes públicos o entre éstos, escuchando a las partes en un juicio y basado sus resoluciones en el derecho. Para tal objetivo, existen distintos órganos jurisdiccionales que con base en criterios que competencia (materia, cuantía, jurisdicción) conoce de las diferencias entre las partes. Es decir, es la instancia que representa al Estado para dar cumplimiento a una de sus atribuciones, la aplicación de la norma (generalmente por los organismos y autoridades públicas, incluido las fuerzas y cuerpos de seguridad y orden público), a efecto de preservar la convivencia social.
Desarrollo de Órgano Judicial en este Contexto
Los órganos en los que se deposita la función judicial, están a cargo de jueces, considerados como aquellos individuos investidos legalmente, por el Estado “para declarar el derecho en cada caso concreto”. De ahí, que cada vez, que se hace referencia a órganos judiciales nos tenemos que referir al término jurisdicción, como una potestad o atributo del Estado para que a través de sus órganos aplique éste su derecho.Entre las Líneas En varios países el órgano judicial posee una segunda atribución consistente en el control constitucional de las leyes y actos de los otros poderes. Es decir, el órgano judicial le corresponde vigilar que el Legislativo y Ejecutivo actúen dentro del ámbito de competencia que les ha asignado la ley; por lo que, en estos casos es intérprete en última instancia de un marco jurídico. A partir de esta concepción, es conveniente señalar que cuando se hace referencia al órgano judicial, se está hablando de instancias encargadas de impartir justicia, mediante la aplicación del derecho; función, muy distinta, a la procuración de justicia a cargo del Ministerio Público, aunque en estricto sentido, pudiera considerarse como judiciales algunas actuaciones de éste, pero en razón de su propia competencia no lo son, como el solicitar la aplicación del derecho y ser el representante de la sociedad.
Más Detalles
Su relación con el derecho parlamentario, estriba en diversos rubros: en primer lugar, el parlamento es el encargado de elaborar las leyes, por lo que regularmente existe una comunicación entre estos dos órganos, a efecto de que el Congreso o una Cámara conozca la opinión de los especialistas, para ampliar su marco de referencia de una reforma legal; en otros casos, los nombramientos de ciertos integrantes de los órganos judiciales, pasan por la aprobación del parlamento o bien, puede presentarse la situación, que un órgano judicial requiera de información que posee el órgano legislativo o viceversa, teniendo los dos la misma facultad de poder solicitársela.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Órgano Judicial en el Derecho Parlamentario
[rtbs name=”parlamentarismo”]Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
ACOSTA ROMERO, Miguel, Teoría General del Derecho Administrativo, Porrúa, México, 1986.
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Recursos
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Bibliografía
ACOSTA ROMERO, Miguel, Teoría General del Derecho Administrativo, Porrúa, México, 1986.
BURGOA, Ignacio, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1982, 4a. ed. FRAGA, Gabino, Derecho Administrativo, Porrúa, México, 1990.
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