▷ Sabiduría mensual que puede leer en pocos minutos. Añada nuestra revista gratuita a su bandeja de entrada.

Pérdidas Fiscales

▷ Regístrate Gratis a Nuestra Revista

Algunos beneficios de registrarse en nuestra revista:

  • El registro te permite consultar todos los contenidos y archivos de Lawi desde nuestra página web y aplicaciones móviles, incluyendo la app de Substack.
  • Registro (suscripción) gratis, en 1 solo paso.
  • Sin publicidad ni ad tracking. Y puedes cancelar cuando quieras.
  • Sin necesidad de recordar contraseñas: con un link ya podrás acceder a todos los contenidos.
  • Valoramos tu tiempo: Recibirás sólo 1 número de la revista al mes, con un resumen de lo último, para que no te pierdas nada importante
  • El contenido de este sitio es obra de 23 autores. Tu registro es una forma de sentirse valorados.

Pérdidas Fiscales

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre las “Pérdidas Fiscales”.

A continuación se examinará el significado. compensación por pérdidas

¿Cómo se define? Concepto de Realizar Pérdidas en Economía

[rtbs name=”home-economia”]Significado de realizar pérdidas: Operación de venta de títulos, cuando con esta venta se materializan las pérdidas por diferencia de precios entre las ventas y las compras.(1)

Pérdidas Fiscales en las Empresas y sus Limitaciones

Esta sección, como ejemplo, analiza la cuota o parte asignable de pérdidas fiscales en la Sociedad de responsabilidad limitada (LLC) americana y su limitación de base.

Según el art. 704(d), la parte asignable de pérdidas de un miembro de una sociedad de responsabilidad limitada (LLC) gravada como sociedad colectiva es deducible sólo en la medida de la base externa del miembro en su participación en la LLC al final del año de la LLC. Al determinar la base externa de un miembro al final del año, los ajustes por aumentos y disminuciones se realizan en un orden específico de acuerdo con Regs. Sec. 1.704-1(d)(2).

Orden específico de los ajustes de la base

En primer lugar, la base se incrementa con todos los ajustes de base positivos, incluidas las aportaciones en efectivo y en bienes del año en curso, los ingresos procedentes de operaciones y los ingresos no imponibles (Sec. 705(a)(1)). A continuación, se disminuye la base (pero no por debajo de cero) para tener en cuenta las distribuciones del año en curso. Las distribuciones no liquidables de efectivo o bienes se consideran realizadas el último día del año de la LLC si dichas distribuciones son anticipos o giros contra la parte de los ingresos de la LLC correspondiente a un miembro. Si tanto el efectivo como la propiedad se distribuyen en la misma transacción, se considera que el efectivo se distribuye primero (Sec. 732(a)(2)). Por último, la base se disminuye (no por debajo de cero) por la participación del miembro en las pérdidas de la LLC para el año, incluyendo cualquier arrastre de años anteriores.

Los ajustes a la base de la participación de un miembro en una LLC deben realizarse en el orden descrito anteriormente, ya que el orden en que se realicen los ajustes puede afectar a la deducibilidad de las pérdidas de la LLC por parte del miembro. Por ejemplo, supongamos que una LLC realiza una distribución de efectivo a un miembro y asigna pérdidas a ese miembro en el mismo ejercicio fiscal, y el efecto neto es reducir la base imponible del miembro por debajo de cero. El orden en que se ajusta la base del miembro por esos conceptos determina el tratamiento fiscal de la distribución y la asignación de pérdidas. El orden correcto de las transacciones es reducir la base primero para la distribución. Suponiendo que el importe de la distribución no supere la base imponible del miembro, la distribución no tiene consecuencias fiscales. La base se reduce entonces por la pérdida asignada. En la medida en que la pérdida exceda la base de la participación del miembro, no es deducible y debe suspenderse hasta el momento en que el miembro tenga base suficiente para deducir la pérdida (la regla de la “base cero”).

Si los ajustes se hubieran realizado en el orden incorrecto, la base se habría reducido primero por la parte asignable del miembro de la pérdida de la LLC. Suponiendo que el importe de la pérdida no supere la base del miembro, la pérdida es totalmente deducible. Si la base se reduce entonces por el importe de la distribución de efectivo, el miembro reconocerá la ganancia en la medida en que el efectivo recibido supere la base de su participación en la LLC.

Ejemplo 1

D y K constituyen DKLA LLC para comercializar moda femenina. DKLA está clasificada como sociedad colectiva a efectos fiscales federales. D y K tienen ambos una participación del 50% en el capital y los beneficios de la LLC. D aporta 250.000 $ y K aporta un pequeño edificio de oficinas con un valor justo de mercado de 250.000 $ y una base fiscal de 150.000 $. Durante el primer año de operaciones de la LLC, ésta incurre en una pérdida de explotación de 300.000 $ y distribuye 25.000 $ cada uno a D y K como anticipo. Al final del primer ejercicio fiscal, la LLC no tiene deudas pendientes, y D y K calculan sus cuentas de capital de base imponible.

La participación de K en la pérdida de la LLC está limitada porque supera la base exterior de su participación en la LLC. K puede trasladar los 25.000 $ de pérdida suspendida indefinidamente hasta que disponga de base adicional contra la que deducirla.

▷ En este Día de 18 Mayo (1899): Primera Convención de La Haya
Tal día como hoy de 1899, la primera de una serie de conferencias internacionales que dieron lugar a la Convención de La Haya comenzó en La Haya (Países Bajos). El zar Nicolás II, de Rusia, y el conde Mikhail Nikolayevich Muravyov, su ministro de Asuntos Exteriores, fueron decisivos para iniciar la conferencia. (Imagen de wikimedia del Zar)

Tratamiento de las pérdidas suspendidas

Normalmente, la parte distributiva de un miembro de los elementos de la LLC en un año de pérdidas se compone de varios componentes declarados por separado. Los componentes pueden incluir la pérdida de capital a largo plazo, la pérdida de capital a corto plazo, la pérdida ordinaria de las operaciones y los gastos de inversión-interés, y también pueden incluir partidas de ingresos. En un año en el que las diversas partidas de la LLC declaradas por separado se combinan para producir una pérdida global superior a la base exterior del miembro, se hace necesario determinar qué partidas de pérdidas se declaran actualmente y cuáles se difieren.

Por lo general, si la deducción de las pérdidas de la LLC por parte de un miembro está limitada por la base externa, se le permite deducir una parte prorrateada de cada partida declarada por separado que compone la pérdida neta, incluidas las cantidades arrastradas debido a las limitaciones de base de años anteriores (Regs. Sec. 1.704-1(d)(2)). El saldo de la pérdida se traslada al ejercicio siguiente y puede deducirse en años futuros cuando aumente la base del miembro.

Si a un miembro se le asignan tanto ingresos como deducciones para un ejercicio fiscal en el que tiene una pérdida neta de la LLC superior a su base exterior, el miembro puede deducir las pérdidas de la LLC hasta el importe de los ingresos asignados de la LLC. Presumiblemente, el miembro deduce una parte prorrateada de cada partida de pérdida declarada por separado hasta la cantidad de ingresos asignados. A continuación, puede deducir una parte prorrateada de las partidas de pérdidas restantes hasta el importe de su base exterior.

Ejemplo 2

P, Q y M forman D Enterprises LLC, que está clasificada como sociedad colectiva a efectos fiscales federales. Cada miembro tiene una participación del 33,33% en el capital y los beneficios de la LLC. La LLC no tiene deudas pendientes. Al comienzo del año en curso, P tiene una base imponible y una cuenta de capital de base imponible de 10.000 $.

En su declaración del impuesto sobre la renta individual, P declara los 5.000 $ de ingresos de la cartera y puede deducir 15.000 $ de las pérdidas asignadas a la LLC -su base de 10.000 $ incrementada por los 5.000 $ de ingresos declarados. Las pérdidas de 11.000 $ se suspenden y se trasladan a ejercicios posteriores. La pérdida deducible se compone de una parte proporcional de cada partida de pérdidas de la LLC.

Interacción con otras limitaciones de pérdidas

Si una asignación de pérdidas a un miembro de la LLC es válida en virtud de las normas de la Sec. 704 y el miembro tiene base suficiente para deducir la pérdida, ésta aún puede limitarse en virtud de las limitaciones de pérdidas a riesgo o pasivas. Tenga en cuenta que primero se aplica la limitación de la base, después las limitaciones a riesgo y, por último, las limitaciones de las pérdidas pasivas (Temp. Regs. Sec. 1.469-2T(d)(6)).

Es importante tener en cuenta que una pérdida reduce la base de un miembro aunque posteriormente pueda limitarse en virtud de las normas sobre pérdidas a riesgo o pasivas, y la base de un miembro no será automáticamente igual a la cantidad a riesgo que haya invertido en la LLC.

Ejemplo 3

W invirtió 10.000 $ a cambio de una participación del 15% en una SRL de año natural y de base devengada que explotará una tienda minorista. (Los 10.000 $ se componen de 6.000 $ procedentes de ahorros personales y 4.000 $ prestados por R, que posee una participación del 25% en la LLC). A W, que no participa materialmente en las operaciones de la entidad, se le asigna una pérdida pasiva de 11.000 $ al final del primer año. No recibe ingresos pasivos de otra fuente.

La limitación de base de W restringe su pérdida deducible a 10.000 $. A continuación, las reglas de riesgo limitan su pérdida deducible a 6.000 $ (la cantidad no prestada por una persona que tenga un interés en la sociedad). Finalmente, las reglas de pérdida por actividad pasiva reducen su pérdida deducible a cero. Por lo tanto, toda su pérdida del primer año de $11,000 se suspenderá y se trasladará en el siguiente orden: $1,000 bajo las reglas de limitación de base; $4,000 bajo las reglas de riesgo; y $6,000 bajo las reglas de pérdida de actividad pasiva.

Las ganancias por la enajenación de activos involucrados en una actividad, o por la enajenación de una participación en una sociedad, aumentan la cantidad en riesgo de un miembro, mientras que las pérdidas por actividades pasivas suspendidas están disponibles en el momento de la enajenación completa de una participación en una LLC a una parte no relacionada en una transacción totalmente imponible. Por el contrario, la ganancia por la venta de una participación en una LLC no permite la deducción de las pérdidas suspendidas por falta de base.

Ejemplo 4

Continuando con los mismos hechos que en el ejemplo 3, suponga que W vende su participación en la LLC a una persona no vinculada por 20.000 $ el 1 de enero del año siguiente. La pérdida de traspaso del primer año redujo la base de W a cero, por lo que reconocerá una ganancia de $20,000 por la venta.

La ganancia no aumenta la base de W, por lo que no puede deducir la pérdida de 1.000 $ suspendida en virtud de las normas de limitación de la base. Sin embargo, la ganancia por la venta de la participación en la LLC sí aumenta la base a riesgo y permite a W deducir la pérdida de 4.000 $ suspendida en virtud de las normas de limitación de la base. Además, la pérdida de 6.000 $ suspendida en virtud de las normas sobre pérdidas de actividades pasivas puede deducirse porque W vendió la totalidad de su participación en la actividad pasiva a una parte no vinculada.

Observación

Si bien las normas sobre actividades de riesgo y pasivas se aplican generalmente actividad por actividad, las actividades a efectos de la aplicación de las normas sobre actividades de riesgo pueden no ser las mismas que las actividades definidas por las normas sobre pérdidas de actividades pasivas. Por ejemplo, ciertas actividades deben segregarse a efectos de riesgo, y las cantidades en riesgo en estas actividades separadas no están disponibles para respaldar las deducciones de pérdidas de otras actividades (Sec. 465(c)(2)).

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Revisar de hechos: Rouwen,14

Preservar las pérdidas fiscales y venta forzosa

Aquí se examina, como ejemplo, la posibilidad de preservar las pérdidas fiscales evitando las reglas de la venta forzosa (Wash-Sale) en América, en relación a la tributación de las rentas de la persona física.

Un contribuyente no puede deducir la pérdida realizada en la venta de acciones o valores (incluidas las participaciones en un fondo de inversión) si el contribuyente compra acciones o valores sustancialmente idénticos dentro del período que comienza 30 días antes y termina 30 días después de la venta (Sec. 1091(a)). Las normas sobre ventas de lavado se aplican a las acciones, los valores, las opciones y las ventas en corto, pero no se aplican a las operaciones con contratos de futuros sobre divisas y materias primas (Rev. Ruls. 71-568 y 74-218). Se aplican tanto si el contribuyente dispone voluntaria como involuntariamente de las acciones o valores. Por lo tanto, el contribuyente debe tener cuidado cuando reemplace acciones que vendió con pérdidas.

Observación: A primera vista, las normas de la Sec. 1091 sobre las ventas de lavado parecen impedir que un contribuyente reconozca nunca una pérdida cuando vende acciones en los 30 días siguientes a su compra. Afortunadamente, la Rev. Rul. 56-602 establece que la Sec. 1091 no está destinada a aplicarse a las ventas de buena fe realizadas para reducir las tenencias del contribuyente de la acción o valor. Por lo tanto, a un contribuyente que compra 200 acciones de un título y en los 30 días siguientes vende 100 acciones con pérdidas, no se le desautorizará la pérdida en virtud de las reglas de la venta de lavado. Sin embargo, las reglas se aplicarán si el contribuyente adquiere acciones adicionales dentro de los 30 días siguientes a la venta con pérdidas.

Para que se apliquen las reglas de “wash-sale”, las acciones o valores deben ser sustancialmente idénticos. Normalmente, las acciones o valores de una sociedad no se consideran sustancialmente idénticos a las acciones o valores de otra sociedad.

Partes vinculadas

Algunos contribuyentes han intentado eludir las normas de la venta forzosa haciendo que una parte vinculada compre las acciones o valores de sustitución. Aunque el art. 1091 y los reglamentos no se aplican a las partes vinculadas, los tribunales generalmente no han permitido la pérdida en estas situaciones ( Shoenberg , 77 F.2d 446 (8th Cir. 1935)). Asimismo, cuando un contribuyente vende un activo con pérdidas y su cuenta IRA compra un activo idéntico dentro de los plazos de la Sec. 1091, la compra por parte de la cuenta IRA se tratará como una compra por parte del contribuyente y no se admitirá la pérdida (Rev. Rul. 2008-5).

Los contribuyentes también deben ser conscientes de las normas de la Sec. 267 sobre transacciones entre partes vinculadas. Los tribunales han dictaminado que la sustitución formaba parte del plan original o, en algunos casos, que la venta por parte de un contribuyente y la compra por parte de un contribuyente vinculado deben agruparse en una única transacción entre partes vinculadas, lo que da lugar a la anulación de la pérdida en virtud del art. 267 ( McWilliams , 331 U.S. 694 (1947)). Sin embargo, si la adquisición de un activo idéntico por una parte vinculada “es puramente casual y no está preacordada”, la transacción no está sujeta a las normas de desautorización de pérdidas de partes vinculadas (IRS Publication 550, Investment Income and Expenses , p. 52 (2012)).

Precaución

A diferencia del art. 1091, no existe un límite temporal específico para la aplicación del art. 267. Si se rechaza una pérdida en una venta porque una parte vinculada adquirió un activo similar como parte de un plan preestablecido, pueden aplicarse las normas del Sec. 267. Así, la mera planificación de la readquisición para que se produzca más de 30 días antes o después de la venta con pérdida no hará que la pérdida sea deducible. Además, una pérdida rechazada por la Sec. 267 no afecta a la base de ninguna propiedad. En cambio, la pérdida sólo es beneficiosa en la medida de cualquier ganancia realizada cuando la parte vinculada vende el bien. Si la parte vinculada vende posteriormente la propiedad con pérdidas, la pérdida anteriormente desautorizada desaparece para siempre.

📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras:

Los suegros no son partes vinculadas según el art. 267 y, por lo tanto, utilizar a un suegro para comprar acciones o valores puede lograr el objetivo del contribuyente de conservar el control y reconocer la pérdida en la venta de las acciones. En los estados de bienes gananciales, los cónyuges suelen poseer cada uno la mitad de los bienes conyugales. En esos estados, el uso de un “en-ley” para evitar las reglas de “wash-sale” puede ser efectivo sólo para la mitad de la pérdida.

Consecuencias del lavado de activos

Una pérdida que un contribuyente no reconoce en virtud de las reglas de la venta lavada se difiere generalmente; es decir, la base en las acciones o valores sustancialmente idénticos se incrementa en el importe de la pérdida no reconocida. Además, el período de tenencia de los valores adquiridos incluye el de las acciones originales vendidas.

Ejemplo 1

H adquirió 100 acciones de T Corp. el 12 de octubre de 2009, a 30 $ por acción. El 16 de noviembre de 2011, H compra otras 100 acciones por 15 $ por acción. El 5 de diciembre de 2011, vende sus 100 acciones originales por 12 $ por acción para una pérdida de capital a largo plazo de 1.800 $ (1.200 $ de producto de la venta menos 3.000 $ de base). El 2 de enero de 2012, vende sus 100 acciones restantes por 16 $ por acción.

En virtud de las normas de venta de lavado, H no puede reconocer la pérdida de 1.800 $ de la venta del 5 de diciembre de 2011 porque adquirió 100 acciones de la misma acción en los 30 días siguientes a la venta. En su lugar, la pérdida de 1.800 $ se añade a la base de las acciones que compró el 16 de noviembre de 2011. También se añade el periodo de tenencia de esas acciones. Cuando vende sus acciones restantes el 2 de enero de 2012, reconoce una pérdida de capital a largo plazo de 1.700 $ (1.600 $ de producto de la venta menos 3.300 $ de base).

Un contribuyente puede utilizar una venta de lavado para generar un tratamiento de ganancia de capital a largo plazo si las acciones aumentan de valor. Un contribuyente también puede convertir una pérdida a corto plazo en una pérdida a largo plazo menos deseable.

Ejemplo 2

En marzo de 2011, J reconoció una pérdida a corto plazo de 2.000 $ por la venta de 100 acciones de Y , Inc. que adquirió en abril de 2010 (es decir, que mantuvo durante 11 meses). Dos semanas después de la venta, el precio de las acciones disminuyó aún más hasta el punto de que J consideró que podría ganar dinero con las acciones a corto plazo. Recompró 100 acciones de Y dentro de los 30 días siguientes a la venta; por lo tanto, la primera venta es una venta de lavado, y la pérdida no se reconoce. La base en las nuevas acciones se ajusta por la pérdida no reconocida, y el período de tenencia de 11 meses desde la primera venta se añade a las nuevas acciones.

J vendió las acciones Y en noviembre de 2011 con una ganancia de 4.000 $. J tributa por la ganancia al tipo de la plusvalía a largo plazo, ya que se considera que ha mantenido las acciones más de 12 meses (de abril de 2010 a noviembre de 2011).

Un resultado opuesto y menos deseable que podría ocurrir debido a una venta de lavado es la conversión de una pérdida de capital a corto plazo en una pérdida de capital a largo plazo. Si, en el ejemplo anterior, J vendió las acciones recompradas por una pérdida de 4.000 $ (en lugar de una ganancia) en noviembre de 2011, la pérdida sería una pérdida de capital a largo plazo. En este caso, las reglas de “wash-sale” han convertido lo que habrían sido dos pérdidas de capital a corto plazo separadas en una única pérdida a largo plazo.

Las Reglas

Las reglas de la venta de lavado pueden ser particularmente problemáticas si un inversor enajena varios bloques de acciones al mismo tiempo y recompra las mismas acciones dentro del período de 30 días antes o después de la venta. En este caso, si algunos bloques generan ganancias mientras que otros generan pérdidas, los que generen pérdidas pueden ser desautorizados en virtud de las normas de las ventas de lavado. Aunque las ventas de los distintos bloques se produjeran el mismo día, los que generan pérdidas sujetas a las reglas de la venta de lavado no pueden compensar las ganancias de otros bloques (Rev. Rul. 70-231).

La aplicación de las reglas de “wash-sale” es bastante sencilla cuando las transacciones implican la venta y la compra de la misma acción o valor (por ejemplo, acciones de IBM). Las reglas son más difíciles de aplicar en situaciones que implican diferentes tipos de inversiones financieras relacionadas con el mismo valor. Por ejemplo, una pérdida por la venta de 100 acciones de IBM seguida (en un plazo de 30 días) por la compra de una opción de compra de 100 acciones de IBM tendrá como consecuencia que la pérdida de acciones sea rechazada en virtud de las normas de venta por lavado. Del mismo modo, una pérdida de acciones seguida muy de cerca por la venta de una opción de venta deep-in-the-money sobre la misma acción (es decir, una opción de venta con un precio de ejercicio sustancialmente superior al precio de mercado actual de la acción, de modo que no exista una probabilidad sustancial de que la opción de venta no se ejerza) puede dar lugar a la desautorización de la pérdida (Rev. Rul. 85-87).

Aunque una acción y una opción sobre esa acción constituyen generalmente valores sustancialmente idénticos, pueden no serlo en todos los casos. Podría decirse que una opción de venta que no está deep in the money, como se comenta en la Rev. Rul. 85-87, no es sustancialmente idéntica a la acción subyacente. Los profesionales deben prestar atención a toda la actividad de inversión de un contribuyente cuando planifiquen las reglas de la venta de lavado.

Revisor de hechos: Warren,12

Recursos

[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]

Notas

  1. Basado en una definición de realizar pérdidas de Cambó (2007)

Véase También

Bibliografía

  • Información acerca de “Realizar Pérdidas” en el Diccionario de Economía y Empresa, Manuel Ahijado Quintillan y otros, Ediciones Pirámide, Madrid, España
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoce a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparta con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.

Foro de la Comunidad: ¿Estás satisfecho con tu experiencia? Por favor, sugiere ideas para ampliar o mejorar el contenido, o cómo ha sido tu experiencia:

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Descubre más desde Plataforma de Derecho y Ciencias Sociales

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo