Policía Egipcia
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Artículo 206 de la Constitución Egipcia
En la Constitución vigente de Egipto, el Artículo 206, ubicado en la Parte V [Sistema de Gobierno], Capítulo 8 [Las fuerzas armadas y la Policía], División V [La Policía] de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: la fuerza de policía es un cuerpo civil dedicado al servicio del pueblo y su lealtad debe estar con el pueblo. Garantizará la integridad y seguridad de los ciudadanos, preservará el orden público y la moralidad. Debe cumplir los deberes establecidos en la Constitución y en la ley, y debe respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales. El Estado garantizará que el personal de la policía lleven a cabo sus deberes y que gocen de las garantías relevantes, tal y como estén establecidas en la ley.
Artículo 207 de la Constitución Egipcia
En la Constitución vigente de Egipto, el Artículo 207, ubicado en la Parte V [Sistema de Gobierno], Capítulo 8 [Las fuerzas armadas y la Policía], División V [La Policía] de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: el Consejo Supremo de la Policía estará conformado por los oficiales de la policía con mayor antigüedad y el Jefe del Departamento de Asesoría Legal del Consejo de Estado. El Consejo será competentes para asistir al Ministro del Interior en la organización de las fuerzas de policía y en el manejo de los asuntos de sus empleados. La ley podrá asignar otras competencias al Consejo. El Consejo será consultado respecto de las leyes concernientes a la fuerza de policía.
Capítulo 8, Las fuerzas armadas y la Policía, de la Constitución Egipcia
En la Constitución vigente de Egipto, esta materia [La Policía Egipcia] se regula, con carácter general, en la Parte V [Sistema de Gobierno], Capítulo 8 [Las fuerzas armadas y la Policía], de dicha ley fundamental.
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División V, la Policía, de la Constitución Egipcia
En la Constitución vigente de Egipto, esta materia [La Policía Egipcia] se regula, con carácter general, en la Parte V [Sistema de Gobierno], Capítulo 8 [Las fuerzas armadas y la Policía], División V [La Policía], de dicha ley fundamental.
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