Propiedad Inmueble del Extranjero
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La Propiedad Inmueble del Extranjero y Sus Inversiones en México en el Derecho Internacional Privado
La presente sección analiza la propiedad inmueble del extranjero y sus inversiones en México en este contexto y, brevemente, su evolución histórica, como medio que permite entender determinados aspectos de la realidad convencional y normativa internacional actual en relación a la propiedad inmueble del extranjero y sus inversiones en México. Con esta finalidad, se ha pretendido examinar las cuestiones más significativas que han ido configurando dicha institución a nivel global, tanto desde un punto de vista sustantivo como procedimental, ceñido al marco de la propiedad inmueble del extranjero y sus inversiones en México y el Derecho Internacional Privado.
La Propiedad Inmueble del Extranjero y Sus Inversiones en México en la Condición Jurídica del Extranjero en México
En materia de régimen de propiedad inmueble del extranjero en México, y de sus inversiones, existen claramente 2 etapas en el desarrollo jurídico de la materia en nuestro país:
Una primera etapa, que arranca con las primeras disposiciones en la materia, con la Ley de Extranjería y Naturalización de 1886 y principalmente a partir del artículo 27 fracción I de la Constitución de la República de 1917, así como con su Ley Orgánica de 1926.
En la primera etapa, de acuerdo con José Luis Siqueiros, se siguieron 2 criterios respecto de la inversión extranjera: apego a la estructura legal mexicana, y, segundo, adaptación de dicha inversión a nuestro medio social. De esta manera las disposiciones legales se basaron principalmente en consideraciones empíricas mismas que con el tiempo fueron constituyendo verdaderos cuerpos legislativos.
Más sobre la Propiedad Inmueble del Extranjero y Sus Inversiones en México
Entre las principales disposiciones pueden citarse:
a) Ley Orgánica de la fracción I del artículo 27 Constitucional y su Reglamento; Decreto del 29 de junio de 1944, y b) Resolución presidencial del 23 de junio de 1947.
Esta última disposición creó la Comisión Mixta Intersecretarial, misma que fungió como órgano generador reglamentario en la materia hasta el año de 1951, A partir de esta fecha, solo existe una disposición, la de 30 de abril de 1971, un acuerdo presidencial mediante el cual se autorizó a la Secretaría de Relaciones Exteriores para otorgar permisos a las instituciones nacionales de crédito para adquirir como fiduciarias el dominio de bienes inmuebles destinados a la realización de actividades industriales o turísticas dentro de zonas prohibidas. Este fideicomiso fue recogido posteriormente en el capítulo IV de la Ley de Inversiones Extranjeras.
Desarrollo
Una segunda etapa se inicia a partir del 9 de marzo de 1973 al ser expedida la Ley para Promover la Inversión Mexicana y Regular la Inversión Extranjera, entre las ideas esenciales de esta Ley pueden citarse las siguientes:
a) Que la inversión extranjera sea complementaria del capital nacional; b) Que se oriente preferentemente a nuevos campos de actividades o al establecimiento de nuevas industrias; c) Que se asocie con capital mexicano en porcentaje minoritario; d) Que tienda a la ocupación de técnicos y personal administrativo de nacionalidad mexicana; e) Que genere nuevos empleos y propenda al desarrollo regional equilibrado, y f) Que aporte tecnología avanzada, teniendo siempre en cuenta las necesidades reales del país. [1]
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Información sobre la propiedad inmueble del extranjero y sus inversiones en México en “Introducción al Derecho Mexicano”, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas: la Gran Enciclopedia Mexicana, Leonel Pereznieto Castro, reimpresión de la 1a ed. de 1981
Bibliografía
- Trigueros, Eduardo, Evolución doctrinal del derecho internacional privado, México, Ed. Polis, 1938.📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras:
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Trigueros, Eduardo, la nacionalidad mexicana, México, Ed. Jus, 1940.
Vázquez Pando, Fernando, “Notas para el estudio de la nueva Ley General de Deuda Pública”, Jurídica, núm. 9, julio de 1977, México, D.F.
Verdugo, Agustín, Principios de derecho civil mexicano, México, G. A. Esteva, 1885.
Wionczek, Miguel, S., la sociedad mexicana: presente y futuro, México, Fondo de Cultura Económica, 1974.
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