Requisitos de Procedibilidad
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Requisitos de Procedibilidad en el Derecho Legislativo y Político
Examen de la materia ofrecido por el Diccionario universal de términos parlamentarios, de la Secretaría de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados de México:
Origen de la Expresión
Requisitos (Véase también, en relación a este tema, la siguiente entrada en la presente plataforma: requisitos de elegibilidad). Procedibilidad es un vocablo que proviene de procedere, de lo que procede, es decir, lo que es pertinente conforme a lo preceptuado o aceptado por las prácticas y usos. Se le denomina así a las condiciones que contempla la ley para el cumplimiento de supuestos penales. De tal suerte, que es necesario que se cumplan todas las condiciones para poder ejercitar la acción penal en contra de una persona en específico.Entre las Líneas En inglés se le denomina to take action; en francés, entamer despoursuites contre; en alemán, vorgehenjdn; en italiano, procedere contro; en portugués, instaurar proceso contra alguém.
Desarrollo de Requisitos de Procedibilidad en este Contexto
En derecho parlamentario son los supuestos que han de satisfacerse para que el órgano legislativo conozca de un asunto, haciéndolo materia de su deliberación y decisión, como puede ser una iniciativa de ley, si ésta proviene de quien tiene la facultad de hacerlo, o erigirse en gran jurado, si se reúnen las condiciones y se satisfacen los trámites conducentes. Para enjuiciar a alguien es necesario realizar ciertas investigaciones para constatar que realmente se le puede acusar, pues toda afirmación se tiene que probar. Para tal efecto en todos los sistemas políticos existe una instancia previa al juicio para que se integre una averiguación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Averiguar es indagar, preguntar, suponer, constatar, testificar, etc. El procedimiento de investigación parlamentaria se puede terminar cuando la persona acusada acepta la acusación; cuando al acusado (persona contra la que se dirige un procedimiento penal; véase más sobre su significado en el diccionario y compárese con el acusador, público o privado) se le encuentra realizando la acción delictiva o cuando gracias a la investigación se ha comprobado que efectivamente es probablemente responsable, hasta que no pruebe lo contrario.
Requisitos de Procedibilidad en el Derecho Parlamentario
[rtbs name=”parlamentarismo”]Nota: Un análisis sobre este tema, referido a México, está contenido en la plataforma digital mexicana.Requisitos de Procedibilidad en el Derecho Parlamentario
[rtbs name=”parlamentarismo”]En esta sección se ofrece un examen y referencias cruzadas de requisitos de procedibilidad en el ámbito del derecho comparado e internacional, en este contexto.Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
BURGOA ORIHUELA, Ignacio, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1994, 9a. ed.
CUEVA, Mario de la, Teoría de la Constitución, Porrúa, México, 1982.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Diccionario de la Lengua Española, Real Academia Española, 1984, 20a. ed.
PINA, Rafael de, Diccionario de Derecho, Porrúa, México, 1978, 7a. ed.
Recursos
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Bibliografía
BURGOA ORIHUELA, Ignacio, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1994, 9a. ed.
CUEVA, Mario de la, Teoría de la Constitución, Porrúa, México, 1982.
Diccionario de la Lengua Española, Real Academia Española, 1984, 20a. ed.
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Recursos
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Bibliografía
BURGOA ORIHUELA, Ignacio, Derecho Constitucional Mexicano, Porrúa, México, 1994, 9a. ed.
CUEVA, Mario de la, Teoría de la Constitución, Porrúa, México, 1982.
Diccionario de la Lengua Española, Real Academia Española, 1984, 20a. ed.
PINA, Rafael de, Diccionario de Derecho, Porrúa, México, 1978, 7a. ed.
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