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Requisito Formal

Ramas y disciplinas del derecho, economía, psicología, sociología y otras.

Todos los sistemas jurídicos de Europa tienen normas que invalidan o hacen inejecutables determinadas transacciones si se ignoran determinadas formalidades. Dichas normas se aplican sobre todo a los contratos (incluidos los acuerdos matrimoniales y los contratos de herencia y testamentos mancomunados), pero también pueden aplicarse a otros actos jurídicos, como los testamentos. Suelen considerarse excepcionales, ya que la norma general es que no se requieren formalidades. La historia jurídica muestra, sin embargo, que este principio no siempre ha sido aceptado. De hecho, cuanto más se retrocede en el pasado, más se descubre que la validez o la ejecutoriedad de los actos jurídicos dependen de formalidades externas. Para empezar, las consecuencias jurídicas sólo se derivaban de una conducta formalizada. El antiguo derecho romano y los códigos germánicos ofrecen muchos ejemplos.

Requisitos del Endoso

Deben constar en el propio documento o en hoja adherida al mismo. Son cuatro: nombre del endosatario, firma del endosante o de la persona que suscriba el endoso a su ruego o en su nombre, la clase de endoso, el lugar y fecha. El Código Comercial Uniforme asume que existen las siguientes cinco garantías en cada endoso: (a) el instrumento es auténtico, (b) todas las partes anteriores estaban cualificadas para celebrar un contrato legalmente vinculante, (c) el instrumento es para una obligación válida y existente, (d) el endosante pagará lo que se debe en el papel al tenedor o a cualquier endosante posterior que tuviera que pagar en el instrumento si no se pagó cuando se presentó para el pago, y (e) el endosante es el verdadero propietario del papel, de acuerdo con el derecho mercantil de Estados Unidos. Los cuatro requisitos para ser un tenedor a su debido tiempo son (a) el papel debe estar completo y ser regular en su cara, (b) el papel debe haber sido adquirido en o antes de la fecha de vencimiento, (c) el papel debe haber sido adquirido por una contraprestación valiosa, y (d) el papel debe haber sido tomado de buena fe y por su valor.

Arrendatario

Notificación a los arrendatarios en la división de fincas y la Finca Registal Nota: existe una entrada en la Enciclopedia Jurídica española (en relación a la finca registral) que desarrolla este tema en el caso del Derecho registral español, y está ubicada bajo la misma voz que en esta […]

Notificación por Edictos

Notificación por Edictos (en relación al Patrimonio Familiar) en el Derecho Civil Peruano Nota: Se encuentra más información sobre Notificación por Edictos (en relación al Patrimonio Familiar) en la Enciclopedia Jurídica peruana de este Proyecto, donde se desarrolla su aplicación a Perú (ver […]

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