Exequatur
Fórmula o procedimiento que hace posible la ejecución de resoluciones dictadas por tribunales extranjeros. El “exequátur” es un procedimiento que permite hacer ejecutable en Francia una decisión de un tribunal extranjero o un laudo arbitral, tanto si se han dictado en Francia como en el extranjero. Así, a falta de exequátur, una decisión de liquidación judicial pronunciada en los Estados Unidos no puede producir en Francia ningún efecto de suspensión del procedimiento individual. Las acciones de reembolso interpuestas en Francia por los acreedores en ejecución de los reconocimientos de deuda suscritos por su deudor siguen siendo admisibles aunque éste haya sido puesto en liquidación judicial por el tribunal americano que le concedió entonces una condonación de deudas, liberándole así de cualquier deuda anterior a esta decisión.