Tratados Académicos de Derecho Internacional Público
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En Inglaterra y Gales
Se ha estado dando por sentado que “Principios de Derecho Internacional Público” de Brownly es un libro de texto.
Puntualización
Sin embargo, uno de los revisores de la primera edición, el profesor Richard Baxter, la describió como un “tratado general de derecho internacional” y la designación se ha utilizado desde entonces. No se trata de términos artísticos, pero se podría argumentar que existen diferencias de función (un libro de texto se dirige a los estudiantes) y de alcance (un tratado académico reclama amplitud) entre ellos, aunque sea difícil mantener una clara división entre las categorías. El concepto común de tratado académico es que es un texto que trata un tema “más o menos” sistemáticamente.
Indicaciones
En cambio, se considera que un “libro de texto” debe tener como objetivo principal un público estudiantil. El libro de texto es un tratamiento del tema del que se aprende, en lugar de ser una fuente de información para aquellos que ya saben una o dos cosas sobre los asuntos de los que trata. Los estudiantes no son el único objetivo del libro de texto.Entre las Líneas En la naturaleza de las cosas, sus maestros deben ser tenidos en cuenta. Y, por supuesto, un libro de texto puede ser útil incluso para aquellos que están familiarizados con un tema – una exposición prolija, un relato actualizado, una referencia desconocida, un ejercicio de memorias antiguas.
Es una sorpresa – y para nuestros estudiantes, sería un choque no deseado… – recordar que Oppenheim consideraba la primera edición de su gran obra como un libro de texto. Está destinado -decía en la primera edición de 1905- “a ser un libro elemental para los que empiezan a estudiar el derecho internacional. Es un libro escrito para los estudiantes por un profesor.”
Aunque el título es Derecho Internacional: En un tratado, Oppenheim afirmó, en dicha primera edición que se trataba de un “estudio completo”.
Pormenores
Por el contrario, los editores de la novena edición dicen que tratan de mantener “su condición de libro para profesionales, más que de tratado académico”. 44 La primera edición del “International Law” (1ª ed., 1880) de Hall no llevaba ninguna designación pero para la cuarta edición (1895) se había convertido en un “tratado” y así permaneció después, aunque Pearce Higgins indicó en su prefacio a la octava y última edición que tenía en mente a los estudiantes (1924) y, en el espíritu de los tiempos, se dirigió a sugerir cómo el derecho internacional podría ser desarrollado por los estados, así como a registrar cuál era el estado de la ley. Brierly describió el “Derecho de las Naciones” como una “introducción” para complementar los “libros de texto”, de los cuales solo se refiere a Hall en el texto, no que hubiera tenido muchos para elegir (1935). Parece, pues, que hay diferencias de función y alcance entre los libros de texto y los tratados académicos (incluso si la distinción es menos que científica) – estos últimos dirigido a los que saben y buscan un alcance amplio (o, por lo menos, amplio)- profesionales, tal vez en lugar de estudiantes. Se puede establecer un contraste entre los “Principios de Derecho Internacional Público” y la obra casi contemporánea de O’Connell, “Derecho Internacional” (1965), manifiestamente un libro para profesionales pero con elementos de teoría muy considerables sobre las instituciones de derecho internacional incorporadas en él. La evidencia interna sugiere que la Oxford University Press considera a los “Principios de Derecho Internacional Público” como un libro de texto y ese fue ciertamente el objetivo original de Brownlie: es sobre esa base que procederemos. No hemos considerado en absoluto los libros de casos y materiales sobre derecho internacional, ya que se trata más bien de un fenómeno angloamericano que europeo o latinoamericano.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Revisor: Lawrence
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