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Víctimas de Delitos

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Víctimas de Delitos

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]

Consideraciones Generales

Hace referencia la expresión “víctimas de delitos”, en esta plataforma global, fundamentalmente a todas las personas subyugadas y afectadas adversamente por las actividades delincuentes, y cualquier defensa en su nombre por servicios y/o compensación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En esta plataforma, víctimas de delitos incluye entradas sobre cuestiones tales como Rehenes.Entre las Líneas En esta plataforma, los conceptos y temas relacionados con víctimas de delitos incluyen los siguientes: Estafa, Crimen de honor, Rapto, Criminales, Salud mental, Fondo de Indemnización de las Naciones Unidas, Patologías forenses. Para más información sobre víctimas de delitos en un contexto más anglosajón, puede verse, en inglés, Crime victims (víctimas de delitos).

Asistencia a la víctima del delito

Uno de los aspectos esenciales que se propugnan desde la victimología es la asistencia a la ayuda, el socorro moral y material de la víctima, en especial cuando cometido el delito se encuentra bajo su impacto emocional. Durante los últimos años, se ha venido centrando en dos aspectos principales: la prevención victimal y la asistencia a las víctimas.

La prevención dirigida a la víctima se puede mirar desde tres momentos:

  • La prevención primaria. Dirigida a la sociedad en general identificando las víctimas potenciales, buscando la colaboración entre autoridades y sociedad. De esta manera se pretende fortalecer el control formal de la autoridad mediante el fortalecimiento del control social informal de la comunidad.
  • La prevención secundaria. Se dirige a grupos potenciales de riesgo en zonas donde el peligro de ser victimizado es conocido; propiciando la solidaridad de la comunidad y aumentando la vigilancia y la denuncia de los miembros de la sociedad en la prevención de la presentación de delitos plenamente identificados.
  • La prevención terciaria. Consiste en la creación dentro de la comunidad de programas de asistencia y tratamiento a la víctima. Estos programas procuran prestar ayuda inmediata a la víctima, para que pueda iniciar la superación de la victimización sufrida y a evitar de esta manera la victimización secundaria.

La victimología, de esta manera, ha venido impulsando la creación de programas de asistencia, reparación, compensación y tratamiento a las víctimas del delito. Los programas desarrollados hasta el momento, dependen particularmente de la clase de víctima, los servicios que se prestan, los fines perseguidos, la institución que los financia, el grado de autonomía que disfrutan para prestar la atención, la relación con el sistema legal, la ideología política, etc. (Díaz Colorado, 2006).

En opinión de GARCIA-PABLOS (1994), los programas desarrollados hasta el momento se pueden resumir en:

  • Asistencia inmediata. Programas que ofrecen servicios relacionados con la satisfacción de las necesidades más imperiosas e inmediatas, de orden material, físico y psicológico, que experimentan las víctimas de delitos que han sido o no denunciados. Generalmente reciben asesoría legal, intervención terapéutica, acompañamiento, y en ocasiones ayuda material y económica.
  • Reparación o sustitución a cargo del infractor. Estos programas tratan de instrumentar la reparación del daño o perjuicio causado mediante el pago de una cantidad de dinero, de la realización de una actividad o de la prestación de un servicio realizado por el infractor en beneficio de la víctima. Estos programas se dan preferentemente dentro del sistema legal y pretenden desarrollar una positiva relación entre víctima y ofensor. La reparación de esta manera implica una respuesta al delito razonable y humanitario que compromete al infractor con una respuesta más allá de la consecuencia legal.
    Puntualización

    Sin embargo, la viabilidad de estos programas se circunscribe a delitos de poca gravedad y atendiendo a las particulares condiciones del sujeto activo del delito.

  • Compensación a la víctima. Se caracterizan por la naturaleza de los fondos de financiación (o financiamiento) que en este caso son públicos, mediante seguros o indemnizaciones que se ofrecen a las víctimas, con el objetivo de satisfacer parte de los daños. Evita el desamparo de la víctima en los casos de insolvencia, o bancarrota, en derecho (véase qué es, su concepto jurídico; y también su definición como “insolvency” o su significado como “bankruptcy”, en inglés) del infractor. La prestación de este tipo de ayuda depende de diversos requisitos como: inocencia de la víctima, cooperación de esta con el sistema legal, solicitud expresa de las ayudas, eventual demostración e la falta de medios que justifique dicha petición, etc.
  • Asistencia a la víctima-testigo. Están dirigidos a la víctima que ha de intervenir como testigo en el proceso legal, por lo que no solo se orienta en provecho de la víctima sino en interés del propio sistema que necesita de su cooperación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La figura del abogado de la víctima-testigo, es dispensar a la víctima el oportuno asesoramiento jurídico y asistencial personal durante todo el proceso y en las diversas instancias o momentos ante la Fiscalía, la Policía y los Tribunales.

Fuente: Noelia M (examine más sobre estas cuestiones en la presente plataforma en línea de ciencias sociales y humanidades). Rodríguez

Iter Victimae

El estudio de las causas por las que determinadas personas son víctimas de un delito ha derivado el término iter victimae, bajo el cual se concibe que las víctimas de crímenes siguen un camino lleno de variables que les conduce hacia el encuentro con su victimario y determinan su conducta antes de que el delito sea cometido, mientras este tiene lugar y luego de que ha sido consumado. Con el fin de comprender este término desarrollado por la Victimología se analizará su definición, las relaciones posibles entre agresores y víctimas y los factores que conducen a la confluencia de los miembros de la pareja penal.

El análisis del fenómeno criminal requiere no solo el estudio de la conducta de los agresores, sino de todos los protagonistas que concurren en el delito. El Derecho Penal ha creado el término iter criminis para hacer referencia a las fases por las que pasa un agresor hasta cometer un delito, comenzando por la concepción de la idea de delinquir hasta la realización del hecho criminal. Por su parte, la Victimología ha dado lugar al término iter victimae para definir el camino por el que cursan los individuos hasta que son victimizados, incluyendo el estudio de las condiciones que les hacen proclives a convertirse en víctimas, antes, durante y después de consumado el delito.

De este modo, la convergencia en el tiempo y en el espacio de los itinerarios de los agresores y de las víctimas es lo que da lugar a los delitos. […]

Variables de relación entre la víctima y su agresor

El encuentro entre la víctima y su agresor constituye una forma de relación, la cual puede ser más o menos compleja. Este vínculo puede analizarse desde tres variables (Rodríguez, 2008):

  • Relación y conocimiento: El itinerario que lleva a un individuo a convertirse en víctima puede estar condicionado por el hecho de que es una persona conocida del agresor o exactamente por serle desconocida.
  • Percepción: La percepción que tenga el agresor de la víctima puede jugar un papel en el encuentro de ambos itinerarios. Por ejemplo, el agresor que tiene un vínculo con su futura víctima probablemente tome distancia afectiva de ella; de lo contrario puede arrepentirse al percibir a la víctima con respeto, piedad, compasión, o temor.
  • Actitudes: La actitud es la disposición mental de un sujeto hacia una experiencia concreta que puede ser positiva, negativa o neutra.

En éste último caso, en el análisis del camino de la víctima y su relación con el camino del agresor, la atracción, el rechazo y la indiferencia son tres actitudes se tornan relevantes; estas pueden manifestarse de distintas maneras:

  • La víctima y el agresor se atraen (proxenetismo, estupro, incesto).
  • El criminal se siente atraído por la víctima, pero esta rechaza al criminal (violación).
  • El criminal rechaza a la víctima, pero esta se ve atraída por aquel (estupro).
  • Víctima y victimario se rechazan (violencia, violación, riña, duelo, venganza).
  • El criminal se ve atraído por la víctima pero esta es indiferente (acoso).
  • La víctima repudia al victimario, pero este adopta una actitud indiferente (terrorismo).
  • La víctima y el agresor son indiferentes entre sí (delitos imprudentes).

Sobre la relación y conocimiento: Hay delitos que nunca se cometerían a un conocido y, por el contrario, hay ilícitos que es imposible cometer si no se conoce a la víctima, como ocurre en muchos delitos contra la libertad sexual. Existen, por tanto, cuatro posibilidades vinculadas con el conocimiento entre la víctima y su agresor:

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  • Ambos se conocen y, por lo tanto, hay una vinculación interpersonal.
  • El criminal conoce a la víctima, pero esta no a su agresor.
  • La víctima conoce al agresor, pero este no conoce a la víctima.
  • La víctima y el victimario no se conocen previamente.

Núñez (…) aborda esta variable desde la perspectiva de la pareja penal. El término precisamente se ha creado para hablar de la víctima y de su agresor como si se tratara de un ente dinámico que tiene la capacidad de influir en la configuración de un hecho delictivo.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Desde la perspectiva de la pareja penal, el agresor pasa por un proceso de desensibilización y distorsión cognitiva previas a su relación con la víctima. Esto le permite sentirse legitimado en su accionar y restarle valor a la víctima, ya que logra neutralizar cualquier percepción negativa de sí mismo. Este proceso del infractor le permite cancelar la resistencia moral y, por tanto, sobreponerse a la inhibición.

No obstante, en variados casos, los agresores ingieren sustancias prohibidas para alcanzar la desinhibición y darse valor.

En cambio, las víctimas pueden reaccionar de distintas formas durante y luego de una agresión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Al recibir una agresión (véase qué es, su definición, o concepto jurídico), la víctima puede experimentar un choque (shock), enojo, rabia, temor, miedo, desamparo, incredulidad y culpa.

Secuencia

Posteriormente, puede haber una adaptación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).Entre las Líneas En caso contrario, puede ser que la víctima curse por una etapa de “desorganización”, consistente en efectos psicológicos como pensamientos penosos sobre la agresión (véase qué es, su definición, o concepto jurídico), pesadillas, depresión, culpa, miedo y una pérdida de confianza o en el abuso de alcohol u otras sustancias, ruptura de relaciones sociales, evitación de todo lo relacionado con el evento traumático. La concurrencia de una u otra etapa, claramente, dependerá del tipo de crimen que se haya padecido y la forma en que la víctima asuma su realidad.

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Fuente: basado en Héctor I. Sevilla

Recursos

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Véase También

Bibliografía

Cabrera, J. (2010). Crimen y castigo: investigación forense y criminología. España: Ediciones Encuentro, S.A.

Cardoso, M. (2008). La Victimología frente al delito de violación, desde el punto de vista en que la víctima puede llegar a ser el sujeto activo del delito.

Collado, J. (2010). La investigación criminal y sus consecuencias jurídicas. (2010). España: Dykinson.

Morillas, F., Patró, H. y Aguilar, C. (2011). Victimología: un estudio sobre la víctima y los procesos de victimización. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). España: Dykinson.

Rodríguez, A. (2013). La investigación policial y sus consecuencias jurídicas.

Rodríguez, L. (2008). La elección de la víctima. Eguzkilore. Cuaderno del Instituto Vasco de Criminología, (22), 155-168.

Turvey, B. y Freeman, J. (2011). Case Linkage. Offender Modus Operandi and Signature en Turvey, B. (Ed.), Criminal Profiling: An Introduction to Behavioral Evidence Analysis (332-360).

Casell, L., Gómez, P. y Gálvez, P. (2010). Criminología.

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