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Vivienda en Europa
Este elemento es una profundización de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs]
Vivienda y Urbanismo en el Artículo 65 de la Constitución de Portugal
Este artículo trata sobre Vivienda y urbanismo, y está ubicado en la Parte I, sobre los derechos y deberes fundamentales, Título III, acerca de los Derechos y obligaciones económicas, sociales y culturales, Capítulo II [Derechos y Deberes sociales], de la Constitución portuguesa vigente. Dicho artículo dispone lo siguiente: 1. Todos tienen derecho, para sí y para su familia, a una vivienda de dimensión adecuada, en condiciones de higiene y comodidad y que preserve la intimidad personal y y la privacidad familiar. 2. Para asegurar el derecho a la vivienda, corresponde al Estado: a. Programar y llevar a cabo una política de vivienda inserta en planes de ordenación general del territorio, y apoyada en planes de urbanización que garanticen la existencia de una red adecuada de transporte y equipamiento social. b. Promover, en colaboración con las Regiones autónomas y con las autoridades locales, la construcción de viviendas sociales económicas. c. Estimular la construcción privada, con subordinación a los intereses generales y el acceso a la vivienda propia o arrendada; d. Incentivar y apoyar las iniciativas de las comunidades locales y de las poblaciones tendentes a resolver los respectivos problemas habitacionales, y a fomentar la creación de cooperativas de viviendas y de autoconstrucción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). 3. El Estado adoptará una política tendente a establecer un sistema de alquiler compatible con la renta familiar y de acceso a la vivienda propia. 4. El Estado, las Regiones autónomas y las corporaciones locales definen las reglas de ocupación, uso y transformación del suelo urbano, especialmente a través de instrumentos de planeamiento urbanístico en el marco de sus respectivas leyes de ordenación del territorio y urbanismo, y procederá a las expropiaciones de los suelos necesarias para satisfacer fines de utilidad pública urbanística. 5. Se garantiza la participación de los interesados en la elaboración de los instrumentos de planeamiento urbanístico y de cualesquiera otros instrumentos de planeamiento físico del territorio.
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- Urbanismo en Europa: Todos tienen derecho, para sí y para su familia, a una vivienda de dimensión adecuada, en condiciones de higiene y comodidad y que preserve la intimidad personal y la privacidad familiar, dicen algunas constituciones, especialmente en Europa. Esta entrada también se ocupa de las cuestiones históricas. El estudio de la arquitectura y el urbanismo de una sección geográfica particular del vasto Imperio Romano tiene sentido, tanto por la gran diversidad de culturas que precedieron a la conquista romana en todos esos territorios como por las condiciones sociales y económicas que variaban de una región a otra. El pensamiento y la obra de Auzelle, que en 1950-1955 diseñó la Cité de la Plaine en Clamart (un experimento de urbanismo a escala humana sin futuro), tuvieron poca repercusión en la producción de la época. Su "Encyclopédie de l'urbanisme", publicada por entregas entre 1947 y 1968, fue una empresa única pero inacabada. Véase también: Deberes Fundamentales, Deberes Sociales, Derechos Fundamentales.
- Tercera Edad: Este texto se ocupa de la tercera edad. Los avances en nuestros conocimientos biológicos y los progresos biomédicos del siglo XX han mejorado las condiciones en las que envejece el ser humano y han aumentado considerablemente su esperanza de vida, al menos en los países desarrollados. Pero incluso si pudiéramos controlar las enfermedades cardiovasculares o cerebrovasculares y los cánceres, que siguen siendo las dos principales causas de muerte, ganaríamos como mucho unos quince años, porque no existe actualmente ninguna poción u hormona mágica, ningún producto de la ingeniería genética o de la biotecnología, ningún antioxidante que nos permita esperar vivir [de media] ciento veinte años o más. El objetivo esencial es identificar los productos génicos cuya actividad debe modularse para influir en los procesos que conducen a una mejor calidad de vida de las personas mayores. Con la ayuda de técnicas de terapia génica o de trasplantes de células madre adultas o embrionarias, ¿podemos controlar nuestro proceso de envejecimiento y, en particular, la aparición de enfermedades neurodegenerativas? ¿A qué precio, para cada individuo y para la sociedad en su conjunto? Véase también: Deberes Fundamentales, Deberes Sociales, Derechos Fundamentales.
- Solidaridad: Esta entrada se ocupa de la Solidaridad, un principio que representa el componente esencial para la conformación de la seguridad social, que permite que cada miembro de la sociedad contribuir según sus capacidades y a la vez recibir prestaciones sufrientes para superar un estado de necesidad. Además, esta entrada ofrece una visión general del concepto "solidaridad" en un marco más amplio. Tras una breve descripción de los principales relatos sociológicos, el texto pasa a examinar la solidaridad tal como se utiliza en los movimientos para el cambio social. Se incluye una discusión de la solidaridad como un compromiso hecho por los poderosos para ayudar a los desamparados en las luchas por la justicia. También se presenta la solidaridad como obligaciones del Estado de bienestar y como un derecho humano. El texto termina con la mención de las justificaciones normativas de la solidaridad y dos posibles desafíos a las relaciones de solidaridad. Véase también: Deberes Fundamentales, Deberes Sociales, Derechos Fundamentales.
- Seguridad Social en Europa: Seguridad Social y Solidaridad en el Artículo 63 de la Constitución de Portugal Este artículo trata sobre Seguridad social y solidaridad, y está ubicado en la Parte I, sobre los derechos y deberes fundamentales, Título III, acerca de los Derechos y obligaciones económicas, sociales y [...] Véase también: Deberes Fundamentales, Deberes Sociales, Derechos Fundamentales.
- Salud: Salud: Introducción al Concepto Jurídico De acuerdo con Eduardo Jorge Arnoletto: Sinónimo de bienestar, es uno de los ocho valores de Lasswell (ver el concepto anterior). En cierta medida, al menos desde un punto de vista sociológico, la salud, el bienestar (la esperanza de vida y la calidad [...] Véase también: Deberes Fundamentales, Deberes Sociales, Derechos Fundamentales.
- Programas de Atención a la Primera Infancia: Los programas de educación de alta calidad para la niñez temprana ofrecen beneficios a largo plazo (véase más detalles en esta plataforma general) que superan con creces los costos. Las intervenciones que ocurren muy temprano en la niñez, como los programas de visitas al hogar para madres con bebés nuevos, así como el cuidado y la educación temprana de alta calidad, mejoran la preparación para el jardín de infantes, lo que por sí mismo predice el éxito en la escolaridad posterior. Estudios realizados en los Estados Unidos y en varios otros países muestran que el acceso al cuidado infantil de calidad puede ayudar a las madres a participar en la fuerza laboral y, cuando se dispone de subsidios para el cuidado, puede aumentar los ingresos familiares. Cuando invertimos en programas de infancia temprana, no solo se benefician los niños inscritos y sus familias. La investigación que aquí se destaca sugiere que las inversiones que hacemos hoy en día en los niños podrían beneficiar a nuestra economía a largo plazo (véase más detalles en esta plataforma general) al expandir nuestra fuerza laboral calificada y aumentar sus ganancias. Los mayores ingresos de los adultos para los niños y niñas participantes significan que la sociedad obtiene todos los beneficios de una población con mayor educación y mayores ingresos en el futuro, incluyendo menores pagos de transferencias, menor participación en el sistema de justicia penal, ciudadanos más sanos y una mayor base de ingresos. La expansión del acceso a los programas de calidad para la infancia temprana ofrece una oportunidad de ganar-ganar para los participantes del programa, sus padres y la sociedad en general. Es hora de construir sobre los éxitos demostrados en esta área y hacerlos más ampliamente disponibles para que más familias y comunidades americanas puedan beneficiarse. Véase también: Deberes Fundamentales, Deberes Sociales, Derechos Fundamentales.
- Paternidad: La paternidad define una relación biológica y social entre un progenitor masculino y su descendencia. Ser padre significa dejar embarazada a una mujer y engendrar un hijo, describiendo así una conexión de parentesco que facilita la transferencia intergeneracional de riqueza y autoridad (al menos en los sistemas de descendencia patrilineal como el nuestro). La paternidad también refleja ideales sobre los derechos, los deberes y las actividades de los hombres en las familias y en la sociedad, y se generaliza a otras relaciones sociales y simbólicas, como cuando los cristianos se refieren a "Dios Padre", los católicos llaman "Padre" a los sacerdotes y los estadounidenses califican a George Washington de "padre" de la patria. La paternidad refleja, pues, un conjunto normativo de prácticas y expectativas sociales institucionalizadas en la religión, la política, el derecho y la cultura. Las teorías sociales han empleado el concepto de paternidad social para explicar cómo la institución de la paternidad vincula a un niño concreto con un hombre determinado (ya sea el padre o el tío) con el fin de asegurar un lugar para ese niño en la estructura social. La paternidad se refiere también directamente a lo que los hombres hacen con y para los niños. Aunque las creencias populares sugieren que la paternidad implica comportamientos fijados por la biología reproductiva, los humanos deben aprender a ser padres. En todas las culturas y periodos históricos, la paternidad de los hombres se ha visto condicionada por las fuerzas sociales y económicas. Véase también: Deberes Fundamentales, Deberes Sociales, Derechos Fundamentales.
- Maternidad Segura: Este texto presenta la historia y la noción de Maternidad segura en relación con las Políticas de Género y Desarrollo. A partir de finales de la década de 1960, en el marco del nuevo movimiento feminista (Movimiento de Liberación de la Mujer), un número creciente de mujeres y madres exigieron una mayor autonomía, responsabilidad individual y el derecho al aborto. A partir de los años 80, mujeres y hombres exigieron el derecho a conciliar la vida laboral y familiar. El aumento del número de empleos a tiempo parcial favoreció la integración de las mujeres y las madres en el mercado laboral. A principios del siglo XXI, estaba socialmente aceptado que las mujeres con hijos menores trabajaran. Sin embargo, el desarrollo de guarderías ha sido lento, al igual que la mayor implicación de los padres en las tareas domésticas y la educación. En general, la maternidad conlleva un deterioro de la situación laboral; para muchas madres solteras, representa un riesgo social (nueva pobreza). El seguro de maternidad tiene por objeto compensar a las mujeres empleadas por las pérdidas económicas ocasionadas por el parto. Al principio se preveía un permiso obligatorio de seis a ocho semanas tras el parto para las mujeres trabajadoras, sin prever una compensación económica. Desde 1989, la ley de obligaciones garantiza el pago de una parte del salario - calculada en función de la duración del empleo - con la condición de que en caso de enfermedad, esta parte se reduciría proporcionalmente. Las primeras medidas relativas al permiso obligatorio para las mujeres embarazadas se recogen en las primeras leyes sobre fábricas. Véase también: Deberes Fundamentales, Deberes Sociales, Derechos Fundamentales.
- Maternidad Responsable: La maternidad y paternidad responsable es la actitud que debe asumir la pareja con su hijo, haciéndose cargo de él. Es cuando ambos participan en la planificación, nacimiento, cuidado, crianza y educación de sus hijos e hijas. La lucha de las madres por el equilibrio entre el trabajo y la familia también se ha informado en regiones en desarrollo (como América Latina), regiones post-socialistas (como Rusia) y países industrializados (como Gran Bretaña y Japón). Helen Safa (1992), por ejemplo, informa que a pesar del aumento del empleo de mujeres casadas en Puerto Rico y la República Dominicana, las tareas domésticas y el cuidado de los niños todavía se perciben como responsabilidad de las mujeres, incluso cuando están haciendo importantes contribuciones a la economía familiar. De manera similar, para muchas mujeres en Gran Bretaña, la ausencia de opciones con respecto al cuidado de los niños plantea un problema importante en la búsqueda de empleo externo. Las madres de bebés informan niveles más altos de estrés y ansiedad cuando evalúan su propio desempeño como madres que sus homólogos masculinos. En comparación con los padres, las madres están más involucradas con la responsabilidad del cuidado diario de los hijos, lo que las expone a una gama más amplia de desacuerdos y tensiones con sus hijos. Véase también: Deberes Fundamentales, Deberes Sociales, Derechos Fundamentales.
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