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Asistencia Social Cristiana

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La Asistencia Social Cristiana

Este elemento es una expansión del contenido de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre la asistencia social cristiana.

Historia de la Asistencia Social en Europa Central

Se dividirá en tres períodos históricos, como a continuación se ve.

Edad Media

La asistencia en la Edad Media era competencia de la Iglesia. Desde el principio, los obispos eran responsables de los pobres de sus diócesis, y los primeros hospitales fueron creados por obispos antes de ser fundados por órdenes religiosas (véase sobre hospitales, y hospicios). Se beneficiaban de los legados de los fieles, que elegían que se distribuyeran alimentos o dinero el día de su funeral o en el aniversario de su muerte. Mendigos, enfermos, niños abandonados, parturientas pobres, jóvenes sin dote y ancianos incapaces de trabajar eran los principales destinatarios de la asistencia de los hospicios (véase a continuación) y cofradías. Los últimos siglos de la Edad Media vieron surgir la caridad municipal: las ciudades creaban sus propios hospitales, pagaban a los abogados de los pobres, etcétera.

Los hospicios (lat. hospitium, hospitalidad, alojamiento) eran estructuras de alojamiento situadas a lo largo de los caminos y lugares de peregrinación, así como en los puertos de montaña. Estaban regentados por monjes o laicos que obedecían las reglas cristianas. Aunque los hospicios estaban muy extendidos en Europa desde la Alta Edad Media, en algunos lugares del centro de Europa sólo existen actualmente en la cima de los puertos alpinos.

Los establecimientos hospitalarios, que las fuentes latinas denominan hospitale u hospitalis domus, o incluso xenodochium, derivado del griego, fueron una de las primeras infraestructuras eclesiásticas de Europa, de la que acabó evolucionando el hospital moderno (del que también deriva la hostelería) en una forma cada vez más secularizada e incluso parcialmente municipal a partir del siglo XIV. En la Edad Media, los hospicios surgieron en el campo, a lo largo de las rutas de tránsito y peregrinación, por la necesidad de ofrecer alojamiento y comida a los viajeros, ya fueran caballeros de camino a las Cruzadas, peregrinos (Pilgrimages) o comerciantes. En las ciudades, se recurría cada vez más a establecimientos similares para realizar tareas caritativas, alojando a los indigentes y atendiendo a los enfermos. Lo que todas estas instituciones tenían en común al principio era su carácter exclusivamente eclesiástico: estaban dirigidas por monjes o hermanos (o hermanas), pero sometidas a la autoridad eclesiástica; estaban bajo la supervisión de la Iglesia y la protección del obispo. Debían atender materialmente a los viajeros y curar sus almas. Además de las órdenes hospitalarias propiamente dichas, como los Hospitalarios de San Antonio y los Hospitalarios del Espíritu Santo, otras órdenes dirigían hospicios, como los agustinos, los benedictinos, los cluniacenses y los premonstratenses, así como las órdenes de caballería.

La asistencia social medieval se basaba en una visión positiva de los pobres como imagen de Cristo. La pobreza era una virtud eminente que proporcionaba tanto al rico como al pobre oportunidades de santificación, mediante la limosna para el primero y la humildad para el segundo. En consecuencia, todo necesitado, sea quien sea, tiene derecho a las limosnas distribuidas por las iglesias y la caridad privada, y las instituciones caritativas reciben indistintamente a los pobres “buenos” y “malos”.

▷ En la Iglesia católica
En la Iglesia católica, la doctrina de la propiedad de Tomás de Aquino se recuperó en el siglo XIX. La encíclica “Rerum novarum” (1891) entendía las condiciones sociales como hechos naturales inmutables que existen por sí mismos. Un punto de inflexión decisivo se produjo con el Concilio Vaticano II (1962-1965), a raíz del cual se formuló una “opción por los pobres” teológico-ética y se juzgó la riqueza según su beneficio o perjuicio en términos de justicia social.

Una nueva corriente posterior consideraba la pobreza como una maldición y a los “malos” pobres como inútiles, incluso peligrosos para la sociedad, por ser vagabundos, holgazanes e ignorantes de las normas y preceptos de la religión cristiana. Esta tendencia dominó la práctica de la asistencia social a partir del siglo XVI. En general, la riqueza es un concepto cualitativo que no es autosuficiente; su comprensión depende del contexto cultural e histórico, y no puede reducirse al significado cuantitativo de situación económica (ver también el contenido sobre la fortuna).

Antiguo Régimen

Los cambios que experimentó la sociedad en el siglo XVI transformaron fundamentalmente la asistencia social y la actitud de las autoridades laicas hacia los indigentes. Tres factores principales estuvieron en el origen de los primeros intentos de desarrollar sistemáticamente una política de asistencia social estatal: el aumento de la población, que no fue acompañado de un crecimiento económico suficiente; la inseguridad económica y estructural del empleo, que contribuyó al aumento de la errancia y el vagabundeo de grandes grupos de población en busca de trabajo; y el papel de la Reforma protestante en la promoción del valor del trabajo en oposición a las virtudes de contemplación preconizadas por la Edad Media. La política de asistencia social pública introducida en el siglo XVI se basaba en tres elementos que perdurarían hasta principios del siglo XX: los pobres eran tomados en mano por la comunidad a la que pertenecían en virtud de su derecho de nacimiento, se establecían criterios para excluirlos de la asistencia social y se procuraba centralizar la asistencia social ofrecida por los poderes públicos, que también pretendía sustituir a la caridad privada, que se prestaba a dedo y, por tanto, carecía de criterios de selección.

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En este día del año 1949, La Unión Soviética levanta el bloqueo de Berlín.

En 1551, la Dieta Federal decide que la manutención de los pobres sea en lo sucesivo responsabilidad de los municipios y parroquias a los que pertenezcan. Esta medida se derivaba del principio de responsabilidad cantonal en materia de asistencia social, aceptado en la Dieta de 1491. La delegación en los municipios, que también era resultado de los modestos recursos financieros del gobierno central, no era en absoluto original: se inspiraba en los planteamientos ingleses y franceses que hacían hincapié en la necesidad de que cada ciudad, pueblo o parroquia atendiera las necesidades de sus propios pobres. Se trataba de ayudarles allí donde se conocieran sus necesidades, pero también de restringir sus movimientos y mantenerlos donde pudieran ser fácilmente supervisados. Este enfoque tardó en arraigar en toda Suiza, y el desfase cronológico entre la ciudad y el campo es evidente. Mientras la presión sobre los recursos municipales no era demasiado grande, la ayuda se concedía en función de las necesidades de los solicitantes. Debido a la falta de recursos, a veces no fue hasta el siglo XVIII cuando las comunidades rurales crearon bolsas de pobres, financiadas con legados, multas y los intereses de los préstamos de los aldeanos ricos. Fue también en los siglos XVII y XVIII, con el aumento del número de personas que recibían asistencia social, cuando se introdujo la obligación de que los pobres fueran atendidos por sus familias, a veces hasta el cuarto grado de parentesco, obligación que debía extenderse a todos los cantones.

La Dieta de 1681 adoptó un segundo principio, el de devolver a su comuna de origen a los pobres que vagaban y mendigaban fuera de su cantón y a los que, según la comuna de residencia, no eran suficientemente asistidos por su comuna de origen. En el primer caso, el número de personas enviadas a casa podía ser muy elevado; por ejemplo, se calcula que los vagabundos y los sin techo representaban casi una décima parte de la población del cantón de Lucerna a mediados del siglo XVIII, lo que dio lugar a la organización de numerosas “cacerías de mendigos” y al transporte de mendigos en carros a través de las fronteras cantonales (Marginales).

El papel asignado al municipio de origen explica también el éxito de las prácticas discriminatorias contra las categorías sociales desfavorecidas hasta la adopción de la Constitución de 1874, y la utilización de medios que parecían alcanzar dos objetivos: el menor número posible de pobres y el socorro al menor coste posible. De ahí la política de algunos cantones de prohibir casarse a los más pobres para frenar el número de beneficiarios potenciales de la asistencia social; de ahí los obstáculos a la movilidad interna; de ahí la incitación, en el siglo XIX, a emigrar al extranjero.

En el siglo XVIII, Ginebra gastaba cuatro veces más por habitante en asistencia social que Glaris, lo que explica la enorme afluencia de habitantes del campo a la ciudad en tiempos de penuria económica y estructural. En épocas normales, la proporción de necesitados ronda el 10% de la población, pero en tiempos de crisis puede elevarse al 50% o más. A pesar de ello, la ciudad era el lugar de refugio; pero, a diferencia de la Edad Media, a partir del siglo XVII la acogida se limitaba a menudo a la distribución ocasional de recursos y a la hospitalidad durante una o dos noches. En el siglo XVII, algunos municipios exigían a los extranjeros pobres el juramento de no regresar, castigándose severamente el perjurio.

El atractivo de la ciudad se explica también por la variedad de formas de asistencia social que ofrecía: además de las instituciones hospitalarias, existían bolsas de caridad organizadas según el origen de las personas que acogían (las bolsas francesa, italiana y alemana de Ginebra), y asociaciones gremiales o comerciales.

La mayoría de las legislaciones estipulaban que debía darse prioridad a la asistencia social a los niños, las viudas con hijos y los ancianos, aunque esto no implicaba un derecho. Sin embargo, el gran número de personas que debían recibir asistencia social por no tener trabajo pronto llevó a la creación de nuevos criterios de exclusión, pues la edad, la discapacidad o la desgracia ya no bastaban para justificar la asistencia social. En consecuencia, la noción de Trabajo pasó a ser primordial. Los “malos” pobres, que preferían la ociosidad y la mendicidad al trabajo y que abusaban de la piedad pública, debían ser disciplinados, razón por la cual se crearon instituciones de represión en el siglo XVII. Sólo los pobres “verdaderos”, o “buenos”, merecían asistencia social. A partir del siglo XVIII entró en juego un nuevo criterio: la actitud ante el trabajo. Ya no bastaba con trabajar; había que amar el trabajo y vivir con orden y decencia.

La organización más sistemática de la política de asistencia social permitió distribuir las ayudas con sensatez. Había muchas formas de asistencia social, pero siguieron siendo insuficientes para cubrir las necesidades hasta el siglo XX. La asistencia social institucional era limitada y nunca superó la cuarta parte de la población indigente urbana permanente hasta el siglo XIX. El socorro a domicilio, que representaba la inmensa mayoría de los casos, abarcaba desde los complementos salariales hasta la colocación de niños y ancianos, que se mantuvo hasta principios del siglo XX, pasando por la distribución de ayudas en especie o en dinero, la financiación de tratamientos balnearios o la compra de medicamentos, el pago de honorarios médicos e incluso el pago de una dote.

Siglos XIX y XX

El siglo XIX se caracteriza por la progresiva normalización de la asistencia social a nivel cantonal y la aparición, a finales de siglo, de los primeros seguros sociales que la sustituyen.

En 1870, varios cantones (Solothurn, Neuchâtel, Vaud, Basilea-Ciudad, Appenzell Ausserrhoden e Innerrhoden, Tesino y Ginebra) aún no disponían de una ley, pero cincuenta años más tarde sí la tenían, excepto en Ausserrhoden. La ley regulaba los siguientes puntos: la autoridad que prestaba la asistencia social, el alcance y las condiciones de la asistencia social, la devolución de la asistencia social, los recursos, las medidas disciplinarias y las consecuencias civiles de la asistencia social: en 1914, por ejemplo, los asistidos se vieron privados del derecho de sufragio activo y pasivo en diecisiete cantones. Por otra parte, la historiografía actual interpreta la legislación y la práctica de la asistencia social como manifestaciones de la voluntad de la clase dominante de disciplinar a las clases trabajadoras.

Toda la segunda mitad del siglo XIX estuvo dominada por la cuestión de la transición de la asistencia social prestada por el municipio de origen a la asistencia social prestada por el municipio de residencia. Mientras que el porcentaje de suizos domiciliados en el municipio de origen era sólo del 59% en 1860 y del 34% en 1910, la asistencia social del municipio de residencia se fue estableciendo muy lentamente: sólo en dos cantones antes de 1914 (Berna en 1857 y Neuchâtel en 1889), y en otros diez entre 1914 y 1939 (Zúrich, Lucerna, Basilea-Landschaft, Schaffhausen, Appenzell Inner-Rhodes, San Gall, Argovia, Tesino, Vaud y Valais). Se firmaron cuatro concordatos (1923, 1937, 1959 y 1967), los dos primeros entre los cantones germanófonos y el último entre todos los cantones; en ellos se establecía que la ayuda la concedería el cantón de residencia y que el cantón de origen reembolsaría parte de la ayuda. Finalmente, en 1977, la cuestión quedó regulada por una ley federal, la primera aparte de una ley más limitada de 1875, en vigor hasta 1978, que se ocupaba de los gastos de hospitalización de las personas que no podían ser transportadas y de los gastos de sepelio de los nacionales de otros cantones.

Sin embargo, desde principios del siglo XIX, e incluso antes en el caso de algunas grandes ciudades (Ginebra, Lausana y su “bourse des pauvres habitants”, 1755), las sociedades de asistencia social creadas por iniciativa del sector privado o de la Iglesia fueron el principal medio de adaptarse a las realidades demográficas. En las grandes ciudades, donde la población local representaba menos del 50% de los domiciliados, las sociedades (Mutuelles, Bureaux de Charité) prestaban asistencia social temporal a los ciudadanos no burgueses, actuando como intermediarias entre éstos y su municipio de origen (correspondencia, distribución de ayudas, supervisión). Otras fueron creadas por emigrantes del mismo origen (alemanes, italianos, austriacos, germanófonos en la Suiza francesa). Esta asistencia social a domicilio pasó a denominarse asistencia social libre (freiwillige Armenpflege), por oposición a la asistencia social oficial o pública.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2024 o antes, y el futuro de esta cuestión):

En el siglo XIX, sobre todo en el último tercio, también surgió un número considerable de establecimientos gestionados por la beneficencia privada, los municipios y los cantones (asilos). La tendencia era a la especialización: de establecimientos con poblaciones diferentes (ancianos, niños, adultos) se pasó a un establecimiento para cada necesidad: orfanatos para niños desgraciados y abandonados, hogares para niños “viciosos”, reformatorios para adultos, asilos de ancianos, hospicios para dementes, establecimientos para enfermos terminales, hospitales infantiles, asilos para bebedores. Estos establecimientos tenían una finalidad educativa o filantrópica; al mismo tiempo, la implicación del Estado se reforzaba con órganos de supervisión y participación financiera.

Desde la primera mitad del siglo XIX hasta la actualidad, los cantones se han encargado de legislar y regular la prestación de cuidados, pero los municipios siempre han sido responsables de su prestación. No obstante, algunas tareas fueron asumidas por los cantones en la segunda mitad del siglo XIX. En 1859, por ejemplo, el cantón de Berna creó un servicio público de socorro para los berneses que vivían fuera del cantón. En Ginebra, el Hospice général se implicó a partir de 1867-1868. En cambio, en Zúrich y Schaffhausen, las propuestas en este sentido de principios de siglo quedaron en nada. El papel principal del gobierno cantonal consistía en supervisar el trabajo de las comunas, proporcionarles ayuda financiera y contribuir a los gastos de fundación y funcionamiento de los establecimientos. La beneficencia privada obtuvo a veces ingresos considerables, pero la relación entre la iniciativa privada, la asistencia social comunal y el Estado no ha sido objeto de un estudio exhaustivo. Por último, la Confederación nunca ha desempeñado un papel protagonista. Distribuía a los cantones el 10% de los ingresos procedentes de su monopolio del alcohol. Estos recursos, que debían servir para luchar contra el alcoholismo, se utilizaron para subvencionar asilos para bebedores en recuperación, así como colonias de trabajo para desempleados.

El desarrollo de los seguros sociales a finales del siglo XIX cambió radicalmente el significado de la asistencia social: considerada ahora como “la última red de seguridad destinada a completar el sistema de seguros sociales”, ha perdido su papel en la gestión global de la pobreza (Estado social).

La profesionalización de la asistencia social aún no ha atraído la atención de los historiadores. Mientras que en la segunda mitad del siglo XIX aparecieron directores permanentes de instituciones, fue durante el primer tercio del siglo XX cuando surgió la profesión de trabajador social, con una elevada proporción de mujeres en sus inicios (Trabajo social): se crearon escuelas entre las guerras en Ginebra, Lucerna y Zurich. Se reconoció la necesidad de profesionales bien formados y adecuadamente remunerados. Los profesionales de la asistencia social se agrupan en asociaciones supracantonales: el Groupement romand des institutions d’assistance publique et privée (1923), la Conférence des institutions suisses d’assistance (1906, hoy Conférence suisse des institutions d’action sociale), que desde 1903 publica la revista mensual Der Armenpfleger (más tarde Zeitschrift für öffentliche Fürsorge, hoy Zeitschrift für Sozialhilfe). Zeitschrift für Sozialhilfe), Cartel romand d’hygiène sociale et morale (1918), Société suisse des éducateurs de l’enfance malheureuse (actualmente Association suisse des professionnels de l’action sociale), fundada ya en el siglo XIX. Los Consejeros de Estado responsables de la asistencia social social se reúnen periódicamente desde 1908.

Se han realizado diversos estudios para ofrecer una visión general del sistema de bienestar. En 1764, Berna inició una encuesta sobre las personas que recibían asistencia social. En Suiza, las primeras estadísticas sobre la pobreza se publicaron en 1875 (para 1870), 1901 (para 1890) y 1916 (asistencia intercantonal para 1911-1912). Varios libros enumeraban las instituciones existentes y trataban la asistencia social de manera científica. Por último, las revistas, entre ellas la Revue suisse d’hygiène et annales de l’assistance publique (con diversos títulos a partir de 1900), reflejan la evolución de la asistencia social.

Revisor de hechos: Helve

Asistencia Social Cristiana en Relación a Religión Cristiana

En este contexto, a efectos históricos puede ser de interés lo siguiente: [1] Asistencia Social en la Doctrina Social Cristiana. La enc. Rerum novarum (1891) indicaba ya la necesidad de que las clases menos privilegiadas fueran protegidas por el Estado, el cual «es una armoniosa unidad que abraza por igual a las clases inferiores y a las altas. Los proletarios son ciudadanos por el mismo derecho natural que los ricos; son ciudadanos, miembros verdaderos y vivientes de los que, a través de las familias, se compone el Estado, y aun puede decirse que son su mayor número. Y, si sería absurdo el proveer a una clase de ciudadanos a costa de otra, es riguroso deber del Estado el preocuparse, en la debida forma, del bienestar de los obreros. Al no hacerlo se falta a la justicia, que manda dar a cada uno lo suyo» (27). Esta obligatoriedad del Estado respecto a la protección de los más débiles se corresponde con la evolución de la beneficencia pública hacia el derecho de asistencia social.

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Esta doctrina del papa León XIII fue confirmada enérgicamente por Pío XI en su enc. Quadragesimo anno, reprochando a «quienes, abundando en riquezas, juzgaban que una tal situación venía impuesta por leyes necesarias de la economía y pretendían, por lo mismo, que todo afán por aliviar las miserias debía confiarse exclusivamente a la caridad, cual si la caridad estuviera en el deber de encubrir una violación de la justicia, no sólo tolerada, sino incluso sancionada a veces por los legisladores» (2).

Y más adelante añade: «La caridad no debe considerarse como una sustitución de los deberes de justicia que injustamente dejan de cumplirse» (56), especialmente por los gobernantes, a quienes «toca defender la comunidad y todas sus partes; pero, al proteger los derechos de los particulares, deben tener principal cuenta de los débiles y de los desamparados» (8). Existe, pues, según la doctrina pontificia, una «ley de justicia social que prohíbe que una clase excluya a la otra en la participación de los beneficios».

Hay una clara responsabilidad por parte de los gobiernos respecto a la obligación de justicia de atender a los necesitados. «Aquellos que rigen la sociedad civil deben, ante todo, contribuir al bien. general con todo el conjunto de sus leyes e instituciones políticas, ordenando y administrando el Estado de modo que se promueva tanto la prosperidad privada como la pública. Por ello, entre los muchos y más graves deberes de los gobernantes solícitos del bien público, se destaca primero el de proveer por igual a toda clase de ciudadanos, observando con inviolable imparcialidad la justicia distributiva» (Rerum novarum, 26, 27).

La imposición fiscal con destino a la asistencia social está plenamente justificada, pues «al conciliar así el derecho de propiedad con las exigencias del bien general, la autoridad pública no se muestra enemiga de los propietarios, antes bien les presta un apoyo eficaz, porque de este modo impide seriamente que la posesión privada de los bienes produzca intolerables perjuicios y se prepare su propia ruina, habiendo sido otorgada por el Autor providentísimo de la naturaleza para subsidio de la vida humana. Esa acción no destruye la propiedad privada, sino que la defiende; no debilita el dominio privado, sino que lo fortalece» (Quadragesimo anno, 18). Por tanto, el Estado debe actuar «libre de todo partidismo y teniendo como único fin el bien común y la justicia» (ib., 40), y «se requiere que en los hombres investidos de autoridad pública presida y gobierne una recta concepción del bien común; concepción que ha de respetar el conjunto de las condiciones sociales que permiten y favorecen, en los seres humanos, el desarrollo integral de su persona» (Mater et Magistra, 11).

Dado, además, que el Estado no siempre puede atender a todas las necesidades que plantea la compleja vida moderna, el papa Juan XXIII añade que «es necesario que los organismos intermedios y las múltiples iniciativas sociales en las que tiende ante todo a expresarse y realizarse la socialización, gocen de una efectiva autonomía respecto a los poderes públicos y vayan tras sus intereses específicos con relaciones de leal colaboración mutua, y en subordinación a las exigencias del bien común» (ib.). Incluso si hay «pronunciadas desigualdades económicosociales debidas principalmente al hecho de que unos viven Y trabajan en zonas económicamente más desarrolladas y otros en zonas económicamente menos desarrollada,s, en semejante situación la justicia y la equidad exigen que los poderes públicos actúen para que esas desigualdades sean eliminadas o disminuidas», pero tendiendo siempre a sustituir la antigua beneficencia por la «preocupación activa de que los ciudadanos de las zonas menos desarrolladas se sientan y se comporten, en el mayor grado posible, como responsables y promotores de su propia elevación económica» (ib., 39). La enc. Pacem in terris (1963) hizo un nuevo llamamiento al «trabajo cotidiano de ajustar cada vez más los hechos sociales con las exigencias de la justicia. una labor que jamás puede considerarse tan definitivamente terminada como para descansar sobre ella. Más aún, conviene que todos consideren que lo que se ha alcanzado no basta para lo que exigen las necesidades; y queda, .por tanto, mucho todavía por realizar o mejorar, tanto en las empresas productoras, en las asociaciones sindicales, en las agrupaciones profesionales, en los sistemas de seguro, como en las instituciones culturales, en las disposiciones de orden jurídico, en las formas políticas, en las organizaciones sanitarias, recreativas, deportivas y otras semejantes, de las cuales tiene necesidad esta edad nuestra, era del átomo y de las conquistas espaciales, era en que la familia humana ha entrado en un nuevo camino con perspectivas de una amplitud casi sin límites» (155, 156).
La beneficencia clásica, limitada a las obras cristianas de misericordia, ve su campo enormemente dilatado al transformarse en la asistencia social de nuestros días, reconociendo la dignidad humana en sus múltiples facetas e intentando elevarlas todas armónicamente a la plenitud posible. Responsables de conseguirlo son «no sólo la propiedad privada o la generosidad espontánea e individual, sino que también, y sobre todo, es necesario el concurso de la comunidad; tal garantía supone una visión general de las necesidades y remedios que tutelen al hombre en los puntos más débiles del cuadro social» (Carta de la Secretaría de Estado a la XIX Semana Social de España, 10 nov. 1959).

La asistencia social tiene, pues, muy variadas manifestaciones, algunas de las cuales fueron mencionadas por el papa Pío XII en su discurso del 27 abr. 1952 a las Conferencias de siglo Vicente de Paúl: «Existe otro campo de acción, en el cual la actividad de las Conferencias puede aportar una directa cooperación a los fines que tan frecuentemente hemos enunciado: el campo de la asistencia social, en el que podéis trabajar, aun continuando estrechamente adheridos a vuestra institución, la cual, como bien sabéis, tiende a estimular toda obra atenta a la realización de la justicia social y la elevación de las clases más humildes. Y así, no os sean extrañas obras como los patronatos de obreros, las escuelas populares, las oficinas de colocación, la provisión de casas, las colonias veraniegas y las demás formas de asistencia social, que el espíritu juvenil de las Conferencias os sugerirá».

El hecho de que las diferencias actuales entre las naciones tiene gran analogía con las circunstancias en que nació el proletariado (la clase obrera industrial; el término pasó a ser de uso general después de que se popularizara en los escritos de Karl Marx) en el siglo Xlx, ha llevado a los Papas a considerar la asistencia social en un plano universal, recayendo sobre las naciones ricas la responsabilidad de ayudar a los países en desarrollo. La enc. Populorum progressio (1967) del papa Pablo VI abunda en referencias a esta obligación de atenuar la disparidad de los niveles de vida (8), mediante programas que organicen las actuaciones individuales, de los cuerpos intermedios y de los poderes públicos (33) para luchar contra el hambre, que tortura a innumerables hombres, mujeres y niños en continentes enteros (45). La encíclica repite la declaración de la Const. Gaudium et Spes (1965) de que «deber gravísimo de los pueblos ya desarrollados es el ayudar a los pueblos que aún se desarrollan», y termina haciendo un llamamiento «a todos los .hombres de buena voluntad, conscientes de que la paz pasa por el desarrollo» (82).
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Recursos

Notas y Referencias

  1. Basado parcialmente en el concepto y descripción sobre asistencia social cristiana en la Enciclopedia Rialp (f. autorizada), Editorial Rialp, 1991, Madrid

Véase También

SEGURIDAD SOCIAL

Bibliografía

COMISIÓN EPISCOPAL DE APOSTOLADO SOCIAL, Doctrina social de la Iglesia, Madrid 1963; AccIóN CATóLICA ESPAÑOLA, Colección de encíclicas y documentos pontificios, Madrid 1967.

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2 comentarios en «Asistencia Social Cristiana»

  1. Reenviado: (Explicado) ‣ Todo sobre Seguros Sociales ‣ 2024 😀

    La evolución de los seguros sociales en Europa, aunque no es ampliamente conocida, influyó en el pensamiento de las personas interesadas en la reforma social en este país. De importancia es: Cómo en Francia, Alemania y Gran Bretaña, hubo un desarrollo de patchwork. Esto también era cierto en otros lugares de Europa. Se aplica a las características obligatorias o no obligatorias; a las diferencias en las categorías de trabajadores elegibles; a las proporciones pagadas por quien-empleador, empleado y gobierno; a normas que difieran de un país a otro; a la cantidad de beneficios y a sus efectos. Era cierto el seguro de enfermedad, la indemnización de los obreros, las pensiones de vejez, de hecho, el seguro social, en general. (Véase también acerca de la Asistencia Social Cristiana).

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