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Características de los Crímenes de Lesa Humanidad

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Características de los Crímenes de Lesa Humanidad

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Los crímenes de lesa humanidad incluyen la deportación, la esclavitud, la persecución y el exterminio de ciertos pueblos en función de su raza, religión, origen étnico o alguna otra característica identificable. Esta categoría de crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad) se creó casi en su totalidad a partir del catálogo de atrocidades cometidas por el régimen nazi en la Segunda Guerra Mundial. Aunque desde entonces otros regímenes han cometido sus propios horrores, los nazis establecieron la norma según la cual se mide la mala conducta en tiempos de guerra de todos los regímenes subsiguientes.

La característica distintiva clave de los crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad), entonces, era el objetivo o las víctimas de tales crímenes: civiles en territorios ocupados o prisioneros de guerra.Entre las Líneas En contraste, la agresión fue un crimen dirigido a estados enteros mientras que los crímenes contra la humanidad fueron actos discriminatorios cometidos contra cualquier población civil.

El artículo 3 común dispone:

En el caso de un conflicto armado que no tenga un carácter internacional y que ocurra en el territorio de una de las Altas Partes Contratantes, cada una de las partes en el conflicto deberá aplicar, como mínimo, las siguientes disposiciones:

1. Las personas que no participan activamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que han depuesto las armas y los que están fuera de combate por enfermedad, heridas, detención o cualquier otra causa, deben ser tratados en toda circunstancia, sin ninguna circunstancia. distinción adversa basada en raza, color, religión o fe, sexo, nacimiento o riqueza, o cualquier otro criterio similar.

Con este fin, los siguientes actos están y permanecerán prohibidos en cualquier momento y en cualquier lugar con respecto a las personas mencionadas anteriormente:

A) Violencia contra la vida y las personas, en particular asesinatos de todo tipo, mutilaciones, tratos crueles y torturas;

B) toma de rehenes;

C) Los atentados contra la dignidad personal, en particular el trato humillante y degradante;

(D) La imposición de sentencias y la ejecución de ejecuciones sin sentencia previa pronunciada por un tribunal constituido regularmente que ofrezca todas las garantías judiciales que los pueblos civilizados reconocen como indispensables.

Datos verificados por: Mix

Corte Criminal Internacional

Después de varios intentos en el pasado, especialmente en 1919 y 1937, las Naciones Unidas adoptaron el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional el 17 de julio de 1998. La CPI es independiente de las Naciones Unidas, y sus relaciones con ellas se rigen por un Acuerdo que ha sido aprobado por la Asamblea General de la ONU. El tratado que creó la CPI entró en vigor el 1 de julio de 2002 y, para el 19 de febrero de 2004, noventa y dos estados se convirtieron en signatarios del tratado. Los jueces y el fiscal de la CPI fueron elegidos en 2003. El tribunal tiene su sede en La Haya.

En su estatuto de fundación, la CPI enumera los delitos sobre los cuales tiene jurisdicción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Estos incluyen genocidio, crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad), crímenes de lesa humanidad y crímenes de agresión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). La CPI acepta la definición de la Convención de Genocidio de 1948 de lo que constituye el crimen de genocidio. [rtbs name=”genocidios-y-asesinatos-en-masa”] El Estatuto de Roma también proporciona una definición detallada de lo que constituye un crimen de lesa humanidad (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad), que está notablemente mejor desarrollado que la definición provista en la Carta de Nuremberg. También define varios otros términos esenciales, incluyendo exterminio, esclavitud, deportación y traslado forzado o tortura.

La CPI asume la jurisdicción sobre los crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad) que han ocurrido “como parte de un plan o política o como parte de una comisión a gran escala de tales crímenes”.

Puntualización

Sin embargo, estos no son los únicos actos contra los cuales la CPI puede actuar. Según el Estatuto de Roma, la CPI puede enjuiciar

(1) Incumplimientos graves de los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949;
(2) Otras violaciones graves de las leyes y costumbres aplicables en conflictos armados internacionales, dentro del marco establecido por el derecho internacional. El estatuto luego pasa a describir 26 actos procesables específicos que pueden ser cometidos en conflictos armados internacionales;
(3) En el caso de un conflicto armado que no tenga un carácter internacional, la CPI puede procesar cualquier violación de los Convenios de Ginebra de 1949 que se han cometido contra personas que no participan activamente en las hostilidades, incluidos los miembros de las fuerzas armadas que han actuado. sus armas y aquellos que ya no están en combate activo debido a enfermedades, heridas, detención o cualquier otra causa;
(4) Otras violaciones graves de las leyes y costumbres aplicables en conflictos armados que no sean de carácter internacional, dentro del marco establecido por el derecho internacional, refiriéndose a la disposición del Protocolo II y las normas consuetudinarias del derecho internacional.
El Estatuto especifica que su derecho a enjuiciar actos perpetrados en “conflictos armados que no tienen carácter internacional” no se aplica a situaciones de disturbios internos y tensiones como disturbios, actos aislados y esporádicos de violencia u otros actos de naturaleza similar.

Otros Elementos

Además, presupone que las violaciones procesables en conflictos armados no internacionales deben haber tenido lugar en el territorio de un estado cuando existe un conflicto armado prolongado entre las autoridades gubernamentales y los grupos armados organizados, o un conflicto armado prolongado de manera similar entre dichos grupos.

El Estatuto de Roma afirma varios principios legales ampliamente aceptados, tales como nullum crimen sine lege y nulla poena sine lege (no puede haber procesamiento ni castigo por actos que no estaban prohibidos por la ley en ese momento). Esto establece que, aunque un acto pueda definirse hoy como ilegal, esa ley no se puede aplicar retroactivamente a un momento en que aún no era parte del código legal. El estatuto también afirma el concepto de non bis in idem., que no permite doble peligro: un individuo no puede ser juzgado dos veces por el mismo delito.

Otros Elementos

Además, afirma el principio de responsabilidad individual, niega la jurisdicción procesal sobre las personas menores de 18 años y establece que no existe un estatuto de limitación para los delitos que se encuentran bajo su jurisdicción. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto) (se puede examinar algunos de estos asuntos en la presente plataforma online de ciencias sociales y humanidades). Finalmente, responsabiliza expresamente a los comandantes y otros oficiales superiores por los actos realizados bajo sus órdenes, y rechaza la estrategia de defensa de reclamar inmunidad para las personas que tienen (o retuvieron, en el momento de la violación) el estado de jefe de estado.

Estas disposiciones constituyeron un importante paso adelante en el derecho penal internacional., particularmente al llenar ciertas brechas que no se habían abordado en los Convenios de Ginebra. Por ejemplo, ni los Convenios de Ginebra, ni sus Protocolos adicionales incluían una disposición para abordar la defensa de que un acusado (persona contra la que se dirige un procedimiento penal; véase más sobre su significado en el diccionario y compárese con el acusador, público o privado) era inocente en virtud de actuar por orden de un superior. El artículo 33 del Estatuto de Roma de la CPI establece que, una persona que comete un delito procesable por orden de otro (un gobierno o un superior militar) no puede escapar a la responsabilidad penal, excepto en ciertas circunstancias específicas. El acusado, en tal caso, debe poder demostrar que la ley era manifiestamente legal, o que tenía la obligación legal de obedecer órdenes del gobierno o del superior en cuestión o no sabía que la orden era ilegal. Por la misma definición de genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) o crímenes de lesa humanidad (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad), sin embargo,

La creación de la Corte Penal Internacional se debe, en gran parte, a los esfuerzos de las organizaciones no gubernamentales (ONG). El 25 de febrero de 1995 se creó una coalición de treinta ONG, que aumentó rápidamente a 800 por la apertura de la Conferencia de Roma (en la que se creó la CPI) en junio de 1998, de las cuales 236 asistieron a las reuniones. Durante la conferencia, los asistentes se centraron en cuestiones sustantivas y buscaron establecer la jurisdicción más amplia posible para el tribunal recién creado. También trabajaron para crear un sistema de complementariedad, mediante el cual los tribunales nacionales tenían la responsabilidad principal de los procesos judiciales; un fiscal independiente y un tribunal libre de la injerencia de cualquier órgano político, incluido el Consejo de Seguridad. Otros temas tratados en la conferencia incluyeron disposiciones para la restitución de las víctimas, la incorporación de las preocupaciones de género en la definición de delitos procesables; y un mecanismo para asegurar a la corte una financiación (o financiamiento) adecuada a largo plazo.

Crímenes de Guerra y Crímenes de Lesa Humanidad

La crónica de los crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad) sugiere que Europa fue un lugar especialmente sangriento durante el siglo XX.

Puntualización

Sin embargo, para la gran mayoría de personas vivas a principios del siglo XXI, los crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad) no han sido más que un recuerdo de segunda mano, transmitidos por lecciones de historia escolar, innumerables películas y documentales televisivos sobre la Segunda Guerra Mundial y el Holocausto, y posiblemente a través de las narraciones de los miembros mayores de la familia. Esta memoria colectiva en la cultura contemporánea significa que los crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad) son un trauma latente siempre presente, más fuerte en las sociedades europeas que experimentaron la ocupación, la represión y el genocidio (véase su historia, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la Asamblea General en su resolución 260 A (III), de 9 de diciembre de 1948 y que entró en vigor el 12 de enero de 1951, de conformidad con el artículo XIII, y la aplicación de este tratado multinacional) en tiempos de guerra, pero de ninguna manera están ausentes en países sin experiencia directa, como Gran Bretaña.

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Había tantas categorías variadas de crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad) que parece difícil deducir una sola teoría explicativa. Ciertas características, sin embargo, emergen. Dos tipos de estados intentaron tomar atajos hacia la “victoria”: los estados autoritarios conservadores que buscan preservar el statu quo interno, y los estados revolucionarios (en su autodefinición) que buscan anular el orden interno o externo establecido. Los crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad) pueden tomar forma militar en una conducta despiadada hacia enemigos percibidos y reales, o pueden resultar de la invención de la noción de una etnia nacional pura y la exclusión geográfica o incluso la eliminación física del “otro”, ya sea como población interna o externa. No solo la Alemania nazi sino también el estado soviético bajo Stalin trataron a grupos de población enteros como enemigos potenciales, El primero con objetivos explícitamente genocidas. Las democracias tendían a renunciar a las definiciones raciales, sociales o ideológicas de ciudadanía, y ni en la política interna ni externa en la guerra intentaron alcanzar sus objetivos a través de la comisión de crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad). Las principales excepciones fueron la guerra colonial y la guerra aérea contra poblaciones civiles como respuesta a la guerra fascista.

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

La quimera nacionalista del Estado-nación (Estado en el que la población tiene una identidad nacional, o identidad geográfica, compartida, basada normalmente en la misma lengua, religión, tradiciones, e historia) étnicamente puro, el impulso de tantos crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad), se estableció en la práctica en Europa occidental después de 1945.

Puntualización

Sin embargo, fue resucitada deliberadamente en la década de 1990 por políticos ex comunistas que buscaban conservar su Poder en Yugoslavia, donde proporcionó el impulso para la comisión de crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad). La respuesta de las naciones de Europa occidental y los Estados Unidos a estos crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad), aunque vacilante, aunque imperfecta, muestra que el trauma latente en la memoria colectiva fue lo suficientemente fuerte como para impulsar a sus gobiernos a actuar para proteger a las poblaciones de Eslovenia, Croacia, Bosnia y Herzegovina. Kosovo, finalmente forzando un proceso de democratización en la propia Serbia y procesando a los principales perpetradores por crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad).

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Ver también Genocidio; Convenio de La Haya; Holocausto; Masacre del Bosque Katyn; Juicios de Leipzig; Juicios de crímenes de guerra (la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad fue adoptada en Nueva York, el 26 de noviembre de 1968 por la Asamblea General en su resolución 2391 (XXIII) y entró en vigor el 11 de noviembre de 1970, de conformidad con el artículo VIII; véase también la información sobre los delitos o crímenes de lesa humanidad y acerca de los crímenes contra la humanidad) de Nuremberg; La primera guerra mundial; La Segunda Guerra Mundial.

Datos verificados por: Thompson
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Recursos

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Notas y Referencias

Véase También

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