Cargo Sindical
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Noción de Cargo Sindical
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de cargo sindical, la siguiente definición: En sentido estricto, persona que ocupa una posición de mando, responsabilidad o confianza dentro de un sindicato; en un sentido más difuso e impropio, representante de los trabajadores (miembro de comité de empresa o delegado de personal) en una empresa o centro de trabajo. Los cargos de los sindicatos españoles son generalmente los de presidente, secretario general y secretarios confederales, que generalmente son elegidos o designados en el Congreso o la Asamblea del sindicato. La legislación española garantiza a los cargos sindicales de los sindicatos más representativos el derecho a licencias y excedencia, así como el derecho a tener acceso a los centros de trabajo y permanecer en ellos para el desarrollo de sus competencias.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Concepto sobre cargo sindical originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda