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Confederaciones de Estados

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Las Confederaciones de Estados

Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre Confederaciones de Estados. En inglés: Confederations of States. [aioseo_breadcrumbs]

La Confederaciones de Estados

Una confederación es una entidad gubernamental (o, en ocasiones, de la Administración Pública, si tiene competencia) creada por un Estado soberano independiente[s] que se reúne para desempeñar algunas funciones gubernamentales bajo autoridad común (“Soberanía Integridad territorial e independencia política”). Una confederación es una forma de asociación más fuerte que una alianza (“Alliances”), pero es más débil que una federación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

Más Información

Las unidades miembros individuales conservan su condición de Estados soberanos y son reconocidas por separado como miembros de la comunidad internacional. Esto distingue a una confederación de una federación.

Autor: Black

Confederación de Estados y Estados Federados

A partir de finales del siglo XIX, los constitucionalistas alemanes (Laband y Jellinek) y franceses, a partir de las teorías de L. Le Fur que inspiraron las ideas de Esmein, Hauriou, Duguit y Carré de Malberg, formularon una clara distinción legal entre dos grandes fórmulas de agrupación de Estados: las confederaciones y las federaciones. La confederación de estados no constituye un nuevo estado sino una asociación de estados soberanos (Staatenbund), mientras que el estado federal (Bundesstaat) es, como su nombre indica, tanto Staat como Bund, estado y federación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). El estado federal, en virtud de ser un estado, tiene soberanía, mientras que la confederación de estados es solo una asociación de estados soberanos y no posee en sí misma soberanía, ni, por consiguiente, el carácter de un estado.

En el siglo XX, Hans Kelsen, al incorporar su teoría del federalismo a una teoría más general de la centralización y descentralización de los ordenamientos jurídicos, confirma la distinción entre la federación de Estados, que es una agrupación de Estados, que no es en sí misma un Estado, sino una “unión de Estados puramente internacional… siguiendo el modelo de la Sociedad de Naciones”, y el Estado federal, que es, como su nombre lo indica, un Estado en el sentido del derecho internacional. Los miembros de la federación son, en cambio, colectividades que ya no son Estados en el sentido del derecho internacional. Esto se debe a que su fundamento se encuentra en la constitución del Estado federal, y no directamente en el ordenamiento jurídico internacional.

La Unión Europea no es ni una federación ni una confederación.

Autor: Black

Las Confederaciones de Estados

Las federaciones desafían la ontología básica del orden mundial (o global) sugiriendo que el ” Estado soberano ” puede no ser el único elemento constitutivo de ese orden. Sabemos que había otras entidades que poblaban el orden jurídico internacional, como los antiguos “mandatos” y los “territorios en fideicomiso”.Si, Pero: Pero estos últimos debían ser temporales y estar bajo la supervisión de un ” Estado soberano “. Las confederaciones no cuestionan necesariamente la ontología jurídica internacional básica en la medida en que solo sus miembros son considerados ” Estado soberano “; las confederaciones se presentan como una asociación de Estados soberanos. Las federaciones no son de esa naturaleza y es por eso que las federaciones plantean un profundo desafío a la comprensión del derecho internacional entre los “Estados soberanos”.

Una Federación es una forma política que no se basa en la idea de soberanía, ni en una teoría algo contractual asociada a las confederaciones. Más bien, las federaciones son formas políticas construidas en torno a ideas como la lealtad y la solidaridad entre comunidades políticas entrelazadas y anidadas. Las federaciones, aunque históricamente pueden ser el resultado de una agregación de unidades políticas anteriormente discretas, ya sean antiguos “estados soberanos”, colonias, divisiones administrativas, etc. – o de un proceso de descentralización en el que una unidad política se reestructura para permitir la existencia de entidades federadas, no se concibe como un grupo de unidades políticas simplemente vinculadas por un conjunto de normas jurídicas. Ni el centro, ni los estados federados, pretenden captar plenamente la identidad política de sus miembros. El imaginario federal no ve a la autoridad central -como en el imaginario del estado unitario-, ni a los estados asociados -como en el imaginario confederal- como poseedores de un monopolio total sobre la encarnación legítima del yo político primario de los ciudadanos.Entre las Líneas En efecto, los lazos que unen las diferentes partes de una Federación no son contractuales, son existenciales. Lo que importa es que los lazos que mantienen unida a la Federación, que dan unidad al conjunto, se imaginen como parte integrante de cada comunidad involucrada, no se vean como externos a su propio ser.

Aquellos que toman a Estados Unidos como su caso paradigmático de un sistema de gobierno federalista pueden muy bien pasar por alto un aspecto importante de las federaciones, ya que pueden llegar a la conclusión errónea de que los estados federados no tienen poderes para hacer tratados. Después de todo, es bien sabido que la Cláusula Compacta de la Constitución Americana establece que ningún estado celebrará ningún “tratado, alianza o confederación” y que ningún estado celebrará, sin el consentimiento del Congreso, ningún acuerdo o pacto con otro estado, o “con una potencia extranjera”. La cláusula sobre tratados, alianzas y confederaciones no parece haber sido cuestionada seriamente a lo largo de los años. Por otra parte, la prohibición de “acuerdo o pacto” se ha aplicado, sin embargo, con un alto grado de flexibilidad. Los “acuerdos entre Estados extranjeros” han quedado, hasta la fecha, en gran medida sin restricciones y sin supervisión.

Autor: Black

Confederación Suiza

Tres Confederados

Según la leyenda, los tres Confederados son los representantes de los cantones primitivos que hicieron un juramento en la pradera de Grütli en 1291 o 1307, dando origen a la Confederación (véase mitos fundacionales a continuación). Se pueden distinguir dos formas de presentarlos: una hace hincapié en su diversidad, la otra en su igualdad o similitud.

▷ Mitos fundacionales
Los relatos legendarios sobre la fundación de la Confederación, transmitidos en forma escrita, comenzaron en el siglo XV y se desarrollaron a partir de tradiciones locales y temas narrativos de origen extranjero (sagas y leyendas). La saga del tirador Guillermo Tell, la de la revuelta de los tres cantones primitivos (destrucción de fortalezas) y su juramento de alianza (Pactos Federales), así como el relato, claramente de otra época, del sacrificio de Arnoldo Winkelried en la batalla de Sempach (1386), figuran entre los mitos más importantes de la Suiza primitiva. Ninguna de las numerosas investigaciones historiográficas ha podido establecer de forma convincente una correspondencia directa entre los episodios de las leyendas y mitos y los hechos reales registrados hacia 1300 (véase más detalles). Su importancia está más bien ligada a la historia de las mentalidades; desde esta perspectiva, su papel fue central en la creación de los modelos de inspiración fuertes y ampliamente difundidos de una ideología del Estado federal. Un primer núcleo de mitos fundacionales aparece hacia 1420 en la Berner Chronik de Konrad Justinger. Refiriéndose al periodo anterior a la Guerra de Morgarten (1315), el autor narra la resistencia contra el dominio despótico de los alguaciles de los Habsburgo y sus abusos de poder en los países de los bosques; sin embargo, no menciona a Tell, la destrucción de fortalezas ni el pacto de alianza.

La primera subraya la multiplicidad en la unidad; la forma más antigua de la leyenda de los tres Conf., también presente en la época moderna, describe personajes típicos, intemporales, cada uno emblemático de los tres cant. Fue a más tardar Aegidius Tschudi quien dotó a los tres Conf. de una identidad historicista (Werner Stauffacher de Schwyz, Walter Fürst de Uri y Arnold von Melchtal de Untervaldo); sin embargo, también ellos eran tipos ideales de diferentes épocas y/o generaciones.

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La segunda hace hincapié en la igualdad; las tres Conf. abordan a continuación los Tres Cuentos o las representaciones iconográficas de los ermitaños, en la línea de Nikolaus de la Flüe. Es necesario distinguir entre lo que es predominantemente simbólico y lo que es historizante. Por una parte, están los tres “primeros” Conf. que, sin estar situados en un contexto preciso, según la saga prestan un primer juramento por sí mismos. Por otra, es posible considerar a los tres jefes, reunidos para un segundo juramento y acompañados cada uno por su séquito, como los representantes de todo el pueblo. Si Guillermo Tell representa al hombre solitario decidido a tomarse la justicia por su mano, los tres Conf. personifican la acción conjunta de una comunidad que, mediante una especie de contrato social, funda una nueva ley al margen del orden jurídico existente.

A mediados del siglo XVI, la tradición oral y escrita de los Tres Conf. se asoció también a una iconográfica que, sin embargo, nunca alcanzó la popularidad de la figura de Guillermo Tell. La expresión artística más conocida del motivo es el cuadro del Juramento de los Tres Conf. en el Grütli (1779-81) de Johann Heinrich Füssli. En 1865 se inauguró una fuente en el Grütli, alimentada por tres manantiales -que simbolizan las tres Confesiones- que también aparecen en representaciones del juramento en el siglo XIX. En cambio, el monumento nacional de Berna, propuesto por Robert Durrer en 1866 o 1871, nunca llegó a realizarse. De cierta importancia es el conjunto monumental creado por James Vibert en 1914 en el edificio del Parlamento (actual Palacio Federal).

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A finales del siglo XIX, el movimiento obrero se apropió del tema para encarnar, ya no la solidaridad entre cantones, sino la solidaridad, sin distinción de clases, entre agricultores, obreros y empleados. En una postal del 1 de mayo (1908), uno de los tres Conf. aparece incluso representado como una mujer. El motivo se utiliza en caricaturas especialmente para representar una conspiración descarada y obstinada.

Recursos

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Véase También

Bibliografía

Laskin Bora, “Las Provincias y los Acuerdos Internacionales”, en el Comité Asesor de la Confederación de Ontario: Background Papers and Reports, Toronto, Queen’s Printer of Ontario, vol. 1, 1967.

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