Consejo de Empresa
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Consejo de Empresa en el Derecho Social
1. Estructura participativa para que los trabajadores organizados puedan controlar los programas y planes de crecimiento o expansión, así como la utilización de las funciones empresariales en esfera del empleador (poder de decisión, poder de disciplina).
Consejo de Empresa: Desarrollo de la idea
2. Su exigibilidad es viable, en virtud del artículo 68 del Régimen de Contrato de Trabajo, que especialmente contempla esa estructura.
Detalles
3. Corresponde a los convenios colectivos acotar mecanismos de representación y funciones específicas que avancen hacia una verdadera cogestión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). [1]
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Notas y Referencias
- Eduardo Giorlandini y Rodolfo Capon Filas, Diccionario de derecho social: derecho del trabajo y la seguridad social: relaciones colectivas profesionales, voz “Consejo de Empresa”, (autor de la voz: R. C. F.), Rubinzal-Culzoni Editores, Argentina, 1991
Véase También
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