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El “contrato de obra o explotación” es, en Francia, un tipo de contrato indefinido creado por la Ordonnnce n°2017-1387 de 22 de septiembre de 2017 relativa a la previsibilidad y la securización de las relaciones laborales.
Esta Ordenanza creó los artículos L. 1223-8 y L 1223-9 del Código del Trabajo, que prevén que un acuerdo o convenio colectivo de rama de actividad ampliado fija las condiciones en las que es posible utilizar un contrato celebrado por la duración de una obra o de una explotación. En ausencia de tal acuerdo, este contrato puede celebrarse en los sectores en los que su uso es habitual y coherente con la práctica regular de la profesión que recurrió a él el 1 de enero de 2017.
Prevé esta Ordenanza, en particular, las modalidades adaptadas de rescisión de este contrato en caso de que la obra o la operación para la que se ha celebrado este contrato no pueda realizarse o se rescinda anticipadamente. La rescisión del contrato de obra o explotación al finalizar la obra o una vez terminada la explotación se basa en una causa real y grave: se aplica el procedimiento relativo al despido por motivos personales, pero no el procedimiento de despido económico.
Datos verificados por: Louisse
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A continuación se examinará el significado.
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Quiebra: Definición y Carácteres de Quiebra en México Concepto de Quiebra que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México (escrito por Miguel Acosta Romero):(De quebrar), según el diccionario de la lengua, es un juicio universal para liquidar y [...] Véase también: Co, Con Jerarquía, Intercambios Económicos y Comerciales.
Contrato de Suministros: Visualización Jerárquica de Contrato de suministros Intercambios Económicos y Comerciales > Política comercial > Contratación administrativa Contrato de suministros Concepto de Contrato de suministros Véase la definición de Contrato de suministros en el diccionario. Características de [...] Véase también: Co, Contratación Administrativa, Intercambios Económicos y Comerciales.
Contrato de Servicios: Este texto se ocupa de los contrato de servicios. Los contratos de servicios presentan un panorama bastante incoherente en la historia jurídica. El derecho romano desconocía un concepto jurídico diferenciado de los servicios. La locatio conductio incluía, además del alquiler y el arrendamiento, el llamado arrendamiento de servicios, que abarcaba tanto la prestación de servicios (locatio conductio operarum) como la transformación de bienes (locatio conductio operis). En lugar de estos servicios más bien simples, controlados externamente y no graciables, los servicios más sofisticados se prestaban generalmente sobre la base de un mandatum, es decir, sin ningún derecho legalmente exigible a contraprestación (simple pago ex gratia: honorarios). Mientras que el Código civil francés siguió en líneas generales esta concepción del Derecho romano y sigue basándose en el modelo de la cesión de un derecho de uso, el Allgemeines Landrecht für die Preußischen Staaten (ALR), aun distinguiendo por igual entre prestaciones simples y más sofisticadas, previó una sección específica sobre los contratos centrados principalmente en las actividades. En el transcurso de los trabajos preparatorios del Bürgerliches Gesetzbuch (BGB), los servicios de cualquier tipo se integraron finalmente en un tipo de contrato uniforme, a pesar de la fuerte oposición de médicos y abogados de la época. Sin embargo, los contratos por obra y faena se rigen por normas distintas. Véase también: Co, Contratación Administrativa, Intercambios Económicos y Comerciales.
Concesión de Servicios: Visualización Jerárquica de Concesión de servicios Intercambios Económicos y Comerciales > Política comercial > Contratación administrativa Vida Política > Poder ejecutivo y administración pública > Administración pública > Servicio público Concesión de servicios Concepto de Concesión de [...] Véase también: Co, Contratación Administrativa, Intercambios Económicos y Comerciales.
Competencia: En derecho, además del significado sobre jurisdicción, la competencia se refiere a la capacidad mental de una persona para participar en procedimientos o transacciones legales, y la condición mental que una persona debe tener para ser responsable de sus decisiones o actos. La competencia es un atributo que es decisión específica. Dependiendo de los diversos factores que típicamente giran en torno a la integridad de la función mental, un individuo puede o no ser competente para tomar una decisión médica particular, un acuerdo contractual particular, para ejecutar una escritura (su redacción) efectiva de propiedad real o para ejecutar un testamento con ciertos términos. Dependiendo del estado, un tutor o tutor puede ser designado por un tribunal para una persona que satisface las pruebas estatales de incompetencia general, y el tutor o curador ejerce los derechos del incompetente para el incompetente. Los acusados que no poseen suficiente "competencia" generalmente son excluidos de la persecución penal, mientras que los testigos que no tienen la competencia requerida no pueden declarar. El equivalente en derecho inglés es "fitness to plead." Véase también: Co, Contratación Administrativa, Intercambios Económicos y Comerciales.
Código de Comercio: Este texto se ocupa del Código de Comercio, como el de 22 de agosto de 1885, de España, sustituto y en parte continuador del Código de 1829. Los observadores contemporáneos han elogiado el código de comercio tradicional alemán, el ADHGB, como una "obra de minuciosidad y prudencia alemanas" (informe de la comisión, impreso de la cámara baja prusiana 223/1861 de 22 de mayo de 1861, 4), "no sólo el más minucioso y el mejor entre los códigos comerciales existentes en Europa, sino también una obra en su mayor parte buena" (Goldschmidt, 1862, 225) y como "el primer gran logro de la unificación nacional desde la Constitutio Criminalis Carolina (Goldschmidt, 1875, 63-4). Un observador moderno, en 1984, incluso considera la ADHGB como la "codificación alemana de mayor éxito". La importancia de la ADHGB se hace más evidente en el contexto internacional. Aunque relativamente tardía e inspirada en el Code de commerce, Alemania fue, además de Francia, la única otra nación que desarrolló un código comercial independiente. Véase también: Co, Con Jerarquía, Intercambios Económicos y Comerciales.
Tributación de las Transacciones Internacionales: Este texto se ocupa de la tributación de las transacciones internacionales. En un mundo que es ahora una "aldea global", incluso las pequeñas empresas deben dominar las cuestiones fiscales transfronterizas para atender bien a sus clientes. Existen dos tipos básicos de transacciones transfronterizas. Las transacciones salientes implican a contribuyentes estadounidenses que hacen negocios o invierten en países extranjeros. Las transacciones entrantes implican a contribuyentes extranjeros que hacen negocios o invierten en Estados Unidos. Para evitar que los contribuyentes estadounidenses difieran los ingresos en las transacciones salientes, el Congreso promulgó las normas de la subparte F y de la empresa de inversión extranjera pasiva (PFIC).
El tratamiento fiscal de los ingresos de origen estadounidense de un contribuyente extranjero procedentes de transacciones entrantes depende de si los ingresos están efectivamente relacionados con una actividad comercial o empresarial estadounidense. Si lo está, se grava sobre una base neta (lo que significa que se permiten deducciones) en lugar de sobre una base bruta (no se permiten deducciones). Véase también: Con Jerarquía, Intercambios Económicos y Comerciales, Política Comercial.
Tráfico Ilícito: Concepto de Tráfico Ilícito en relación a la Migración Internacional Facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte (de la Convención) del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u [...] Véase también: Con Jerarquía, Intercambios Económicos y Comerciales, Política Comercial.
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