Financiación al Consumo

Este texto se ocupa de ofrecer un análisis de la financiación al consumo en el ámbito de las ciencias sociales y la economía, incluido el subtema de la financiación al consumo para comercios. Las crisis de reembolso han estallado tanto en contextos del norte como del sur del planeta, donde los tipos de interés de las instituciones financieras han resultado incompatibles con los ingresos de la población. En la mayor parte del mundo, por tanto, existe un creciente desajuste entre los ingresos monetarios y las necesidades de efectivo debido a los gastos obligatorios relacionados con la urbanización y a los nuevos patrones de consumo, a la persistencia, y a veces al aumento, de los costosos acontecimientos del ciclo vital y, en algunos casos, a las crecientes aspiraciones de movilidad social. En todas partes, este desajuste se aborda mediante un complejo malabarismo de prácticas financieras en el que las deudas con las instituciones financieras desempeñan un papel importante, incluso cuando cada vez es más difícil hacer frente a los pagos de la deuda. Las personas de la mayor parte del mundo que antes no tenían acceso a los servicios financieros formales se han incorporado al proceso de la financiación de principios del siglo XXI, definido como la creciente interconexión entre las prácticas financieras de las personas, las instituciones financieras y la acumulación financiera mundial.

Interés de Financiación de las Exportaciones

Concepto de Interés de Financiación de las Exportaciones en el Entorno Empresarial Americano y Global Interés de financiación de las exportaciones puede ser definido/a de la siguiente forma: En el código tributario de los Estados Unidos, los ingresos por concepto de intereses derivados de […]

Quiebra

Definición y Carácteres de Quiebra en México Concepto de Quiebra que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México (escrito por Miguel Acosta Romero):(De quebrar), según el diccionario de la lengua, es un juicio universal para liquidar y […]

Ronda Uruguay

La Ronda Uruguay Ronda Uruguay en el Derecho Comercial Significado de Ronda Uruguay (1), en relación a este tema: Última Ronda de Negociaciones del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (1986/1995) en cuya Acta Final se firmó el Acuerdo de Marrakech por el que establece la Organización Mundial del Comercio (OMC). En esta […]

Distribución Comercial

Visualización Jerárquica de Distribución comercial Intercambios Económicos y Comerciales > Distribución
Intercambios Económicos y Comerciales > Comercialización > Comercialización
Intercambios Económicos y Comerciales > Comercialización > Acto de comercio > Venta
Empresa y Competencia […]

Fondo de Comercio Negativo

Este texto se ocupa del fondo de comercio negativo. Jurídicamente, el fondo de comercio (en francés, “achalandage”) es esa posibilidad de beneficios futuros que tiene una empresa en relación con causas tan variadas como la bondad de su organización interna, las cualidades personales del propietario, la reputación de sus signos distintivos, etc. Por parte de los juristas, el fondo de comercio fue considerado durante mucho tiempo como un activo de pleno derecho, un elemento inmaterial de los muchos que componen la empresa: más recientemente, se ha señalado que el fondo de comercio, una fuerza que actúa en el seno de la empresa y que es prácticamente inseparable de ella, debe considerarse una cualidad de la empresa más que una entidad autónoma o un elemento inmaterial de pleno derecho. Sobre la base, además, de un análisis de los distintos elementos objetivos, tangibles o intangibles, pero también personales (cualidades personales del propietario de la empresa) de los que se deriva el fondo de comercio, parece justificada, desde el punto de vista jurídico, una distinción análoga a la que existe en la terminología francesa (y que, desgraciadamente, tampoco es explotada por la doctrina francesa) entre “clientèle” y “achalandage”, es decir, entre el fondo de comercio real u objetivo, concebible como una cualidad de la empresa, incluida y garantizada por el derecho real que el titular tiene sobre la misma, y el fondo de comercio personal o subjetivo. El fondo de comercio negativo (NGW, por sus siglas en inglés) se refiere a la cantidad de dinero pagada cuando una empresa adquiere otra empresa o sus activos. El fondo de comercio negativo indica que la parte vendedora se encuentra en un estado de dificultad y debe deshacerse de sus activos por una fracción de su valor. El fondo de comercio negativo casi siempre favorece al comprador. Las partes compradoras deben declarar el fondo de comercio negativo en sus cuentas de resultados. El fondo de comercio negativo es lo contrario del fondo de comercio, en el que una empresa paga una prima por los activos de otra. Véase más información relativa a fondo de comercio negativo en este texto.

Escasez

Definición de Escasez en Economía Política Una condición en la que hay menos de algo disponible que al menos algunas personas les gustaría tener si pudieran tener ellos sin costo (o coste, como se emplea mayoritariamente en España) alguno para ellos mismos. Tenga en cuenta que esta definición económica técnica de “escasez” difiere enormemente de […]

Solución de Diferencias de la OMC

Un acuerdo basado en normas sólo puede funcionar si incluye un sistema eficaz de solución de diferencias entre los países miembros. Aunque el sistema de solución de diferencias del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio funcionó bien durante gran parte de las casi cinco décadas en las que el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio proporcionó el marco jurídico para el comercio mundial, a principios de la década de 1980 empezaron a aparecer graves problemas. En particular, se observaba una notable disminución de la voluntad de los países de “proteger” el sistema.

Niveles de Vida

¿Qué variables económicas representan la actividad económica agregada? ¿Cuál de ellas mide el nivel de vida? ¿Y qué significa un mayor nivel de vida? Dado que incluso las nociones más sencillas de la economía, la actividad económica y el nivel de vida implican muchos factores y variables, tienen que estar necesariamente limitadas en el proceso de medición real para que el concepto de crecimiento tenga sentido. Anticipándose al trabajo de los economistas clásicos sobre la distribución de la producción, Young dividía las fuentes de ingresos entre los propietarios de tierras, los trabajadores y el capital, y a menudo escribía en términos conceptuales que también se anticiparon al amplio uso del PIB real per cápita como indicador clave del nivel de vida. El PIB per cápita probablemente subestima el “verdadero” nivel de vida. Además, dado que la media de horas anuales trabajadas ha disminuido aproximadamente un 40% durante el último siglo en los países más ricos del mundo, el PIB per cápita subestima el crecimiento del nivel de vida durante ese periodo.

Tráfico Ilícito de Bienes Culturales

Durante siglos, las antigüedades de algunos países han sido sustraídas y transportadas ilegalmente a nivel transnacional para llenar las colecciones de compradores privados y museos. Este texto examina este tráfico internacional de material cultural antiguo que ha sido sustraído ilegalmente de su entorno cultural. El intento de establecer la preservación in situ como la principal opción para los objetos culturales subacuáticos y la prohibición de la explotación comercial que figura en la convención de 2001 probablemente no serán respetados por quienes se sientan tentados por la búsqueda de materiales preciosos. Si se intentara una aplicación rígida de estas disposiciones, los buscadores de tesoros no verían más alternativa que abandonar cualquier tipo de acuerdo de colaboración como en el pecio de Sussex. La búsqueda de oro y otros productos valiosos, por desgracia, continuará como lo ha hecho durante siglos. Si los buscadores de tesoros tienen que hacer su trabajo en secreto, apenas tendrán en cuenta la conservación o el estudio del pecio como parte de nuestro patrimonio cultural. En su lugar, las técnicas consistirán en arrebatar y agarrar, con la probable destrucción del lugar marítimo. Aunque se han producido avances innegables desde la Convención de la UNESCO de 1970, sigue existiendo un próspero mercado de antigüedades expoliadas en los centros del mercado internacional.

Tráfico Ilícito

Concepto de Tráfico Ilícito en relación a la Migración Internacional Facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte (de la Convención) del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u […]

Economía Política de la Política Comercial

Después de la provisión de orden interno y seguridad externa (y ligada a ambas como fuente de ingresos), la regulación del comercio internacional es una de las actividades más antiguas que se conocen de los Estados. Por lo tanto, no es sorprendente que tengamos registros de comentarios analíticos sobre la política comercial desde los primeros escritos sobre economía y economía política. La mayor parte de estos primeros escritos son de “economía política” en el sentido de asesoramiento político práctico, pero esto no es ajeno al significado más moderno del término, que se refiere a las explicaciones positivas de la elección de políticas. El asesoramiento político se da bajo un modelo implícito de gobierno, según el cual el gobierno está dispuesto y es capaz de actuar sobre el asesoramiento destinado a mejorar el bienestar social agregado. Dado su enfoque para explicar la política de empeoramiento del bienestar, la investigación de la economía política contemporánea generalmente rechaza este modelo (incluso cuando, como en el caso de niveles muy bajos de protección, parecería ser un modelo más preciso que las alternativas obvias). En su lugar, tomamos el hecho obvio de que la política comercial se desvía de prácticamente cualquier modelo directo de maximización del bienestar como una garantía para considerar cuentas alternativas de la determinación de la política.

Precios Excesivos

La fijación de precios excesivos se refiere a los precios fijados significativamente por encima de los niveles competitivos como resultado de un monopolio o poder de mercado. Sin embargo, en la práctica, en ausencia de una conspiración o de un acuerdo de fijación de precios o de pruebas de poder de mercado derivadas de una elevada concentración, es muy difícil establecer un umbral a partir del cual un precio pueda considerarse excesivo o irrazonable. La fijación de precios excesivos no se reconoce como una violación de la legislación antimonopolio en todas las jurisdicciones. Según la jurisprudencia estadounidense, por ejemplo, un precio excesivo no se considera una infracción. Estas sentencias se basan principalmente en tres motivos. El primero es la noción de que los precios excesivos se autocorrigen, ya que supuestamente atraen la entrada de nuevos competidores. El segundo motivo para la no intervención es que los precios excesivos son necesarios para promover la inversión a favor del consumidor, y el tercero es que es demasiado difícil evaluar si un precio era excesivo. Existe una controversia en la literatura académica sobre la justificación de estos tres motivos de no intervención. Una parte de la literatura está de acuerdo con estas tres consideraciones y aboga por un enfoque general de no intervención, incluso en las jurisdicciones en las que la legislación antimonopolio incluye la prohibición. Otra vertiente de la literatura cuestiona estos motivos para la no intervención y pide la aplicación ordinaria de la prohibición caso por caso.

Venta

La “venta” es un acuerdo por el que una persona conocida como “vendedor” transfiere a otra conocida como “comprador” sus derechos de propiedad sobre una cosa o un valor que le pertenece. Acción mediante la cual uno de los contratantes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho a otro que a su vez se obliga a pagar por ello un precio determinado en dinero. La forma del contrato no afecta a su clasificación, y puede ser por escrito o simplemente un acuerdo verbal. La cesión puede referirse a bienes o derechos materiales. La “cesión de un crédito” o “transferencia de un crédito”, la cesión de la mera propiedad o del usufructo de un bien o de un conjunto de bienes y derechos, como la cesión de un negocio, de una cartera de clientes o de una patente, constituyen ventas. Algunos tipos de venta están sujetos a una normativa especial. En derecho internacional, la Convención de Viena de 11 de abril de 1980, que establece un derecho uniforme de la compraventa internacional de mercancías, constituye el derecho sustantivo nacional; como tal, obliga al juez nacional, que debe aplicarla sin perjuicio de su exclusión, incluso tácita, según el artículo 6 de esta última convención, cuando las partes se hayan sometido al imperio de una ley determinada.

Esclavitud

Historia de la Esclavitud Definición e historia de la Esclavitud ofrecido por el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de México: (escrito por Beatriz Bernal) La esclavitud, desde un punto de vista jurídico, fue una institución de derecho de gentes, común a […]

Arrendamiento Inmobiliario

Visualización Jerárquica de Arrendamiento inmobiliario Asuntos Sociales > Urbanismo y construcción
Intercambios Económicos y Comerciales > Comercialización > Acto de comercio > Alquiler Arrendamiento inmobiliario Concepto de Arrendamiento inmobiliario Véase la definición de Arrendamiento […]

Prestacion de Servicios

Introducción: Derechos por la Prestacion de Servicios Exclusivos del Estado a Cargo de Organismos para su Venta Concepto de Derechos por la Prestacion de Servicios Exclusivos del Estado a Cargo de Organismos para su Venta en el ámbito del objeto de esta plataforma online: Son las […]

Dumping

El dumping es la exportación de productos con un valor inferior al “valor normal”, que a menudo se define como el precio al que se venden esos productos en el mercado interior. Desde su creación, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) ha autorizado a los signatarios a aplicar derechos para compensar el dumping cuando éste cause, o amenace con causar, un daño importante a una industria en el territorio de un miembro de la OMC. La legislación antidumping nacional data de mucho antes del GATT. Por ejemplo, los Estados Unidos aprobaron sus primeras leyes antidumping en 1921.

A pesar de su longevidad, las medidas antidumping suelen ser objeto de duras críticas, especialmente por parte de los economistas académicos. De hecho, algunos observadores abogan por su completa eliminación, planteando la cuestión de si el dumping en sí mismo es un problema lo suficientemente grave como para justificar el mantenimiento del régimen antidumping previsto en el GATT. Este texto señala que las medidas antidumping, como cualquier régimen regulatorio complejo, pueden dar lugar a resultados anómalos o indeseables en algunos casos, pero argumenta que el dumping en sí mismo sigue siendo un “problema en el comercio internacional”, tal como lo describió Jacob Viner en su estudio seminal de 1923 sobre el tema. Como tal, el dumping requiere una regulación continua, especialmente para los países con mercados nacionales relativamente abiertos.

Concesiones

Una “concesión” es un contrato comercial celebrado intuitu personae por el que un comerciante independiente, denominado “concesionario”, obtiene de otro comerciante, fabricante o mayorista, denominado “licenciante”, productos que se compromete a comercializar con la marca del licenciante, lo que le otorga la exclusividad durante un determinado período de tiempo y en una zona geográfica limitada. Por lo general, se trata de una exclusividad de venta. Sin embargo, la exclusividad también puede encontrarse en los contratos de suministro y de servicios. Concesiones, en esta plataforma global, en general, hace referencia o se utiliza para autorizaciones o permisos otorgados por el Estado a entidades no gubernamentales, nacionales o extranjeras, cediendo derechos exclusivos, de extracción o uso de la propiedad pública, como árboles.

Prueba

La prueba es una actividad que se lleva a cabo en los procesos judiciales con la finalidad de proporcionar al juez o tribunal (y en su caso, al jurado, en los procedimientos en que éste se encuentra llamado a intervenir según la legislación de cada país) el convencimiento necesario para tomar una decisión fundada. La “prueba” es la demostración de la realidad de un hecho, estado, circunstancia u obligación. La carga de la prueba recae en la parte que afirma tener derecho al hecho u obligación en cuestión. Su oferta sólo es admisible si la demostración que será consecuencia de su demostración puede ser útil para la solución de la pretensión sobre la que el juez debe pronunciarse. Se dice que las pruebas ofrecidas deben ser “pertinentes”. Los contratos de prueba son válidos cuando se refieren a derechos libremente disponibles para las partes, pero no pueden establecer a favor de una de ellas una presunción irrefutable. El hecho de que una parte se niegue a participar en la administración de la prueba puede considerarse como una presunción de que admite la validez de la pretensión de su oponente.

Contrato de Obras

El “contrato de obra o explotación” es, en Francia, un tipo de contrato indefinido creado por la Ordonanza n°2017-1387 de 22 de septiembre de 2017 relativa a la previsibilidad y la securización de las relaciones laborales. Ha dado lugar a que un acuerdo o convenio colectivo de rama de actividad ampliado fija las condiciones en las que es posible utilizar un contrato celebrado por la duración de una obra o de una explotación. Prevé esta Ordenanza, en particular, las modalidades adaptadas de rescisión de este contrato en caso de que la obra o la operación para la que se ha celebrado este contrato no pueda realizarse o se rescinda anticipadamente. La rescisión del contrato de obra o explotación al finalizar la obra o una vez terminada la explotación se basa en una causa real y grave: se aplica el procedimiento relativo al despido por motivos personales, pero no el procedimiento de despido económico.

Agente Comercial

Agente Comercial, denominado también viajante o representante de comercio, se trata de una clase especial de colaborador subordinado del empresario, con cierto poder de decisión. Según el Derecho comunitario, el mero hecho de que un agente comercial no haya cumplido con la obligación de inscribirse en el registro especial al que está obligado por la legislación francesa no puede constituir una prueba de que deba ser considerado automáticamente como un trabajador por cuenta ajena. El 13 de julio de 2000, la Sala Primera del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea (asunto C-456/98: Centrosteel Srl contra Adipol Gmbh.) dictaminó que la Directiva 86/653/CEE, de 18 de diciembre de 1986, relativa a la coordinación de los derechos de los Estados miembros en lo referente a los agentes comerciales independientes, se opone a una normativa nacional que supedita la validez de un contrato de agencia a la inscripción del agente comercial en el registro correspondiente.

Salud Pública

Esta entrada explica que la salud pública es un concepto muy amplio con definiciones cambiantes o variables a lo largo del tiempo y en diferentes países. Las Instituciones de salud pública, por otro lado, son organismos o entidades públicas, que proporcionan servicios de salud a la población en general, que así lo requiera, regidos por criterios de universalidad y gratuidad fundada en las condiciones socioeconómicas de los usuarios.

Organización Mundial del Comercio

Organización Mundial del Comercio (OMC), institución internacional creada para promover un librecambio global. Cuenta con 149 países miembros y 32 países en condición de observadores. La OMC fue fundada en 1993 por el Acta Final que cerraba la Ronda Uruguay de negociaciones multilaterales […]

Trueque

Concepto de Trueque en Economía Significado de trueque: Cambio directo de unos bienes por otros, sin utilización de dinero u otro medio de pago.(1) Recursos Notas Basado en una definición de trueque de autor desconocido Véase También Bibliografía Información acerca de “Trueque” en el […]

Fondo de Comercio

Definición de Fondo de Comercio Fondo de comercio, en Derecho y en contabilidad, activo intangible cuyo valor aumenta el de los activos tangibles de una empresa y refleja los beneficios asociados a factores tales como tener un local bien situado, una marca comercial conocida, una buena […]

Publicidad

Definición de Publicidad Decía Guillermo Díaz en su Diccionario Político que Publicidad (1948) es: Arte de dar a conocer las excelencias de un artículo de un servicio de una idea política o social etc. por todos los medios imaginables. La publicidad es hoy el más eficaz auxiliar (secundario, subordinado)
del comercio […]

Cooperativa de Consumo

Este texto se ocupa de la cooperativa de consumo. En la economía global, las cooperativas de consumidores y productores se han convertido en empresas muy eficaces que, según expresan, ponen a las personas en el centro de su negocio y no al capital. En la economía global, las cooperativas llevan a cabo actividades empresariales en prácticamente todos los sectores importantes, desde la agricultura y la pesca, hasta la banca y los seguros, pasando por el turismo y el transporte. Estas cooperativas apoyan el desarrollo económico en las regiones más pobres del mundo, mientras que sus principios fundamentales promueven la democracia. Las cooperativas de consumo también suministran alimentos, vivienda, educación preescolar y cuidado de niños, atención sanitaria, seguros, servicios de libros y comida para la universidad y arreglos funerarios.

Crédito al Consumo

Crédito que obtienen las personas físicas para fines distintos de los empresariales y profesionales, y que puede tener destinos de muy diversa naturaleza. Son considerados también créditos al consumo los obtenidos a través de las tarjetas de crédito. El crédito es un tipo de transacción o acuerdo voluntario entre un prestatario y un prestamista. En un acuerdo de crédito, el prestatario recibe algo de valor, normalmente una suma de dinero, de un prestamista. El prestatario se compromete a devolver esta suma de dinero al prestamista en algún momento en el futuro. En la mayoría de los casos, el prestatario también se compromete a pagar al prestamista un interés acordado, es decir, una comisión por el uso del dinero por parte del prestatario. Hay muchos tipos de prestamistas en la economía de muchos países, como los bancos, las cooperativas de crédito y las compañías financieras. El uso del crédito por parte de los consumidores tiene una larga historia en Estados Unidos. Durante la década de 1920, la introducción del crédito a plazos para compras importantes, como un automóvil, inculcó en muchos estadounidenses la mentalidad de “comprar ahora y pagar después”.

Comportamiento del Consumidor

Este texto se ocupa del comportamiento del consumidor y las diferentes teorías e intereacciones. Por ejemplo, en relación a la publicidad comercial, todavía se discute el grado en que los anunciantes pueden influir en las decisiones de compra de los consumidores en la economía estadounidense. La teoría de la soberanía del productor, popularizada en los años 50 y 60 por el economista John Kenneth Galbraith (La sociedad del bienestar) y el sociólogo Vance Packard (Los persuasores ocultos), sostenía que los productores manipulaban hábilmente la demanda de los consumidores mediante la publicidad y las campañas de marketing. Hoy, sin embargo, la teoría de la soberanía del consumidor representa la corriente principal del pensamiento económico. Esta teoría afirma que los consumidores conocedores y exigentes tienen suficiente información para ejercer su libertad de elección y tomar decisiones de compra racionales. En otras palabras, los consumidores son conscientes de las estrategias de venta de los productores y votarán con su dinero por los productos que mejor satisfagan sus necesidades. Los defensores de la soberanía del consumidor también señalan que Adam Smith, el fundador de la economía moderna, proclamó con confianza que el interés propio llevaría a las personas a tomar decisiones de compra informadas. Por último, los consumidores están protegidos de los abusos de las empresas, como las afirmaciones falsas o engañosas de los productos, por las leyes de protección del consumidor, los organismos reguladores gubernamentales y las organizaciones privadas de consumidores.