Declaración de Laeken
Este elemento es una ampliación de los cursos y guías de Lawi. Ofrece hechos, comentarios y análisis sobre este tema. [aioseo_breadcrumbs] En la Declaración de Laeken sobre el futuro de la Unión Europea de 15 de diciembre de 2001 (Boletín UE 12-2001, I.27) se proponían cuatro objetivos de la reforma:
- Primero: “Un mejor reparto y definición de las competencias en la Unión Europea”. Para ello se debe acometer sobre todo una mayor transparencia en el reparto de competencias entre la Unión y los Estados miembros y la mayor clarificación posible del principio de subsidiariedad, y debe analizarse qué competencias puede estar justificado que se atribuyan, por un lado, a la Unión y además, por otra parte, qué competencias hasta ahora ejercidas comunitariamente pueden ser transferidas de nuevo a los Estados miembros.
- Segundo: “La simplificación de los instrumentos de la Unión”. Para ello debe introducirse una distinción entre medidas legislativas y medidas de aplicación, así como una disminución del número de instrumentos legislativos.
- Tercero: “Más democracia, transparencia y eficiencia en la Unión Europea”. Con este objetivo deben considerarse numerosas cuestiones de organización y procedimiento, así como también el papel de los parlamentos nacionales.
- Cuarto: “El camino hacia una Constitución para los ciudadanos europeos”. Con esta perspectiva deben reorganizarse los Tratados, y considerarse la recepción de la Carta de Derechos Fundamentales en el Tratado básico y la adopción de un Texto constitucional en la Unión Europea.
En el contexto del tercer objetivo se trató particularmente la cuestión de cómo podría incrementarse la legitimación democrática y la transparencia los órganos existentes, y cómo debía ser designado el Presidente de la Comisión: por el Consejo Europeo, por el Parlamento Europeo o mediante elección directa por los ciudadanos. La Declaración de Laeken se cuestionaba si y cómo deberían ser modificados el modo de elección y las funciones del Parlamento Europeo, así como la actividad del Consejo.
El Consejo europeo constituyó, con la Declaración de Laeken, una Convención para la elaboración de un texto constitucional (cfr. en general sobre la Convención Wessels, Der Konvent: Modelle für eine innovative Integrationsmethode, integration 2002, págs. 83 y ss.). El órgano colegiado (Gremium) debía examinar los cuatro objetivos de la reforma mencionados, con la participación de los Estados candidatos a la entrada en la UE en aquel momento.
El Tratado constitucional proyectado por la Convención y revisado por la Conferencia intergubernamental contenía extensas modificaciones, aunque ninguna revisión total de los Tratados. El Tratado constitucional preveía subsumir en un único Tratado el Tratado de la Unión Europea y el Tratado constitutivo de las Comunidades Europeas, abandonar la estructura basada en los pilares y dotar a la Unión Europea de personalidad jurídica propia. La primacía del Derecho comunitario frente al derecho nacional, basada hasta ese momento en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, se establecería de modo expreso, y se regularían por primera vez los símbolos de la Unión Europea: bandera, himno, divisa, moneda y el Día de Europa. Como otros cambios sustanciales fueron previstos:
- la inclusión de la Carta de Derechos Fundamentales en el Tratado constitucional,
- la categorización y clasificación de las competencias de la Unión,
- el desarrollo de las instituciones de la Unión, particularmente a través de la creación del cargo de Presidente del Consejo Europeo y de un Ministro de Asuntos Exteriores de la Unión Europea,
- la introducción del principio de doble mayoría para las decisiones en el Consejo,
- una nueva tipología de las formas de actuación de la Unión, con conceptos como “Ley” y “Ley Marco”,
- la introducción de una iniciativa ciudadana europea,
- la creación de una política de vecindad,
- la institución de un derecho de revocar la vinculación con la Unión para los Estados miembros,
- diferentes y más simplificados procedimientos de reforma para partes y aspectos singulares del Tratado constitucional, así como
- la participación de los parlamentos nacionales en el proceso legislativo para el control de la subsidiariedad en forma de un sistema de alerta temprana y un recurso por violación del principio de subsidiariedad.
📬Si este tipo de historias es justo lo que buscas, y quieres recibir actualizaciones y mucho contenido que no creemos encuentres en otro lugar, suscríbete a este substack. Es gratis, y puedes cancelar tu suscripción cuando quieras: Qué piensas de este contenido? Estamos muy interesados en conocer tu opinión sobre este texto, para mejorar nuestras publicaciones. Por favor, comparte tus sugerencias en los comentarios. Revisaremos cada uno, y los tendremos en cuenta para ofrecer una mejor experiencia.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
▷ Esperamos que haya sido de utilidad. Si conoces a alguien que pueda estar interesado en este tema, por favor comparte con él/ella este contenido. Es la mejor forma de ayudar al Proyecto Lawi.