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Derecho Procesal Constitucional en Austria

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Derecho Procesal Constitucional en Austria

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Derecho procesal constitucional (Austria)

Derecho procesal constitucional (Austria) en el Diccionario de Derecho Procesal Constitucional y Convencional

Se expresa el mencionado Diccionario, sobre Derecho procesal constitucional (Austria) , en voz escrita por Christina Binder, en los siguientes términos: El concepto de “derecho procesal constitucional” no existe en el sentido estricto en Austria. Por eso, en esa contribución definimos al “derecho procesal constitucional” como una rama procesal, que se refiere a “los órganos, garantías e instrumentos procesales para la salvaguardia de la constitución”. Así que el término se utiliza como sinónimo de “justicia constitucional” o “jurisdicción constitucional” (E. Ferrer Mac-Gregor, Derecho procesal constitucional).

En Austria hay un sistema de jurisdicción constitucional esencialmente concentrado en el Tribunal Constitucional. El Tribunal Constitucional de Austria es, así, el último guardián de la Constitución (véase “Tribunal Constitucional (Austria)”). La base normativo-constitucional del sistema de jurisdicción constitucional se encuentra en los arts. 137-148, Bundesverfassung, B-VG.

Informaciones

Los detalles de su funcionamiento están reglamentados en el Verfassungsgerichtshofgesetz 1953 y en la Gesch&aulm;ftsordnung, que fue adoptada por el propio Tribunal Constitucional.

El mecanismo más importante para asegurar la prevalencia de la Constitución es la posible eliminación de leyes inconstitucionales por parte del Tribunal Constitucional (art. 140, B-VG). Al lado de la posible eliminación de ordenanzas ilegales (art. 139, B-VG), el control de constitucionalidad de la ley asegura la pirámide jurídica o “Stufenbau” del sistema jurídico (der Rechtsordnung), la cual tiene en su cúspide a la Constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). También el posible control de resoluciones administrativas de última instancia (desde el 1 de enero de 2014: decisiones de tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) de primera instancia) por vía de amparo (Bescheidbeschwerde; art. 144, B-VG) contribuye a ese fin.

Cuando excluye leyes federales o leyes de los L&aulm;nder por inconstitucionalidad (art. 140, B-VG), el Tribunal Constitucional funciona como “legislador negativo”.Entre las Líneas En este caso anula la norma o ley (Gesetz (esbestimmung)) afectada de inconstitucional. Esa anulación tiene, en principio, efectos ex nunc/pro futuro.

De manera general, uno puede distinguir en Austria entre control 1) abstracto, y 2) concreto.

1.Entre las Líneas En el sistema de control abstracto no existe una situación particular o específica que dé origen a la demanda de inconstitucionalidad (Anlassfall). Según el objetivo perseguido, distintas instituciones u órganos estatales tienen derecho a interponer la demanda con el fin de hacer prevalecer la supremacía de la Constitución sobre normas contrarias a ella. El gobierno federal puede elevar la demanda si encuentra que hay una supuesta inconstitucionalidad de leyes de los L&aulm;nder; lo mismo puede hacer el Landtag si la supuesta inconstitucionalidad concierne leyes federales. Aquí el sistema de control abstracto sirve para resolver conflictos federales. También una tercera parte de los miembros de la Cámara Baja (Nationalrat) o de la Cámara que representa a los L&aulm;nder (Bundesrat), así como un tercio de los miembros de los Landtage pueden interponer una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Esta facultad es entendida como un derecho de la oposición, donde una minoría significativa (un tercio de las Cámaras respectivas o de los Landtage) puede iniciar un control de constitucionalidad de leyes adoptadas por la mayoría.

2.Entre las Líneas En el sistema de control concreto, ciertos tribunales (Verwaltungsgerichtshof, Corte Suprema, cada tribunal de segunda instancia, Asylgerichtshof (eliminado el 1 de enero 2014), Tribunal Constitucional ex officio) o ciertas instituciones administrativas (Unabh&aulm;ngige Verwaltungssenate, Bundesvergabeamt) (eliminado y sustituido por tribunales administrativos (véase qué es, su concepto jurídico) de primera instancia el 1 de enero de 2014) pueden iniciar el control de constitucionalidad de una norma o ley si tienen dudas de su constitucionalidad al momento de aplicarla en un caso determinado.

Finalmente, bajo ciertas condiciones, también un individuo puede empezar un proceso de control de normas. Eso, a condición de que la norma legal afecte al individuo sin que se requiera una decisión o un acto previo de un tribunal o de una institución administrativa. Otra condición es que otra vía legal (Rechtsweg) es desmedida (unzumutbar). Nota que desde el 1 de enero de 2015, además individuos que consideran sus derechos violados por la aplicación de una ley inconstitucional en una decisión de un tribunal de primera instancia pueden iniciar un control de la ley respectiva según recién reforma (Gesetzesbeschwerde, BGBl I 2013/114).

De manera general, el amplio poder de demanda (Antragsbefugnis) contribuye a un efectivo sistema de control de constitucionalidad que ejerce el Tribunal Constitucional en su defensa de la Constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto).

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Más en el Diccionario

No obstante, algunos hechos reducen la efectividad del sistema de control de normas.Entre las Líneas En primer lugar, el legislador puede evitar el control del Tribunal Constitucional cuando cuenta para ello con un amplio consenso: puede elevar una norma o una ley supuestamente (o ya declarada) inconstitucional a rango constitucional con una mayoría de 2/3 de sus miembros, y así “protegerla” de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Si bien es cierto que el Tribunal Constitucional también tiene competencia de controlar leyes constitucionales si constituyen un cambio de principios básicos (“Gesamt&aulm;nderung”, art. 44/3 B-VG; por ejemplo, un cambio de los principios democrático, federal, la separación de poderes) de la Constitución. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). De manera que si constituyen una Gesamt&aulm;nderung, también normas de rango constitucional pueden ser rechazadas, y los fundamentos de la Constitución queden así protegidos por el Tribunal Constitucional. También desde la perspectiva de la soberanía popular y democrática pueden esgrimirse argumentos a favor de los cambios soportados por un amplio consenso parliamentario. Al mismo tiempo, cabe observar que sobre todo en tiempos de “gran coalición”, cuando los dos partidos en el gobierno tienen una mayoría de dos terceros (2/3), se limitó efectivamente el control del Tribunal Constitucional, al elevar al rango constitucional normas ya declaradas inconstitucionales en el pasado. Esa “técnica” —que ha generado multiplicidad de normas constitucionales de importancia variada en leyes normales— no solamente perjudica la Constitución como orden fundamental del Estado, sino que debilita también la función del Tribunal Constitucional como guardián de la Constitución.

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En segundo lugar, cabe recordar que el Tribunal Constitucional solamente funciona como “legislador negativo”. No tiene competencia de “forzar” al legislador a actuar, por ejemplo, exigiendo que adopte ciertas normas; esto incluso en caso de detectar deficiencias de regulación en materia de derechos fundamentales.

A pesar de esos límites, el control de normas o de leyes efectuado por parte del Tribunal Constitucional ha sido un sistema de control largamente eficaz, lo que ha contribuido a la defensa de la Constitución de manera efectiva.

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