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Derecho Público Aeronáutico

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Derecho público aeronáutico

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ORGANISMOS INTERNACIONALES

1. Organización de las Naciones Unidas (ONU). Organismo Internacional fundado en 1945 con el objetivo de construir un mundo en el que toda persona, cualquiera que sea su condición, pueda desarrollarse y contribuir al desarrollo de su comunidad. Para lograrlo se llevan a cabo proyectos que abarcan áreas tan diversas como los derechos humanos, el desarrollo económico y social, la protección de la infancia o el respeto de la propiedad intelectual.

2. Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Organismo internacional especializado de la ONU, del que México es miembro desde sus inicios, tuvo su origen en 1944 durante la Convención en la ciudad de Chicago Illinois, para regular el desarrollo seguro y ordenado del transporte aéreo en el mundo e implementar normas sobre tránsito aéreo internacional, métodos y procedimientos recomendados por los miembros del consejo de la Organización o por las comisiones o Comités especializados que se formaron. Tiene su sede en la ciudad de Montreal, Canadá y sus anexos se publican en español, francés, inglés y ruso, en México se cuenta con un representante.

Para lograr esos objetivos, la OACI instrumenta normas que regulan el desempeño de los pilotos y tripulación de las aeronaves, los controladores del tránsito aéreo y las cuadrillas terrestres y de mantenimiento. Así mismo, regula el transporte de mercaderías peligrosas en aviones comerciales y la prohibición del transporte aéreo de drogas ilícitas.

La Organización facilita el movimiento de aeronaves, pasajeros, tripulantes, equipaje, carga y correspondencia a Estados Miembros.

3. Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA por sus siglas en inglés). Institución mundial (o global) de la aviación civil, constituida por la mayoría de las líneas aéreas, con la mención de que la mayoría de las empresas aéreas que no tienen membresía, adoptan las regulaciones que publica la IATA. Entre las actividades que desarrolla están;

a) Publicaciones. De libros, resoluciones, acuerdos, catálogos y similares que surgen de las conferencias (juntas oficiales para discusiones y acuerdos)

b) Cursos y materiales para capacitación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Manuales, instructores, disketes, audiocasetes, videocasetes, películas y programas de capacitación dentro de sus instalaciones.

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c) Juntas, conferencias y resoluciones. Con OACI, líneas aéreas, organismos gubernamentales, representantes de agencias y seminarios técnicos.

Las áreas que cubre la IATA son; viajes, servicios a los pasajeros, servicios de carga aérea, contenedores, asientos con los gobiernos de interés para líneas aéreas, texto de convención de Varsovia, manejo completo artículos Peligrosos para su transporte por vía aérea, manejo de animales vivos, estadísticas y asuntos técnicos (seguridad, aeropuertos, aviación).

Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):

Derecho público aeronáutico

Derecho público aeronáutico en la Enciclopedia Jurídica Omeba

Véase:

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