▷ Sabiduría semanal que puedes leer en pocos minutos. Añade nuestra revista gratuita a tu bandeja de entrada. Lee gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Liderazgo, Dinero, Startups, Políticas, Ecología, Ciencias sociales, Humanidades, Marketing digital, Ensayos, y Sectores e industrias.

Derecho Soviético

Europa

Muchas de sus características del derecho soviético derivan de los orígenes rusos prerrevolucionarios y, por lo tanto, son similares a las de otros sistemas jurídicos (especialmente el alemán y el francés), de los que Rusia tomó prestado en el siglo XIX. Otras características, sin embargo, son peculiarmente soviéticas, reflejando las necesidades de un estado de partido único, una economía planificada y un orden social dirigido hacia una moral comunista. Dado que Karl Marx y Friedrich Engels no prescribieron ningún modelo de ley para un Estado organizado para alcanzar los objetivos fijados por su Manifiesto Comunista de 1848, se dejó a Lenin y a sus colegas del partido comunista ruso, tras la Revolución Bolchevique de 1917, la tarea de improvisar un sistema legal. Las directrices generales proporcionadas por Marx y Engels eran que el derecho se considerara un instrumento del Estado, no una limitación de los que hacen la política, y que enunciara normas de orden público que facilitaran la transición al socialismo y, en última instancia, al comunismo. Sus principales tareas debían ser dos: (1) la eliminación del poder político de la burguesía privándola de su propiedad sobre los recursos productivos; y (2) la educación de los ciudadanos en el modelo de vida disciplinado que los comunistas afirmaban como requisito para alcanzar el orden social que deseaban.

Complementariedad del Derecho y el Poder Político

El poder político no es otra cosa que esta dominación basada en una necesidad física. Pero si el orden de la naturaleza es una armonía que expresa o refleja la razón universal, entonces es conforme al derecho natural y, por tanto, necesario que las relaciones entre los hombres estén reguladas armoniosamente por normas universalmente válidas (“derecho natural”) y que ciertos hombres especialmente elegidos y cualificados velen por el respeto de estas normas. Las doctrinas del contrato social, que se desarrollaron en Europa en los siglos XVII y XVIII, no son menos presuntuosas que las del derecho natural cuando pretenden basar el poder político en una “primera convención” que, para todas las agrupaciones humanas, incluiría las mismas cláusulas “racionales”, efectuando así la transición del “estado de naturaleza” al “estado civil”. Los filósofos no se ponen de acuerdo sobre las cláusulas del pacto social, como tampoco lo hacen sobre las reglas del derecho natural.

Libertarismo

Territorio, Estado, Naturaleza

El libertarismo es un conjunto de puntos de vista en filosofía política. Los libertarios valoran mucho la libertad individual, viendo el respeto por la libertad individual como un requisito central de la justicia. Cabe definir el libertarismo en general como la teoría social que aboga por una disminución en el alcance del gobierno y un aumento en el alcance de la autonomía individual.

Extranjería Procesal

comercio y relaciones internacionales

Los problemas de extranjería procesal se refieren a las normas que inciden en la participación de una parte extranjera en el proceso, ya sea como demandante o demandado. No se deben incluir en este apartado aquellas normas que no afectan la posición jurídica del extranjero como parte en el proceso. La interpretación de las disposiciones sobre el procedimiento de extranjería no sólo no debe ser restrictiva, sino que en modo alguno debe dar lugar a que nuestros tribunales vulneren el derecho fundamental de los extranjeros (esto es, personas, emigrantes, personas que, por diversos motivos, se desplazan temporal o permanentemente fuera de su residencia habitual dentro de un país o a través de una frontera internacional) a la tutela judicial efectiva y a un procedimiento con todas las garantías de defensa.

Derecho Penal Romano

Free nature highway road with trees

En este texto se analiza el derecho penal romano, y en especial las obligaciones derivadas de un delito, el tratamiento del delito. Abarca los daños a la propiedad, el hurto y el robo, las injurias, los delitos pretorianos, la responsabilidad por daños causados por animales y el cuasidelito. En Derecho romano, un delito era un comportamiento reprobable que la ley castigaba imponiendo una obligación al autor hacia la víctima. Se trataba de la obligación de pagar una pena por haber cometido un mal. Hasta los siglos II y III d.C. no se separaron los delitos públicos de los privados y se trasladaron a los tribunales penales; a partir de entonces, la acción civil siguió siendo el remedio para los abusos privados. El delito, como una de las principales fuentes de una obligación, puede definirse en términos generales como un acto ilícito que causa daños a la personalidad de alguien, a su familia o a sus bienes, y por el que la víctima o sus herederos tienen derecho a ser indemnizados. Existe un paralelismo evidente entre el delito romano y la responsabilidad civil del derecho anglosajón, pero la analogía no debe llevarse demasiado lejos, ya que el derecho romano del delito tenía un fuerte elemento penal: la ley sancionaba la conducta del infractor, además de garantizar una indemnización adecuada a la víctima.

▷ Recibe gratis nuestras revistas de Derecho empresarial, Emprender, Carreras, Dinero, Políticas, Ecología, Liderazgo, Marketing digital, Startups, Ensayos, Ciencias sociales, Derecho global, Humanidades, y Sectores económicos, en Substack. Cancela cuando quieras.