Destrucciones
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Destrucciones
Destrucciones en Derecho Militar
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Demoliciones, interrupciones o inutilización de productos manufacturados, de instalaciones y de materiales efectuadas -con propósitos ofensivos o defensivos- en el transcurso de operaciones militares. Las destrucciones que no estén impuestas por una necesidad militar fundada están prohibidas. (cf. G I, art. 50; G II, art. 51; G III, art. 130; G IV, art. 147; NU 1950). Véase también: Comando, Crímenes de guerra, Incursión, Sabotaje.
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas
- Información sobre Destrucciones procedente del Diccionario de Derecho Internacional de los Conflictos Armados.
Bibliografía
- Información sobre Destrucciones en el Diccionario Terminológico Básico de la Intervención Militar (Intervención General de la Defensa, España)
- Manual de Derecho Militar: Doctrina, Legislación, Jurisprudencia (Carlos Manuel Silva Ruiz; “Los Amigos del Libro,” Bolivia)
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