Disposiciones Comunes sobre las Comisiones Constitucionales Filipinas
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Artículo 1 de la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 1, ubicado en la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ], en la parte dedicada a Disposiciones Comunes de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: Las Comisiones Constitucionales, que serán independientes, son la Comisión de la Función Pública, la Comisión sobre Elecciones y la Comisión de Censura de Cuentas.
Artículo 2 de la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 2, ubicado en la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ], en la parte dedicada a Disposiciones Comunes de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: Durante el período en que ocupe su puesto, ningún miembro de una Comisión Constitucional ocupará otro cargo o empleo. No se dedicará tampoco a la práctica de ninguna profesión ni a la dirección activa o control de cualquier negocio que pudiera quedar afectado de algún modo por las funciones de su cargo, ni se interesará económicamente, ni directa ni indirectamente, en ningún contrato con el Estado ni en ninguna franquicia o privilegio concedido por el Gobierno, cualquiera de sus dependencias, entidades u organismos, incluidas las sociedades propiedad del Estado o dominadas por él o sus filiales.
Artículo 3 de la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 3, ubicado en la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ], en la parte dedicada a Disposiciones Comunes de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: el sueldo del Presidente y de los miembros de las Comisiones será fijado por ley y no será reducido durante el período en el que ocupen el cargo.
Artículo 4 de la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 4, ubicado en la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ], en la parte dedicada a Disposiciones Comunes de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: Las Comisiones Constitucionales nombrarán a sus funcionarios y empleados de acuerdo con la ley.
Artículo 5 de la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 5, ubicado en la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ], en la parte dedicada a Disposiciones Comunes de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: la Comisión gozará de autonomía fiscal. Sus créditos anuales probados serán concedidos automática y regularmente.
Artículo 6 de la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 6, ubicado en la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ], en la parte dedicada a Disposiciones Comunes de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: Cada Comisión en pleno podrá promulgar sus propias reglas sobre alegaciones y procedimiento ante ella o ante cualquiera de sus oficinas.
Aviso
No obstante, estas reglas no disminuirán, aumentarán, ni modificarán derechos sustantivos.
Artículo 7 de la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 7, ubicado en la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ], en la parte dedicada a Disposiciones Comunes de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: Cada Comisión decidirá por mayoría de votos de sus miembros cualquier causa o asunto presentado ante ella en un plazo (véase más detalles en esta plataforma general) de sesenta días desde la fecha de su presentación para decisión o resolución cuando se presente la última alegación, informe o memorando exigido por las normas de la Comisión o por la misma Comisión. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Salvo que esta Constitución o la ley dispongan otra cosa, cualquier decisión, orden o fallo de cada Comisión podrá ser llevada al Tribunal Supremo en certiorari por la parte agraviada, en un plazo (véase más detalles en esta plataforma general) de treinta días después de recibir una copia de la misma.
Artículo 8 de la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ] de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, el Artículo 8, ubicado en la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ], en la parte dedicada a Disposiciones Comunes de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: Cada Comisión desempeñará funciones que disponga la ley.
Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales de la de la Constitución Filipina
En la Constitución vigente de Filipinas, la materia sobre disposiciones comunes sobre las comisiones constitucionales filipinas está ubicada en la Seccion ix [de las Comisiones Constitucionales ], en la parte dedicada a Disposiciones Comunes de dicha ley fundamental.