Efecto Devolutivo
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Definición de EFECTO DEVOLUTIVO en Derecho español
El conocimiento que en las apelaciones recibe el juez o tribunal superior de las resoluciones del inferior, sin suspender la ejecución de las mismas. El efecto devolutivo es el que se da siempre en las apelaciones (un solo efecto), admitiéndose en ambos efectos cuando se da también el efecto suspensivo.
Efecto devolutivo
Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Véase También
Bibliografía
Alcalá-Zamora y Castillo, Niceto, Cuestiones de terminología procesal, México, UNAM, 1972; Alcalá-Zamora y Castillo, Niceto Examen crítico del Código de Procedimientos Civiles de Chihuahua, Chihuahua, Universidad de Chihuahua, 1959; Aragoneses, Pedro, Técnica procesal, Madrid, Aguilar, 1958; Becerra Bautista, José, El proceso civil en México; 8a. edición, México, Porrúa, 1981; Couture, Eduardo J., Fundamentos del derecho procesal civil; 3a. edición, Buenos Aires, Depalma, 1958; Devis Echandia, Hernando, Nociones generales del derecho procesal civil, Madrid, Aguilar, 1966.
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