Flexibilidad
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Flexibilidad de las Reglas de Elección del Derecho
En el contexto del derecho internacional privado se suele citar la “flexibilidad” para caracterizar los sistemas jurídicos, las normas y los actos jurídicos y para apoyar determinadas líneas de argumentos jurídicos.
Puntualización
Sin embargo, la flexibilidad no es un concepto jurídico reconocido y no existe un entendimiento común de lo que significa realmente “flexibilidad”. Lo que es más importante, la viabilidad doctrinal de la flexibilidad normalmente no se explica. Con este telón de fondo, la literatura examina la importancia de la flexibilidad en el contexto de la elección del derecho.Entre las Líneas En ella se sugiere un marco terminológico y doctrinal que permite distinguir entre la flexibilidad intrínseca de las normas, la flexibilidad de forma y la flexibilidad de aplicación. (Tal vez sea de interés más investigación sobre el concepto). Las normas de elección de la ley con un resultado de aplicación abierto, es decir, que prevén la flexibilidad intrínseca de las normas, no son compatibles con el estado de derecho. Lo mismo ocurre con la aplicación flexible de las normas de elección de la ley, es decir, una aplicación que no es compatible con las normas.
Una Conclusión
Por lo tanto, cualquier llamamiento a la flexibilidad intrínseca de las normas o a la flexibilidad de aplicación en el contexto de la elección de la ley requiere una justificación especial desde el punto de vista de la doctrina del estado de derecho. La literatura muestra que esta justificación especial no puede derivarse de ninguna naturaleza particular del derecho internacional privado y no puede basarse en la idiosincrasia metodológica de este ámbito del derecho.
Datos verificados por: Chris
Noción de Flexibilidad Laboral
Nota: véase más información relativa a la Flexibilidad Laboral en la entrada correspondiente.
En materia de empleo y relaciones laborales en la Unión Europea y/o España, se ha ofrecido [1], respecto de flexibilidad laboral, la siguiente definición: Aptitud para adaptar el empleo del factor trabajo a las condiciones generales del mercado y a las circunstancias específicas de la empresa. Normalmente se suele proyectar sobre diversos aspectos de la gestión de los recursos humanos: el volumen de mano de obra utilizada por la empresa (flexibilidad de la plantilla o flexibilidad numérica); el coste (o costo, como se emplea mayoritariamente en América) del factor trabajo (flexibilidad salarial); la ordenación del tiempo de trabajo (flexibilidad horaria) y las posibilidades de utilización de la mano de obra, particularmente en lo que se refiere a su movilidad funcional y geográfica (flexibilidad funcional). Desde finales de los años setenta, con base en las sucesivas crisis económicas y en los procesos de reestructuración del sistema productivo, los empresarios han hecho continuas peticiones de una mayor flexibilidad, dirigidas tanto a los sindicatos, para cambiar sus actitudes y prácticas, como al legislador, para reformar o derogar aquellas normas que se consideran excesivamente rígidas. A partir de 1980 la tendencia a la flexibilidad laboral ha dado lugar en España a numerosas reformas legislativas de este signo, principalmente en materia de contratación temporal, distribución del tiempo de trabajo, compensación de horas extraordinarias, clasificación profesional, movilidad y modificación de condiciones de trabajo, y causas y procedimientos de despido. Por su parte, los convenios colectivos (orientados por acuerdos interprofesionales o acuerdos tripartitos) han contribuido también a la flexibilización del horario y la limitación de los aumentos salariales, para ajustarlos a la situación particular de cada empresa o sector de actividad.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
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Recursos
[rtbs name=”informes-jurídicos-y-sectoriales”][rtbs name=”quieres-escribir-tu-libro”]Notas y Referencias
- Concepto sobre flexibilidad laboral originariamente publicado por la Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas y S&M, Ltd,; adaptado luego por Antonio Martín V. et al. para FEMCVT, Irlanda
Véase También
- Concertación social
- Descuelgue salarial
- Moderación salarial
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