Fuerzas Armadas en África
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Artículo 200 de la Constitución Egipcia
En la Constitución vigente de Egipto, el Artículo 200, ubicado en la Parte V [Sistema de Gobierno], Capítulo 8 [Las fuerzas armadas y la Policía], División I [Las fuerzas armadas] de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: Las fuerzas armadas pertenecen al pueblo y es su deber proteger el país y preservar la seguridad y la integridad de su territorio. Solamente el Estado puede establecer fuerzas armadas. Ningún individuo, organización, entidad o grupo está autorizado para crear escuadrones militares o cuasi militares, o grupos u organizaciones del mismo orden. Las fuerzas armadas tendrán un Consejo Supremo regulado por la ley.
Artículo 201 de la Constitución Egipcia
En la Constitución vigente de Egipto, el Artículo 201, ubicado en la Parte V [Sistema de Gobierno], Capítulo 8 [Las fuerzas armadas y la Policía], División I [Las fuerzas armadas] de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: el Ministro de Defensa es el comandante en jefe de las fuerzas armadas y será nombrado de entre sus oficiales.
Artículo 202 de la Constitución Egipcia
En la Constitución vigente de Egipto, el Artículo 202, ubicado en la Parte V [Sistema de Gobierno], Capítulo 8 [Las fuerzas armadas y la Policía], División I [Las fuerzas armadas] de dicha ley fundamental, dispone lo siguiente: la ley regulará las movilizaciones militares masivas y determinará las condiciones del servicio militar, promoción y retiro de las fuerzas armadas. Los comités judiciales para los oficiales y el personal de las fuerzas armadas serán los únicos competentes para conocer de todos los litigios administrativos relacionados con las decisiones que los afecten. La ley regulará las reglas y procedimientos para impugnar las decisiones de estos comités.
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División I, Las fuerzas armadas, de la Constitución Egipcia
En la Constitución vigente de Egipto, esta materia [Las fuerzas armadas en Egipto] se regula, con carácter general, en la Parte V [Sistema de Gobierno], Capítulo 8 [Las fuerzas armadas y la Policía], División I [Las fuerzas armadas], de dicha ley fundamental.
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