Garantía de la Seguridad Jurídica
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Elementos de Garantía de la Seguridad Jurídica
Descripción y definición de Garantía de la Seguridad Jurídica aparecidas en el diccionario de derecho procesal constitucional y convencional (2014), escrito por Víctor Julio Ortecho Villena y publicado por el Poder Judicial de la Federación (mexicana) y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): La seguridad jurídica significa la estabilidad del ordenamiento jurídico que rige un Estado, la cual debe contener normas que tengan permanencia y que garanticen el equilibrio en las relaciones entre los órganos del Estado y los ciudadanos.
Elementos de la Garantía de la Seguridad Jurídica
a) La certeza jurídica: significa la existencia de un conocimiento seguro, claro y evidente de las normas jurídicas existentes; b) la eficacia del derecho: significa que las normas jurídicas tengan la capacidad de producir un buen efecto, y c) la ausencia de arbitrariedad: significa que al aplicar las normas jurídicas prevalezca la justicia.
Otros Aspectos
II. La seguridad jurídica como principio, como valor y como derecho fundamental.
a) Como principio. Es un derecho universalmente reconocido y que se entiende como certeza práctica del derecho; b) como valor. Es un valor ético. desde dos vertientes, vinculados al valor de la justicia y al valor de la dignidad personal, y c) como derecho fundamental. Si bien la seguridad jurídica no es un derecho fundamental, tiene la calidad de derecho humano y, en cada país, de derecho constitucional.
Desarrollo
III. Titulares activos del derecho a la seguridad jurídica.
a) Los ciudadanos.Entre las Líneas En la realidad, los ciudadanos son los más inseguros, dada la inestabilidad jurídica (normas promulgadas por sorpresa y en función de la conveniencia de grupos de interés, de presión y de poder).
Una Conclusión
Por consiguiente, los ciudadanos son los primeros titulares del derecho en exigir la seguridad jurídica, ya sea en forma individual o en forma colectiva, haciendo para ello uso del derecho de petición, libertad de expresión (véase; y también libertad de creación de medios de comunicación, libertad de comunicación, libertad de información, libertad de cátedra y la Convención sobre el Derecho Internacional de Rectificación, adoptada en Nueva York el 31 de marzo de 1953) y opinión, o de los derechos de reunión, manifestación y de protesta; b) los partidos políticos. Si en un país existen verdaderos partidos políticos, éstos garantizan un adecuado funcionamiento de la democracia, por consiguiente, garantizar no solamente su existencia sino también su participación política. Lastimosamente, en el caso de Perú y algunos países sudamericanos, actualmente no existen verdaderos partidos, sino simplemente agrupaciones y alianzas electoreras, y c) las organizaciones de la sociedad civil.Entre las Líneas En la llamada sociedad civil se ubican las organizaciones sindicales, universidades, colegios profesionales, ONG, etcétera. Ellas requieren, de seguridad jurídica en el caso de sus actuaciones, reclamos, etcétera.
Detalles
IV Quienes deben dar seguridad jurídica.
Están obligados a dar seguridad jurídica: a) El Poder Legislativo. Este organismo llamado al realizar su función legislativa debe garantizar que las normas legales que elabore y apruebe sean con pleno respeto de las normas constitucionales. Lastimosamente esto no ocurre en el Perú, entre otras razones, porque desde hace veinte años viene funcionando un sistema unicameral. El Poder Legislativo tiene también la obligación de dar seguridad jurídica en su tarea de fiscalización de los otros poderes y demás órganos del Estado; b) el Poder Ejecutivo. Está obligado a dar seguridad jurídica, tanto al momento de promulgar las leves provenientes del Legislativo, así como en su tarea legislativa de expedir decretos legislativos y decretos de urgencia, y c) el Poder Judicial, al realizar su labor jurisdiccional, en las diferentes especialidades y en todas sus instancias, al administrar justicia, debe aplicar correctamente las normas y valorar adecuadamente las pruebas ofrecidas por las partes litigantes. Por cierto que no solamente se le puede exigir seguridad jurídica a los órganos centrales del Estado y a los órganos descentralizados (gobiernos regionales y municipales), sino también a los denominados órganos constitucionales (Tribunal Constitucional, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio Público, Jurado Electoral, etcétera).
Elementos de Garantía de la Seguridad Jurídica (Continuación)
Descripción de Garantía de la Seguridad Jurídica recogida en el diccionario de derecho procesal constitucional y convencional (2014), escrito por Víctor Julio Ortecho Villena y publicado por el Poder Judicial de la Federación (mexicana) y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM): V La seguridad jurídica en el derecho comparado.
Basado en la experiencia de varios autores, mis opiniones, perspectivas y recomendaciones se expresarán a continuación (o en otros lugares de esta plataforma, respecto a las características en 2026 o antes, y el futuro de esta cuestión):
Es sabido que la mayor parte de las Constituciones europeas tienen consignado en sus normas constitucionales la garantía de la seguridad jurídica, pero en particular debemos señalar el caso de España, que en su art. 9o., inciso 3, establece como un derecho específico la seguridad jurídica. Y en el caso de Suecia, en la teoría y en la práctica, funciona el siguiente lema: “Aquí la ley se cumple y se la respeta”.
Nuestra necesaria reflexión es la siguiente: la seguridad jurídica es la base para la seguridad democrática.
Más
VI. La seguridad democrática.
Como todo tipo de seguridad, debemos entender que la seguridad jurídica implica riesgos especiales y de mayor nivel que cualquier otro tipo de seguridad.
a) Elementos de la seguridad democrática. Los podemos extraer de los primeros arts. de la Carta Democrática Interamericana que fue suscrita el 11 de setiembre de 2001 en Lima, y contiene los siguientes principios: — Los pueblos de América tienen derecho a la democracia y sus gobiernos la obligación de promoverla y defenderla.
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— El ejercicio efectivo de la democracia representativa es base del Estado de derecho y de los regímenes constitucionales.
— Se refuerza y profundiza con la participación permanente, ética responsable de la ciudadanía.
b) Titulares del derecho a la seguridad democrática. Son los siguientes:
1. La región interamericana.
2. Los Estados.
3. Las regiones nacionales, los Estados federados, las provincias y los pueblos.
4. Los partidos y organizaciones políticas de oposición.
5. Las organizaciones sindicales.
6.
Detalles
Las etnias y las comunidades campesinas.
7. La ciudadanía.
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